Tribunal de Cuentas  de la  Provincia de La Pampa

 

 

 

 

 

 


LEY Nº 2480

 

 

APROBANDO EL CONVENIO DE COOPERACIÓN Y ADENDA CELEBRADO ENTRE EL CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER Y EL CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER, SOBRE POLÍTICAS  PÚBLICAS DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y TRATO ENTRE VARONES Y MUJERES.-

 

 

Publicado en Separata Nº 2837 del 24-04-2009.-

Dictado el 26-03-2009.-

Operador de Digesto: M. B.-

 

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA

DE LA PAMPA SANCIONA

CON FUERZA DE LEY:

 

 

Artículo 1°.- Apruébase el Convenio de Cooperación celebrado con fecha 04 de noviembre de 2007 y Adenda sus cripta con fecha 14 de febrero de 2008, entre el Consejo Nacional de la Mujer y el Consejo Provincial de la Mujer con el objeto de reglar la cooperación entre las partes para el cumplimiento de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación hacia la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia hacia la Mujer, ratificados mediante Decreto N° 2.546/08, los cuales forman parte de la presente Ley.

 

Artículo 2°.- Facúltase al Consejo Provincial de la Mujer a realizar la totalidad de las gestiones tendientes al cumplimiento de lo estipulado en el citado convenio.

 

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintiséis días del mes marzo de 2009.-

 

C.P.N. Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa – Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

 

CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL

CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER Y EL

CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER

DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA.

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER es el Organismo Gubernamental a nivel nacional responsable de las políticas públicas de igualdad de oportunidades y trato entre varones y mujeres, de conformidad con las disposiciones del Decreto N° 678 del año 2003, actuando en el ámbito del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa es la institución pública dedicada a revalorizar el rol social de la mujer, para fortalecer desde lo institucional un modelo de mujer que responda a las necesidades de la familia, de la comunidad y fundamentalmente a su condición de tal.

Que las partes desean establecer una cooperación destinada al cumplimiento de LA CONVENCIÓN SOBRE LA ELlMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN HACIA LA MUJER (C. E. D.A. W.) (NACIONES UNIDAS) Y LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER, (CONVENCIÓN DE BELEM DO PARÁ) (CONVENCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS).

Que, a tal efecto, las partes desean implementar acciones de cooperación en orden a la ejecución de tareas de orientación, derivación y seguimiento de los casos de violencia y de generación de estadísticas derivadas de las mismas, y para el desarrollo de una Red Interinstitucional en el ámbito provincial, a efectos de procurar una atención integral a la problemática de la VIOLENCIA.

Que, asimismo, se proponen constituir conjuntamente con organizaciones provinciales y con entidades no gubernamentales, un ámbito para la promoción del acceso de las mujeres al MICROCREDITO, como así también la organización de talleres de capacitación, centralmente enfocados en temáticas de violencia, salud y trabajo; conjuntamente con la difusión de la defensa de los derechos de la mujer.

 

CONVIENEN:

 

Entre El CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER, del CONSEJO COORDINADOR DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con domicilio en Avda. Paseo Colón N° 275, Piso 5°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por su Presidenta Lic. María Lucila COLOMBO (DNI N° 10.220.058), conforme Decreto N° 290/04, por una parte, y por la otra;

 

El CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa, con domicilio en calle Garibaldi N° 276, de la Ciudad de Santa Rosa, pcia. de La Pampa, representada en este acto por su Presidenta, Stella Maris Gola, (LC N° 5.940.371) conforme Decreto Provincial Nº 136/03 del 11 de diciembre del 2003,

las partes de común acuerdo convienen en celebrar el presente CONVENIO a tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETO

El objeto del presente CONVENIO es reglar la cooperación entre las partes con los siguientes objetivos: a) Cumplimiento de LA CONVENCIÓN SOBRE LA ELlMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN HACIA LA MUJER (C. E. D.A. W.) (NACIONES UNIDAS Y LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER, CONVENCIÓN DE BELEM DO PARÁ (OEA).; b) Implementación de acciones de cooperación en orden a la ejecución de tareas de orientación, derivación y seguimiento de los casos de violencia; c) Generación de estadísticas derivadas de las tareas señaladas en el punto b); d) Desarrollo de una Red Interinstitucional en el ámbito provincial, a efectos de procurar una atención integral a la problemática de la VIOLENCIA; e) Constitución, conjuntamente con organizaciones provinciales y con entidades no gubernamentales, de un ámbito para la promoción del acceso de la mujer al trabajo y al MICROCREDITO; f) Organización de talleres de capacitación centralmente enfocados en temáticas de violencia, salud y trabajo y g) Difusión de la defensa de los derechos de la mujer, sin perjuicio de otros objetivos que las partes deseen alcanzar con idéntico propósito que anima el presente CONVENIO.

