LEY N° 2737

 

Adhiriendo la provincia La Pampa a la Ley Nacional Nº 26862 de Reproducción Médicamente Asistida

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

 

Publicado en B.O. N.º 3075 del 15-11-13.-

Promulgada el 21-10-13.-

Sancionada el 17-10-13.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

 

Artículo 1°.- Adhiérese la provincia de La Pampa a la Ley Nacional 26862 de Reproducción Médicamente Asistida.-

 

Artículo 2°.- El Ministerio de Salud de la Provincia será la autoridad de aplicación de la presente Ley.-

 

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil trece.

Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La

Pampa Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa – Dra. Varinia Lis MARIN, Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE N° 12165/13

Santa Rosa, 21 de Octubre de 2013

 

POR TANTO:

Téngase por LEY de Ia Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 DECRETO N° 834/13

C.P.N Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa -Dr. Mario Omar GONZALEZ, Ministro de Salud.-

 

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 21 de Octubre de 2013

Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE (2.737).-

C.P.N. José M. GONZALEZ, Secretario General de la Gobernación.-