LEY N° 2.630

FACULTANDO AL PODER EJECUTIVO EN FORMA EXCEPCIONAL Y POR ÚNICA VEZ A DISPONER  LA TITULARIZACIÓN DEL PERSONAL INTERINO, QUE SE HAYA DESEMPEÑADO EN CARGOS EN LAS PLANTAS FUNCIONALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE NIVEL SECUNDARIO DE LA MODALIDAD TÉCNICO PROFESIONAL, PREVISTOS EN LA LEY N° 1124 Y SUS MODIFICATORIAS.

 

 

Estado de la Norma: VIGENTE

 

Publicada en B.O. Nº 2962 del 16-09-2011.-

Promulgada el 02-09-2011.-

Sancionada el 18-08-2011.-

Operador de Digesto: R. S.-

 

 

Artículo 1°.- Facúltase al Poder Ejecutivo en forma excepcional y por única vez a disponer la titularización del personal interino que, al 31 de diciembre de 2008, se haya desempeñado por diez (10) años o más en forma ininterrumpida en el cargo de Jefe de Sección o Instructor que forme parte de las Plantas Funcionales de los establecimientos educativos de Nivel Secundario de la Modalidad Técnico Profesional, no transferidos, y se encuentre incluido en los escalafones de Escuelas Técnico-Agropecuarias previstos en la Ley Provincial 1124 y sus modificatorias.

 

Artículo 2°.- El personal titularizado en el marco de la presente deberá cumplimentar los requisitos establecidos en el artículo 11, incisos a), b) y c), de la Ley Provincial 1124 y sus modificatorias, respetando el régimen de incompatibilidad previsto en la mencionada Ley Provincial.

 

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de  la  provincia  de  La  Pampa,  en  Santa  Rosa,  a  los dieciocho días del mes de agosto de dos mil once.-

 

C.P.N. Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador - Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa – Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

 

EXPEDIENTE N° 9928/11.-

 

Santa Rosa, 2 de Septiembre de 2011

POR TANTO:

 

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese  y archívese.-

 

DECRETO Nº 1954/11

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa – Néstor Anselmo TORRES, Ministro de Cultura y Educación – C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER, Ministro de Hacienda y Finanzas.-

 

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 2 de Septiembre de 2011

 

         Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA (2630).-

 

Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.-