 

SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES

 1. CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER:

.1.1. Prestar asesoramiento al El CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de Ia Provincia de La Pampa en las distintas etapas del trabajo, facilitando para ello, y  cuando fuere necesario, la comunicación y/o concurrencia de personal de su equipo técnico.

. 1.2. Establecer las normas metodológicas que preserven la homogeneidad y compatibilidad de las  acciones en las tareas de capacitación, atención, estadísticas y otras que surjan durante la implementación del presente CONVENIO.

. 1.3. Supervisar, evaluar y auditar el funcionamiento de la generación de las estadísticas respectivas atinentes a la temática del presente CONVENIO.

. 1.4. Capacitar a técnicos y técnicas del CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa, que se desempeñen como responsables de las diferentes temáticas y como representantes ante la Red Interinstitucional a ser conformada.

. 1.5. Realizar el análisis, desarrollo y mantenimiento de los sistemas de ingreso de datos.

. 1.6. Analizar y explotar los datos obtenidos.

· 1.7. Suministrar los manuales operativos, material didáctico y folletería de apoyo a las temáticas abordadas, metodología, cuestionarios y planillas que se utilizarán para el desenvolvimiento de las acciones establecidas en el presente CONVENIO.

 

2 El CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa:

. 2.1. Asignar el número de agentes con la dedicación necesaria para el eficaz cumplimiento de las  acciones de cooperación previstas en el presente CONVENIO.

. 2.2. Comunicar, al CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER, el nombre y apellido del personal que participará de las tareas de cooperación correspondientes a este CONVENIO mediante comunicación fehaciente cursada al momento de la firma del presente.

. 2.3. Realizar las adquisiciones y/o todos los actos administrativos necesarios para dar cumplimiento a las prestaciones asumidas en el presente.

. 2.4. Abonar, con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes, las erogaciones bajo su responsabilidad, conforme los alcances definidos en el presente CONVENIO.

. 2.5. Ejecutar las actividades de capacitación que se acuerden.

· 2,6. Realizar las tareas de atención, orientación, derivación y seguimiento de los casos de violencia, según las pautas establecidas por el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER.

. 2.7. Ingresar los datos derivados de las tareas de orientación y derivación, conforme el sistema provisto por el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER.

. 2.8. Solicitar la previa conformidad del CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER para la aplicación de cuestionarios adicionales o el desarrollo de tareas adicionales y complementarias a los alcances de este CONVENIO.

. 2.9. Utilizar los fondos depositados por el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER, conforme lo previsto en el presente, con destino exclusivo para los fines establecidos en el mismo.-

.2.10. Difundir la Legislación nacional e impulsar el Programa Nacional de Microcrédito, en el territorio provincial para favorecer el acceso al microcrédito de las mujeres de escasos recursos.

.2.11. Fortalecer las instituciones no lucrativas de la sociedad civil que participan en la defensa de la equidad de género en orden a su incorporación como agentes de promoción del microcrédito.

 

TERCERA: FINANCIAMIENTO

Los gastos que irrogare la implementación de lo acordado en el presente CONVENIO, hasta un máximo de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000), serán aportados por el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER, mediante depósito o transferencia bancaria a la Cuenta Corriente, habilitada para tal fin.

Dicho depósito/transferencia se efectuará del siguiente modo:

a)Hasta PESOS VEINTE MIL ($ 20.000) dentro de los TREINTA (30) días de la fecha de la firma del presente CONVENIO; y

 b)EI saldo restante cuando se hayan realizado las acciones previstas y se hubiere rendido las cuentas de la inversión del SETENTA POR CIENTO (70%) del primer desembolso.

La rendición de cuenta documentada de la inversión de los fondos desembolsados

deberá efectuarse dentro del plazo de SESENTA (60) días de recibidos, bajo apercibimiento de aplicar lo establecido en la cláusula SEXTA.

 

CUARTA: INVERSIÓN DE LOS FONDOS.

El CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa destinará, en forma exclusiva, los fondos de subsidio previstos en el presente, para adquirir elementos de computación y telefonía, equipamiento y mobiliario, necesarios para el adecuado funcionamiento de la oficina de orientación, derivación y seguimiento, así como para los gastos inherentes al módulo de Capacitación, asignandose a cada rubro hasta un porcentaje de acuerdo a la estructura que se explica en el ANEXO I del presente.-

        

QUINTA: MODIFICACIONES

Cualquier cambio o modificación que se produzca en la realización de las obligaciones asumidas por cada una de las partes en orden al cumplimiento del presente CONVENIO, deberá ser expresamente aprobada por las partes signatarias.

 

SEXTA: INCUMPLIMIENTO

El CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER podrá suspender el desembolso de los fondos comprometidos y/o rescindir el presente CONVENIO, declarando la caducidad, total o parcial, del subsidio acordado, y quedando habilitado para exigir, por vía administrativa y/o judicial el reembolso de los fondos que hubiere entregado EL CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa, en los siguientes casos:

 

 . Incumplimiento de cualquiera de las prestaciones El CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa en los términos de este CONVENIO.

 

. Uso indebido de los recursos de acuerdo a lo establecido en el presente CONVENIO.

 

. Incumplimiento por El CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa de las pautas y condiciones estipuladas por el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER para la ejecución de las tareas que le competen.

 

. Alteración grave o El CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa de los objetivos, metodología y acciones estipulados en el presente CONVENIO.

 

Por su parte, El CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la de La Pampa queda facultado para interrumpir la ejecución de las tareas a su cargo, en caso de que el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER no efectuare el depósito o transferencia de los fondos comprometidos, dentro de los plazos establecidos en el presente CONVENIO.

SEPTIMA: REPRESENTACIÓN

A efectos de la implementación del presente CONVENIO, y para la debida articulación, cada una de las partes designa los siguientes representantes respectivos:

 

 Por el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER, su Presidenta Lic. María Lucila COLOMBO.

 

Por El CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa, su Presidenta, Stella Maris Gola.

 

OCTAVA: INFORME FINANCIERO

A medida que se proceda a la utilización de los fondos del subsidio previsto en el presente, El CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la de La Pampa, deberá presentar una rendición de cuentas documentada de los gastos incurridos, con arreglo al instructivo y los modelos de planillas de Informe Financiero, que como Anexo II se agregan y forman parte del presente.

Las rendiciones de cuentas deberán contener un detalle de los fondos recibidos por el organismo provincial, con motivo de este CONVENIO, hasta la fecha del informe de rendición de cuentas. Dicho Informe deberá ser acompañado de copia autenticada de la documentación respaldatoria de los gastos incurridos con arreglo a la Resolución 1415/03 de la AFIP.

En ningún caso, las partes asumirán obligación financiera alguna que exceda el presupuesto previsto para cada actividad o jurisdicción.

Las referidas rendiciones de cuenta documentadas de inversión de fondos deberán ser rubricadas por la respectiva El CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa y deberán ser enviadas al CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER, para su aprobación, conforme la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

 

NOVENA: VIGENCIA

El presente CONVENIO tendrá vigencia de CIENTO VEINTE (120) días desde su firma. Las rendiciones de cuenta documentada de la inversión de los fondos de subsidio y los respectivos informes de las tareas cumplidas, deberán ser aceptadas o rechazadas por el CNM con 15 días de anticipación a la expiración del presente CONVENIO. Asimismo toda modificación o prórroga que se efectúe a este CONVENIO se realizará de mutuo acuerdo de partes y se formalizará mediante la suscripción de adenda al presente.

 

DÉCIMA: AUDITORIA

El CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa previa comunicación del CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER, permitirá que las agentes de éste último, debidamente autorizadas, o el personal de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, puedan auditar los registros y documentación administrativa y contable que se generaren durante la ejecución de las acciones previstas en el presente CONVENIO, a fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y procedimientos establecidos én el presente CONVENIO.

 

­DÉCIMAPRIMERA:

Las partes declaran tener plena competencia legal y la pertinente facultad para celebrar el presente CONVENIO, en virtud de las respectivas disposiciones legales y administrativas que reglan su actividad y funcionamiento.

