LEY Nº 2677

APROBANDO EL CONVENIO DE APORTES Nº 13/11, CELEBRADO CON EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA DE NACIÓN YLA PCIA. DE LA PAMPA, ASISTENCIA A PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AFECTADOS POR LA INTENSA SEQUÍA EN LOS ÚLTIMOS AÑOS.

 

 

Estado de la Norma: VIGENTE.

 

Publicada en B.O. Nº 3019 del 19-10-2012.-

Promulgada el 28-09-2012.-

Sancionada el 12-09-2012.-

Operador de Digesto: R. S.-

 

 

Artículo 1°.-Apruébase el Convenio de Aportes N° 13/11, celebrado con fecha 30 de diciembre de 2011 entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la provincia de La Pampa, por el cual el citado organismo nacional aportará hasta la suma de PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000,00), para asistir a pequeños y medianos productores afectados por la intensa sequía en los últimos años, conforme los Proyectos Financiables contemplados en la Cláusula Segunda del Convenio, el cual forma parte integrante de la presente Ley.

 

Artículo 2°.-La ejecución de las actividades comprometidas en el Convenio que se aprueba por el artículo precedente podrán ser ejecutadas por el Gobierno Provincial a través del Ministerio. de la Producción mediante la transferencia de fondos que tendrá la modalidad de asistencia financiera a través de Aportes No Reintegrables a favor de Municipios y/o Comisiones de Fomento; Asociaciones de Productores, Cooperativas y/o Productores; y/o Instituciones Educativas, Científicas o Técnicas y/o Sociedades Comerciales con participación estatal.

 

Artículo 3°.-Los Municipios y/o Comisiones de Fomento; Asociaciones de Productores, Cooperativas y/o Productores; y/o Instituciones Educativas, Científicas o Técnicas y/o Sociedades Comerciales con participación estatal que reciban fondos para la finalidad contemplada en el Convenio de referencia, deberán rendir cuenta documentada al Ministerio de la Producción, en el plazo de sesenta (60) días a partir de la primera y efectiva transferencia de los fondos, remitiendo detalle de las erogaciones realizadas y copia autenticada de los comprobantes de pago, en la forma que se determine en la reglamentación.

 

Artículo 4°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los doce días del mes de septiembre de dos mil doce.

 

Prof. Norma Haydee DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa -Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA YLA PROVINCIA DE LA PAMPA

 

Entre el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA, en adelante el MINISTERIO, con domicilio en la Avenida Paseo Colón N° 982, Piso 1° de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, representado en este acto por el señor Ministro, Don Norberto Gustavo YAUHAR, y la Provincia de LA PAMPA, en adelante la PROVINCIA, con domicilio en Casa de Gobierno, Centro Cívico, Piso 2°, Ciudad de Santa Rosa, Provincia de LA PAMPA, representada en este acto por el señor Gobernador, Contador Público Nacional Don Oscar Mario JORGE, en adelante LAS PARTES, manifiestan: Que la PROVINCIA tiene la intención de desarrollar proyectos tendientes al desarrollo económico y territorial de la misma, con la finalidad de asistir a los pequeños y medianos productores locales que han sido afectados por la intensa sequía registrada en los últimos años, por lo que ha solicitado apoyo económico al MINISTERIO.

Que la mencionada sequía que afectó gravemente a los productores agropecuarios de la PROVINCIA motivó el dictado por parte del MINISTERIO de diferentes declaraciones o prórrogas de emergencias agropecuarias en el marco de la Ley N° 26.509 a través de las Resoluciones Nros. 797 de fecha 26de agosto de 2011 y 1.182 de fecha 28 de octubre de 2011.

Que la Ley Nº 26.509 crea el “Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios", en adelante el SISTEMA, con el objetivo de prevenir y/o mitigar los daños causados por factores adversos que afecten a la producción y/o la capacidad de producción agropecuaria, poniendo en riesgo de continuidad a las explotaciones agropecuarias.

Que por lo dispuesto en los incisos c) y e) del Artículo 9° de la mencionada Ley se faculta al MINISTERIO para asistir técnica y financieramente a los productores a fin de restablecer su capacidad financiera, productiva y económica y para coordinar con las provincias la asistencia al productor agropecuario afectado por la sequía, facilitando la provisión de los recursos en tiempo y forma.

