LEY Nº 2819

Aprobando el Convenio Marco suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el Gobierno de la Provincia de La Pampa y la Dirección Nacional de Vialidad

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en Sep. B.O. Nº 3135 del 09-01-15.-

Promulgada el 29-12-14.-

Sancionada el 17-12-14.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

 

Artículo 1°.-Apruébase el Convenio Marco, suscripto el día 11 de octubre de 2013, entre el Gobierno de la provincia de Buenos Aires; el Gobierno de la provincia de La Pampa y la Dirección Nacional de Vialidad, cuyo objeto consiste en el Estudio de la Viabilidad Técnica y Económica del Corredor conformado por las rutas provinciales N° 1 y N° 4 en la provincia de La Pampa, y la ruta provincial N° 70 hasta la ruta nacional N° 5 en la provincia de Buenos Aires, el cual forma parte integrante de la presente Ley.

 

Artículo 2°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mil catorce.

Prof. Norma Haydee DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa-Dra. Varinia Lis MARIN, Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

…Visto la necesidad de mejorar la salida de la producción que se genera en la zona de General Pico, Provincia de la Pampa y la Zona Centro de la Provincia de Buenos Aires; y

…Teniendo en cuenta la necesidad de mejorar las condiciones económicas en las que se desarrolla el transporte en la zona; y

…Que la formación de un corredor permitiría a su vez disminuir el tránsito que circula actualmente en las Rutas Nacionales N° 5 y N° 188; por ello

…Entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES representado en este acto por el señor GOBERNADOR, Daniel SCIOLI; el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA representado en este acto por el señor GOBERNADOR, CPN. Oscar Mario JORGE y esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALlDAD -en adelante VIALIDAD NACIONAL -representada en este acto por el señor ADMINISTRADOR GENERAL, ING. NELSON PERIOTTI, refrendada por el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, representado en este acto por el señor MINISTRO, Arq. Julio Miguel DE VIDO acuerdan celebrar, el presente:

 

CONVENIO MARCO

 

ARTICULO 1°: El objeto del presente acuerdo consiste en el Estudio de la Viabilidad Técnica y Económica del Corredor conformado por las Rutas Provinciales N° 1 y N° 4 en la Provincia de la Pampa, y la Ruta Provincial N° 70 hasta la Ruta Nacional N° 5 en la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTICULO 2°: VIALIDAD NACIONAL se compromete a financiar el Estudio objeto del presente acuerdo.

 

ARTICULO 3°: la vigencia de este Convenio Marco concluirá con la recepción definitiva del Estudio en cuestión.

 

ARTICULO 4°: Al amparo del presente acuerdo, se podrán suscribir Convenios Particulares, entre las partes, donde se pautarán acciones específicas para la concreción de los fines propuestos.

 

ARTICULO 5°: las partes acuerdan someterse, a los efectos del presente Convenio Marco, a la jurisdicción de los Tribunales Federales, a cuyo efecto fijan domicilio en:

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES: CALLE 6 -LA PLATA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA: AVENIDA PEDRO LURO ESQUINA AVENIDA SAN MARTIN -SANTA ROSA-LA PAMPA

LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD: AVDA JULIO A ROCA -738 CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS: CALLE HIPÓLITO YRIGOYEN 250 -CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

-En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto, en la Ciudad de Bs As, el día 11 del mes de Octubre del año dos mil trece (2013).-

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa –Daniel Osvaldo SCIOLI, Gobernador de la Provincia de Buenos Aires –Arq. Julio Miguel DE VIDO Ministro de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios -Ing. Nelson Guillermo PERIOTTI, Administrador General Dirección Nacional de Vialidad -

 

EXPEDIENTE N° 15363/14

Santa Rosa, 29 de Diciembre de 2014

 

POR TANTO:

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese publíquese y archívese.

 

DECRETO Nº 769/14

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa –C.P.N. Ariel Raúl RAUSCHENBERGER, Ministro de Coordinación de Gabinete, a/c Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

 

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 29 de Diciembre de 2014.

Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE (2819).

C.P.N. José M. GONZALEZ, Secretario General de la Gobernación.-