 

DECIMASEGUNDA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Para todos los efectos derivados del presente Convenio, las partes fijan sus respectivos domicilios en los arriba consignados. En éstos domicilios serán válidas todas las notificaciones y comunicaciones que las partes deban dirigirse entre sí en virtud del presente Convenio, sometiéndose para todos los efectos legales a la Jurisdicción de los Tribunales Federales competentes con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los 04 días del mes de Noviembre del año 2007.-

 

Lic. María Lucila COLOMBO, Presidenta  Consejo Nacional de la Mujer - Stella Maris GOLA, Secretaria Ejecutiva Consejo de la Mujer Provincia de La Pampa.-

 

Anexo I

 

Elementos de computación y telefonía

Tales como:

Porcentaje

 

 

PC

 

 

 

Impresora

 

Fotocopiadora

 

Software

 

Cañón Multimedia

 

Telefonía

SUBTOTAL

 

Módulo de capacitación

Tales como:

 

 

 

Material de librería

y Fotocopias

 

 

 

Impresión de material

didáctico

 

 

 

Movilidad

 

 

 

Horas

capacitadoras/es

 

 

 

Otros

 

 

SUBTOTAL

 

 

 

Mobiliario y Equipamiento

Tales como:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

 

 

 

TOTAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO II

 

PROCEDIMIENTO PARA LA RENDICIÓN DE CUENTA

DOCUMENTADA DE LA INVERSIÓN DE LOS FONDOS

 

Se deberá consignar en la planilla respectiva los siguientes datos por agente involucrado en las acciones del presente CONVENIO.

 

ü  Apellido y Nombres

 

ü  Nº de Documento

 

ü  Denominación/ Funciones

 

ü  El Monto percibido, consignado en Pesos

 

ü  Firma y aclaración de la misma

 

Las planillas además deben contener:

 

ü  El Total consignado en Pesos

 

ü  Identificación de la Provincia

 

ü  La firma (Ver conformidad de la Autoridad Firmante del Convenio)

 

ü  Fecha en que se hace efectiva la firma por parte de la Autoridad Firmante del Convenio.

 

Rendición de Cuentas de Inversión de Fondos entregados por el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER A EL CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa Planilla de pago

 

                        Ciudad de.............................., Provincia de ................................., Fecha............................

 

 

Apellido

Nombres/

Adquisiciones (1)

DNI

Denominación/Funciones

Concepto

Monto

Firma

Aclaración

1

 

 

 

 

 

$

 

 

2

 

 

 

 

 

$

 

 

3

 

 

 

 

 

$

 

 

4

 

 

 

 

 

$

 

 

5

 

 

 

 

 

$

 

 

6

 

 

 

 

 

$

 

 

7

 

 

 

 

 

$

 

 

8

 

 

 

 

 

$

 

 

9

 

 

 

 

 

$

 

 

10

 

 

 

 

 

$

 

 

11

 

 

 

 

 

$

 

 

12

 

 

 

 

 

$

 

 

13

 

 

 

 

 

$

 

 

14

 

 

 

 

 

$

 

 

15

 

 

 

 

 

$

 

 

16

 

 

 

 

 

$

 

 

17

 

 

 

 

 

$

 

 

18

 

 

 

 

 

$

 

 

19

 

 

 

 

 

$

 

 

20

 

 

 

 

 

$

 

 

Total

 

 

$

 

 

 

 

 

.......................................................

                                                                                                                 Firma y Sello

 

Representante autorizado de EL CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa (1) Consignar el bien o servicio que se adquiere o el nombre del capacitador según corresponda.

 

CONCILIACIÓN DE RENDICIONES DE CUENTA

 

La misma se efectuará conjuntamente con las rendiciones y el organismo provincial lo remitirá al CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER, acompañando copia certificada de: a) Extracto bancario de la Cuenta habilitada por la Provincia para la recepción de los fondos de subsidio; y b) Planilla de Movimientos de Fondos y Rendiciones.

 

Instructivo de la Planilla de Movimientos de Fondos y Rendiciones

 

En la misma se deberá volcar:

 

·         La identificación de la Provincia

 

·         La fecha de la conciliación

 

·         El Banco, Número, Tipo, y Titularidad de la Cuenta Bancaria

 

·         El saldo en la cuenta a la fecha de la conciliación

 

·         En la columna ingresos se deberá volcar las Fechas  y los montos de lo ingresos a la cuenta de la Provincia

 

·         En la columna Rendiciones se deberá volcar las Fechas y los montos de las rendiciones respectivas

 

·         El saldo pendiente de rendición.

FORMULARIO: “DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA DE LA INVERSIÓN DE FONDOS DEL SUBSIDIO”

 

Expediente MDS Nº ................................Resolución MDS Nº ..................../200..............:$............................

 

 

Fecha Comprobante

(1)

Tipo

Comprobante

(2)

Comprobante

(3)

Proveedor

(4)

Bien o Servicio

(5)

Importe $

(6)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

 

 

 

La totalidad de la información indicada fue realizada sin omitir ni falsear dato alguno.

