LEY N° 2940
RECONOCIENDO, COMO SERVICIOS AL FRENTE DIRECTO DE ALUMNOS A TODOS LOS DESEMPEÑADOS POR LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN EN ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO
Estado de la norma: VIGENTE
Publicado en B.O. Sep. Nº 3229 del 28-10-2016.-
Sancionada el 13-10-2016.-
Promulgada el 20-10-2016.-
Operador de Digesto: M.L.E.-
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA
CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1º: Establécese que a partir del 1° de septiembre de 2016, serán reconocidos, como servicios al frente directo de alumnos, a los efectos del artículo 49, inciso b) segundo párrafo, de la Norma Jurídica Facto N° 1170 (t.o. 2000) y sus modificatorias, a todos los desempeñados por los trabajadores de la educación en establecimiento educativo.
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los trece días del mes de octubre de dos mil dieciséis.
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ Vicegobernador de La Pampa Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa – Dr. Juan Manuel MEANA Prosecretario Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE N° 14615/16
SANTA ROSA, 20 DE OCTUBRE DE 2016
POR TANTO: Téngase por LEY de la Provincia. Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-
DECRETO N° 3395/16
Ing. Carlos Alberto VERNA Gobernador de La Pampa – Prof. María Cristina GARELLO Ministra de Educación – C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO Ministro de Hacienda y Finanzas.-
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 20 DE OCTUBRE DE 2016.- Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA (2940).
Ing. Juan Ramón GARAY Secretario General de la Gobernación.-