LEY Nº 2.612
MODIFICANDO EL ARTÍCULO 43 DE LA LEY Nº 1593.-
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicada en B.O. Nº 2943 del 06-05-2011.-
Promulgada el 13-04-2011.-
Sancionada el 31-03-2011.-
Operador de Digesto: R. S.-
Artículo 1°.- Modificase el artículo 43 de la Ley 1593, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 43.- A partir de la renovación de autoridades provinciales a llevarse a cabo en el año 2011, la Cámara de Diputados de la Provincia se compondrá de un total de treinta (30) miembros en representación del pueblo de la provincia de La Pampa".-
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil once.-
C.P.N. Luis Alberto CAMPO – Vicegobernador – Presidente Cámara de Diputados – Provincia de La Pampa.- Lic. Pablo Daniel MACCIONE – Secretario Legislativo – Cámara de Diputados – Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE N° 3596/11.-
Santa Rosa, 13 de Abril de 2011
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-
DECRETO Nº 394/11.-
C.P.N. Oscar Mario JORGE – Gobernador de La Pampa.- Dr. César Ignacio RODRIGUEZ Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.-
SECRETARÍA GENERAL DE GOBERNACIÓN: 13 de Abril de 2011.-
Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL SEISCIENTOS DOCE (2612).-
Raúl Eduardo ORTIZ – Secretario General de la Gobernación.-