Que es preciso, para que la PROVINCIA desarrolle eficazmente los planes, programas o acciones que sean necesarios para disminuir la vulnerabilidad de los productores y de las poblaciones rurales, acudir en ayuda de los productores afectados con los recursos del Fondo Nacional para la Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios (FONEDA) destinados a financiar programas, proyectos y acciones del SISTEMA, de acuerdo con lo estipulado por los Artículos 16 y 18 de la Ley N° 26.509.

Que para llevar a cabo la asistencia financiera a los productores afectados y la supervisión general de la ayuda, LAS PARTES acuerdan suscribir el presente Convenio, sujeto a las siguientes Cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA: El MINISTERIO aportará a la PROVINCIA hasta la suma de PESOS SEIS MILLONES ($ 6.000.000.-), imputable a los recursos de la Ley N° 26.509 -Emergencia Agropecuaria, Ejercicio 2011, de conformidad con la disponibilidad financiera existente, con la finalidad de asistir a productores afectados por la sequía. Dicho monto deberá ser depositado en la cuenta que la PROVINCIA indique oportunamente, la cual deberá estar censada por el MINISTERIO DE ECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS.

CLÁUSULA SEGUNDA: La PROVINCIA utilizará a) hasta la suma de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($3.800.000.-) para la promoción de actividades productivas alternativas, destinando hasta la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($ 2..800.000,-) para la ampliación de la planta municipal de faena de ñandú, para la obtención de la habilitación para tránsito federal y hasta la suma de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000.-) para la construcción de una sala de elaboración de productos de conejo, y b) hasta la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 2.200.000) para el desarrollo rural de pequeños productores ovinos y caprinos.

CLÁUSULA TERCERA: La PROVINCIA se compromete a aportar los recursos que sean necesarios para la instrumentación de la ayuda en el ámbito de su competencia, no pudiéndose asignar fondos del MINISTERIO para afrontar gastos que surjan de su ejecución, control y seguimiento.

CLÁUSULACUARTA: La PROVINCIA entregará al MINISTERIO dentro de los TREINTA (30) días de firmado el CONVENIO, el listado de los productores afectados que serán beneficiarios de la ayuda.

CLÁUSULA QUINTA: Establécese un plazo de NOVENTA (90) días corridos contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia del presente Convenio, para que la PROVINCIA proceda a presentar ante el MINISTERIO la rendición de cuentas final detallada y debidamente documentada, la cual se deberá ajustar a la Resolución N° 189 de fecha 6 de abril de 2011 del MINISTERIO y al modelo que como Anexo forma parte del presente Convenio. Vencido dicho plazo sin que se reciba la correspondiente rendición de cuentas, la PROVINCIA deberá reintegrar los fondos no rendidos o no aplicados, en la cuenta que al efecto el MINISTERIO le indique. Los fondos indebidamente aplicados por la PROVINCIA deberán ser reintegrados al MINISTERIO cuando éste lo solicite.

La transferencia de fondos se interrumpirá o suspenderá automáticamente en la medida que la PROVINCIA incumpla la obligación de rendir cuentas.

CLÁUSULA SEXTA: El MINISTERIO se reserva la facultad de requerir a la PROVINCIA la información adicional que considere pertinente y a realizar las verificaciones y auditorías que resulten necesarias incluyendo los extractos de la cuenta bancaria en los cuales se encuentren reflejados los movimientos de los fondos utilizados a fin de supervisar el cumplimiento del presente Convenio a través de la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO o de los Tribunales de Cuentas Provinciales adheridos ala Red Federal de Control según el caso.

CLÁUSULA SÉPTIMA: La PROVINCIA se compromete a mencionar el aporte monetario realizado por el MINISTERIO en toda oportunidad en que se difundan los alcances de la asistencia acordada en el presente Convenio.

El presente Convenio tendrá una vigencia de UN (1) año desde su firma, pudiendo extenderse de común acuerdo de las partes si las circunstancias así lo aconsejaren.

Las prorrogas del plazo y las modificaciones que no impliquen ampliación del monto aportado por el MINISTERIO ni cambios en los objetivos, podrán ser resueltas mediante notas reversales de los firmantes.

