LEY Nº 2903
Ratificando el Convenio Complementario de Adecuación y Financiamiento del Sistema Previsional de la provincia de La Pampa y su Anexo
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. Nº 3207 del 27-05-16.-
Promulgada el 12-05-16.-
Sancionada el 04-05-16.-
Operador del Digesto: Y.A.C.-
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1°: Ratifícase el Convenio Complementario de Adecuación y Financiamiento del Sistema Previsional de la provincia de La Pampa y su Anexo, suscripto el 18 de marzo del año 2016; entre el Director Ejecutivo de la Administración Nacional de Seguridad Social y, el señor Gobernador de la provincia de La Pampa, que forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°: El anticipo previsto en la "Cláusula Tercera", del Convenio que se aprueba por el artículo anterior, será imputado al déficit previsional policial, hasta cubrir el déficit anual previsto por el Instituto de Seguridad Social.
Artículo 3°: Facúltase al Poder Ejecutivo a dictar las normas necesarias y pertinentes para la correcta aplicación de la presente Ley, como así, a incorporar los fondos correspondientes del "Convenio" que se aprueba por el artículo 1° al Presupuesto General de la Administración Provincial para el año 2015 -aprobado por Ley 2829, reconducido para el año 2016.
Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los cuatro días del mes de mayo de dos mil dieciséis. Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ Vicegobernador de La Pampa Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa –Dr. Juan Manuel MEANA Prosecretario Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE N° 6856/16
SANTA ROSA, 12 DE MAYO DE 2016
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia: dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-
DECRETO N° 1064/16
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa -C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO Ministro de Hacienda y Finanzas.-
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 12 DE MAYO DE 2016.-
Registrada la presente Ley, bajo el numero DOS MIL NOVECIENTOS TRES (2903).-
Ing. Juan Ramón GARAY Secretario General de la Gobernación.-