LEY Nº 2794
Modificando el artículo 166 de la Ley Nº 1597 -Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento-
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. N.º 3122 del 10-10-14.-
Promulgada el el 26-09-14.-
Sancionada el 11-09-14.-
Operador del Digesto: Y.A.C.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1°.-Modificase el artículo 166 de la Ley 1597 (Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento), el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 166.-Se declaran como Municipalidades, con la cantidad de Concejales Titulares que en cada caso se indican, los siguientes:
I) 1) ABRAMO, 2) ALGARROBO DEL AGUILA, 3) ATALIVA ROCA, 4) CARRO QUEMADO, 5) CEBALLOS, 6) CONHELLO, 7) CORONEL HILARIO LAGOS, 8) DORILA. 9) GENERAL MANUEL J. CAMPOS, 10) LA HUMADA, 11) LUAN TORO, 12) MAURICIO MAYER, 13) METILEO, 14) MIGUEL CANÉ, 15) MONTE NIEVAS, 16) PUELCHES, 17) PUELÉN, 18) QUEHUÉ, 19) TOMÁS MANUEL DE ANCHORENA, 20) ROLÓN, 21) SANTA TERESA, 22) VÉRTIZ y 23) VILLA MIRASOL, con tres (3) Concejales.
II) 1) ALTA ITALIA, 2) ANGUIL, 3) ARATA, 4) BERNARDO LARROUDÉ, 5) BERNASCONI, 6) DOBLAS, 7) EMBAJADOR MARTINI, 8) LA ADELA, 9) LA MARUJA, 10) LONQUIMAY, 11) TELEN y 12) URUBURU, con cinco (5) Concejales Titulares.
III) 1) ALPACHIRI, 2) CALEUFU, 3) COLONIA BARÓN, 4) GENERAL SAN MARTÍN, 5) JACINTO ARAUZ, 6) MIGUEL RIGLOS, 7) PARERA, 8) QUEMÚ QUEMÚ, 9) RANCUL, 10) SANTA ISABEL, 11) TRENEL y 12) WINlFREDA, con seis (6) Concejales Titulares.
IV) 1) CATRILO, 2) EDUARDO CASTEX, 3) GENERAL ACHA, 4) GUATRACHÉ, 5) INGENIERO LUIGGI, 6) INTENDENTE ALVEAR, 7) MACACHÍN, 8) REALICÓ, 9) TOA, 10) VEINTICINCO DE MAYO y 11) VICTORICA, con ocho (8) Concejales Titulares; y
V) 1) GENERAL PICO y 2) SANTA ROSA, con doce (12) Concejales Titulares.”
Artículo 2º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los once días del mes de septiembre de dos mil catorce.-
Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-Dra. Varinia Lis MARIN, Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE N° 10560/14
Santa Rosa, 26 de Septiembre de 2014
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N° 483/14
C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa -Abog. Leonardo Jesús VILLALVA, Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.-
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 26 de Septiembre de 2014
Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO (2794).
C.P.N. José M. GONZALEZ, Secretario General de la Gobernación.-