 

En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los 30días del mes de diciembre de 2011.-

C.P.N. Don Oscar Mario JORGE, Gobernador Provincia de LA PAMPA -Señor Don Norberto Gustavo YAUHAR, Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca

 

 

ANEXO

INSTRUCTIVOPARA CONFECCIONAR LA RENDICIÓNDE CUENTAS

PARTE GENERAL

 

Sin perjuicio de la normativa que al respecto pudiese dictar el órgano rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental, se establece el siguiente procedimiento al que deber ajustarse la documentación que se presente para el cumplimiento de la obligación, por parte de personas físicas o jurídicas beneficiarias de aportes mediante Convenio, respecto de la rendición de cuentas documentada de la inversión de los fondos recibidos

A este efecto, las rendiciones de cuentas de aportes otorgados a personas físicas, Instituciones Gubernamentales y/o No Gubernamentales, serán presentados en Secretaría de origen o Responsable Primario, sita en_______, ajustándose a los requerimientos que se detallan a continuación:

El plazo máximo de rendición será el dispuesto por el Convenio y si el mismo no previera plazo será de 90 días a contar desde que fuera efectuada la inversión de los fondos.

El monto del aporte otorgado deberá ser utilizado estrictamente en función de lo presupuestado oportunamente en la presentación realizada por el solicitante o beneficiario, monto aprobado por el Responsable Primario mediante el Informe Técnico elaborado y reflejado finalmente en el Convenio.

Toda la documentación incluida en la Rendición de Cuentas deberá tener firma y sello del responsable debidamente autorizado. Caso contrario, la documentación no será considerada válida y por lo tanto no se incluirá en el expediente.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PERSONAS FÍSICAS

1.1. ANEXO I. "Nota de Remisión" (se adjunta modelo): Deberá tener firma y aclaración del beneficiario. La Inversión Docu mentada debe corresponderse con total del Anexo II.

1.2. ANEXO II. "Detalle de Inversiones Realizadas" (se adjunta modelo). Deberá tener firma y aclaración del beneficiario.

1.3. ANEXO III. "Declaración Jurada" (se adjunta modelo). Deberá tener firma y aclaración del beneficiario.

1.4.Presentar los originales de las facturas, los cuales serán revisados y devueltos sellados, más Fotocopias Certificadas de las mismas incluidas en Anexo II (por Contador Público, Entidad Bancaria, Autoridad Policial o Escribano Público) correspondiente a toda la Inversión detallada. Las fotocopias certificadas deberán registrar en el margen superior derecho el número de orden indicados en el Anexo II y estar ordenadas de manera correlativa.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PERSONAS JURÍDICAS

2. ANEXO I. "Nota de Remisión": Deberá tener firma y aclaración o sello del responsable debidamente autorizado (se adjunta modelo):

2.1. ORGANISMOS GUBERNAMENTALES: Gobernador, Ministro, Intendente o Funcionario debidamente autorizado.

2.2. ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES: Presidente, Representante Legal o Apoderado.

2.3. La Inversión Documentada debe corresponderse con el total del Anexo II.

3. ANEXO II. "Detalle de Inversiones Realizadas" (se adjunta modelo). Deberá tener firma y aclaración o sello del funcionario que figura en el Anexo I y del Tesorero/funcionario público competente. Debe presentarse además el detalle de las facturas en soporte magnético.

4. ANEXO III. "Declaración Jurada" (se adjunta modelo). Deberá tener firma y aclaración o sello del funcionario que figura en el Anexo I y del Tesorero/funcionario  público competente..

5. En caso que existieren cambios o modificaciones en cuanto a la situación de inscripción en AFIP, deberá adjuntarse una copia certificada de inscripción en dicho organismo.

 

ANEXO I –NOTA DE REMISIÓN

Ref. Expediente N°:____________

Convenio N°:____________

Localidad (1),…..de…..de 20.....

Señor Secretario (2) de

Secretaría de ...........

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

D...............................

S...... ...I...D

El (Los) que suscribe(n)_________(3) (4)____________en mi (nuestro) carácter de__________(5)___________, de____________(6)____________con domicilio real/legal (7) en la calle______N°______de la Localidad_______Provincia de______________ manifestamos que hemos utilizado los fondos otorgados por el Convenio N° __________________(8), conforme el detalle que se expone seguidamente:

Suma otorgada: $_______________

Inversión documentada: $_______________

Total rendido:$_______________

___________________________

Firma (3)

___________________________

Aclaración

 

ANEXO I-NOTA DE REMISIÓN

Referencias:

(1) Lugar y fecha de emisión.

(2) Secretaría de origen (en cuya órbita se encuentra el Responsable Primario).

