LEY Nº 2707

APROBANDO ADDENDA  AL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE LA DIRECCIÓN

NACIONAL DE VIALIDAD, EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA Y EL MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LAPAMPA APROBADO POR LEY Nº 2494 SOBRE PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE PILCOMAYO, ENTRE RAÚL B. DÍAZ Y STIEBEN DE SANTA ROSA.-

 

Estado de la Norma: VIGENTE.

 

Publicada en B.O. Nº 3047 del 03-05-2013.-

Promulgada el 22-04-2013.-

Sancionada el 11-04-2013.-

Operador de Digesto: R.S.-

 

 

Artículo 1°.-Apruébase la Addenda al Convenio celebrado a los 15 días del mes de diciembre de 2008 y aprobado por Ley 2494, suscripta el 30 de mayo de 2012, entre la Dirección Nacional de Vialidad, el Gobierno de la provincia de La Pampa y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la provincia de La Pampa, la cual forma parte integrante de la presente y mediante la cual se modifican los artículos 1° y 4° del Convenio citado.

 

Artículo 2°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los once días del mes de abril de dos mil trece.

 

 

Prof. Norma Haydee DURANGO Vicegobernadora de La Pampa. Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa -Dra. Varinia Lis MARÍN Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA y SERVICIOS

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD

 

Entre la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD -en adelante  VIALIDAD NACIONAL -representada en este acto por su ADMINISTRADOR GENERAL ING. NELSON GUILLERMO PERIOTTI, por una parte y por la otra el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, representado por su GOBERNADOR CDOR. OSCAR MARIO JORGE, en adelante LA PROVINCIA Y el MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, representado por el Sr. Ministro ING. JORGE VÍCTOR I. VARELA, acuerdan celebrar la presente:

 

ADDENDA

 

ARTÍCULO 1°: Modificánse los Artículos 1° y 4° del Convenio suscripto el 15 de diciembre de 2008, que fuera aprobado por Resolución A.G.N° 745/09, para realizar las Obras de Pavimentación de la Calle Pilcomayo, entre R. D. Díaz y Stieben, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

ARTÍCULO 1°: LA PROVINCIA delega en VIALIDAD PROVINCIAL y ésta última se compromete a realizar, las Obras de Pavimentación de la Calle Pilcomayo, entre R. D. Díaz y Stieben, con un Presupuesto estimado de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 33/100 ($10.558.989,33) a valores del mes de agosto de 2011.

VIALIDAD NACIONAL financiará las obras citadas en el párrafo anterior más la redeterminación de precios que corresponda según lo establecido en el Decreto N° 1295/02.

ARTÍCULO 4°: Una vez aprobado por VIALIDAD NACIONAL el Estudio y Proyecto Ejecutivo. VIALIDAD PROVINCIAL procederá al llamado a Licitación Pública para la ejecución de los trabajos. Además llevará a cabo el proceso de adjudicación y celebración del Contrato comunicando la resolución a VIALIDAD NACIONAL siempre que el monto de adjudicación no supere el acordado en el Artículo 1° del presente Convenio, en caso contrario deberá elevar toda la documentación a VIALIDAD NACIONAL para obtener la aprobación correspondiente.--

 

ARTÍCULO 2°: Mantiénense en vigencia todas las disposiciones contenidas en el Convenio de fecha 15 de diciembre de 2008, que no se opongan a lo establecido en la presente Addenda.

En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Bs As, el día 30  del mes de mayo del año dos mil doce. (2012).

 

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa-Ing. Jorge Víctor I. VARELA, Ministro de Obras y Servicios Públicos -lng. Nelson Guillermo, PERIOTTI, Administrador General Dirección de Vialidad.-

 

 

EXPEDIENTE N° 3971/13

Santa Rosa,22 de Abril de 2013

 

POR TANTO:

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.

 

DECRETO N° 190/13

C.P.N. Oscar Mario JORGE Gobernador de La Pampa-C.P.N. Sergio VIOLO, Ministro de Hacienda y Finanzas.-

Ing. Jorge VíctorI. VARELA, Ministro de Obras y Servicios Públicos -

 

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 22 de Abril de 2013

Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS SIETE (2.707).-

Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.-