LEY Nº 2.623

DECLARANDO DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETAS A EXPROPIACIÓN LAS ÁREAS PERTENECIENTES AL INMUEBLE DESTINADO A NUEVO ESTABLECIMIENTO ASISTENCIAL PARA TODA LA PROVINCIA.

 

Estado de la Norma: VIGENTE.

 

Publicada en B.O. Nº 2954 del 22-07-2011.-

Promulgada el 28-06-2011.-

Sancionada el 16-06-2011.-

Operador de Digesto: R. S.-

 

 

ARTÍCULO 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las áreas necesarias pertenecientes al inmueble designado catastralmente como: Ejido 047, Circunscripción I, Chacra 5, Parcela 12, con una superficie de seis (6) hectáreas, cincuenta y seis (56) áreas y veinticuatro (24) centiáreas, Inscripción de Dominio Nº E: 5536/70 – Nº E: 6839/70 – Matrícula II-8818. Partida Nº 659.005, Ubicación: Lote 12- Fracción D, Sección II – Santa Rosa – La Pampa.

 

ARTÍCULO 2º.- El inmueble descripto en el artículo anterior será destinado para formular proyecto ejecutivo de obra pública, para un nuevo Establecimiento Asistencial para toda la Provincia.

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil once.

C.P.N. Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador, Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa – Lic.

 

Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.

 

EXPEDIENTE Nº 7171/11.-

 

Santa Rosa, 28 de junio de 2011

 

POR TANTO:

Téngase por LEY  de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

DECRETO Nº 1273/11.-

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa – Paulo BENVENUTO, Ministro de Obras y Servicios Públicos – Dr. Mario Omar GONZALEZ, Ministro de Salud

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 28 DE JUNIO DE 2011

 

Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS VEINTITRES (2623).-

 

Raúl Eduardo ORTÍZ, Secretario General de la Gobernación.-