(3) La presente deberá ser suscripta por Gobernador, Ministro, Intendente o Funcionario, en los casos en que el beneficiario del aporte sea un Organismo Gubernamental, o por el Presidente, Representante Legal o Apoderado si el beneficiario fuera un Organismo no Gubernamental.

(4) Nombre y Apellido.

(5) Cargo que Ocupa.

(6) Nombre o Razón Social del Organismo o Institución.

(7) Tachar lo que no corresponda.

(8) Indicar número y fecha de Convenio.

 

 

 

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Firma y aclaración o sello del responsable

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Firma del Tesorero/funcionario público competente debidamente autorizado

Referencias:

(1) Número de Orden de presentación de las facturas, indicado en el margen superior derecho de las mismas.

(2) Fecha de emisión del comprobante.

(3) Factura, recibo o documento equivalente.

(4) Letra y numeración correspondiente del comprobante.

(5) Nombre, número de CUIT, dirección del proveedor que emite el comprobante.

(6) Descripción del bien o servicio objeto de la documentación de respaldo.

(7) Importe total de la factura, recibo o documento equivalente objeto de la documentación de respaldo incluido impuestos.

(8) Aclaraciones que estime corresponder.

 

ANEXO II –INVERSIÓN DOCUMENTADA

Completar los conceptos del Cuadro Modelo en su totalidad, sin abreviaturas o borrones.

Fecha: Fecha de comprobante..

Tipo: Tipo de Documento (Fact. "B", "C" o "E")

Letra y N°: Letra y N° que consta de 12 dígitos.

Proveedor:

· Denominación: Nombre o razón social.

· CUIT: N° de CUIT del proveedor.

· Dirección: De la Administración del Proveedor o Local Comercial.

Concepto: Detalle del Bien Adquirido.

Importe: Importe de la Operación.

Total: Sumatoria de los Egresos efectuados.

Todos los Egresos deben estar respaldados por Facturas Tipo "B", "C" o "E".

 

ANEXO III -DECLARACIÓN JURADA

Ref.: Expediente N°: _________________

Convenio N°:__________________

Localidad (1),…….de…..de 20.....

Señor Secretario (2) de

Secretaría de ...........

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

D................................

S………../……….D

El (Los) que suscribe(n)____________(3)  (4)______________con_________(5)_________en mi (nuestro) carácter de___________(6)___________y en nombre y representación de____________(7)_____________con domicilio real/legal(8) en la calle______________Nº_____________de la Localidad_______________Provincia de___________________DECLARA/MOS BAJO JURAMENTO:

Que los fondos recibidos en concepto de Aportes, fueron empleados de conformidad con el objeto y destino solicitados y con el Convenio N°___________(9).

Que la documentación remitida se corresponde con sus originales, respaldatorios del empleo de los fondos del aporte, cuyas copias se adjuntan, cumpliendo con las formalidades y requisitos establecidos por la normativa vigente.

Que la documentación original referida se encuentra a disposición, debidamente archivada en la Entidad u Organismo respectivo.

_________________________

Firma del Responsable Debidamente autorizado

Aclaración o sello

_____________________

Firma del Tesorero/funcionario público competente

Aclaración o sello

 

ANEXO III –DECLARACIÓN JURADA

Referencias:

(1) Lugar y fecha de emisión.

(2) Secretaría de origen (en cuya órbita se encuentra el Responsable Primario).

(3) La presente deberá ser suscripta por Gobernador, Ministro, Intendente o Funcionario, en los casos en que el beneficiario del aporte sea un Organismo Gubernamental, o por el Presidente, Representante Legal o Apoderado si el beneficiario fuera un Organismo no Gubernamental.

(4) Nombre y Apellido.

(5) Indicar tipo y número de documento.

(6) Tesorero, Contador, Apoderado o responsable del Organismo o Institución.

(7) Nombre o Razón Social del Organismo o Institución.

(8) Tachar lo que no corresponda.

(9) Indicar número y fecha de Convenio.

 

EXPEDIENTE N° 10535/12

Santa Rosa, 28 de septiembre de 2012

 

POR TANTO:

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 868/12

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa. Dr. Abelardo Mario FERRÁN, Ministro de la Producción. C.P.N. Sergio VIOLO, Ministro de Hacienda y Finanzas.-

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 28 de septiembre de 2012

Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE (2.677).

Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.-