LEY N° 2737
Adhiriendo la provincia La Pampa a la Ley Nacional Nº 26862 de Reproducción Médicamente Asistida
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. N.º 3075 del 15-11-13.-
Promulgada el 21-10-13.-
Sancionada el 17-10-13.-
Operador del Digesto: Y.A.C.-
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1°.- Adhiérese la provincia de La Pampa a la Ley Nacional 26862 de Reproducción Médicamente Asistida.-
Artículo 2°.- El Ministerio de Salud de la Provincia será la autoridad de aplicación de la presente Ley.-
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil trece.
Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La
Pampa Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa – Dra. Varinia Lis MARIN, Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE N° 12165/13
Santa Rosa, 21 de Octubre de 2013
POR TANTO:
Téngase por LEY de Ia Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-
DECRETO N° 834/13
C.P.N Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa -Dr. Mario Omar GONZALEZ, Ministro de Salud.-
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 21 de Octubre de 2013
Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE (2.737).-
C.P.N. José M. GONZALEZ, Secretario General de la Gobernación.-