 

Firma, aclaración y DNI del beneficiario personal o del Presidente y Contador o Tesorero de la organización no gubernamental, o de la autoridad administrativa del organismo público, en su caso.

 

Los campos a completar de la planilla son:

 

(1) Fecha de emisión del comprobante; (2) indicar si es Factura, recibo o documento equivalente;

 

(3) Numeración correspondiente al tipo de comprobante; (4) Individualización de la persona física o jurídica que emite el comprobante; (5) Descripción del bien o servicio objeto de la contratación y (6) Importe de factura, recibo o documento equivalente y total de importes de comprobantes.

 

MOVIMIENTO DE FONDOS Y RENDICIONES CONSEJO:

 

Provincia de:________________________________Fecha:__________________

 

 

Datos de la Cuenta Bancaria:

 

 

 

 

 

Banco

Número

Tipo

Titularidad

Saldo

Fecha

 

 

 

 

$

 

 

 

Movimientos

 

 

INGRESOS

 

RENDICIONES

 

FECHA

MONTO

 

FECHA

MONTO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

$

Total

$

 

 

Saldo sin rendir

$

 

 

....................................................Firma y Sello

Representante autorizado de EL CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa

 

ANEXO I

 

Elementos de computación y telefonía

Tales como:

Porcentaje

 

 

PC

 

 

 

Impresora

 

 

 

Fotocopiadora

 

 

 

Software

 

 

 

Cañón Multimedia

 

 

 

Telefonía

 

 

SUBTOTAL

 

40 %

 

Módulo de capacitación

Tales como:

 

 

 

Material de librería

y Fotocopias

 

 

 

Impresión de material

didáctico

 

 

 

Movilidad

 

 

 

Horas

capacitadoras/es

 

 

 

Otros

40 %

 

SUBTOTAL

 

 

 

Mobiliario y Equipamiento

Tales como:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

 

20%

 

TOTAL

 

100

 

 

 

CONCILIACIÓN DE RENDICIÓN DE CUENTA

 

La misma se efectuará conjuntamente con las rendiciones y el organismo provincial lo remitirá al CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER, acompañando copia certificada de: a) Extracto bancario de la Cuenta habilitada por la Provincia para la recepción de los fondos de subsidio; y b) Planilla de Movimientos de Fondos y Rendiciones.

 

Instructivo de la Planilla de Movimiento de Fondos y Rendiciones

 

 

En la misma se deberá volcar:

 

§  La identificación de la Provincia

 

§  La fecha de la Conciliación

 

§  El Banco, Número, Tipo, y Titularidad de la Cuenta Bancaria

 

§  El saldo en la cuenta a la fecha de conciliación

 

§  En la columna ingresos se deberá volcar las Fechas y los montos de los ingresos a la cuenta de la Provincia.

 

§  En la columna Rendiciones se deberá volcar las Fechas y los montos de las rendiciones respectivas.

 

§  El saldo pendiente de rendición

 

Provincia de:________________________________Fecha:__________________

 

Datos de la Cuenta Bancaria:

 

Banco

Número

Tipo

Titularidad

Saldo

Fecha

 

 

 

 

$

 

 

                                          Movimientos:

 

 

 

INGRESOS

 

RENDICIONES

 

FECHA

MONTO

 

FECHA

MONTO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

$

Total

$

 

 

Saldo sin rendir

$

 

 

 

.......................................... Firma y Sello

 

Representante autorizado del (ORGANISMO PROVINCIAL CORRESPONDIENTE AL AREA MUJER) de la Provincia de .....................................................

 

Rendición de Cuentas de Inversión de Fondos entregados por el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER al (ORGANISMO PROVINCIAL CORRESPONDIENTE AL AREA MUJER) de la Provincia de ..................:

Planilla de pago

 

Ciudad de................................, Provincia de........................... Fecha........................

 

Apellido

Nombres/

Adquisiciones (1)

DNI

Denominación/Funciones

Concepto

Monto

Firma

Aclaración

1

 

 

 

 

 

$

 

 

2

 

 

 

 

 

$

 

 

3

 

 

 

 

 

$

 

 

4

 

 

 

 

 

$

 

 

5

 

 

 

 

 

$

 

 

6

 

 

 

 

 

$

 

 

7

 

 

 

 

 

$

 

 

8

 

 

 

 

 

$

 

 

9

 

 

 

 

 

$

 

 

10

 

 

 

 

 

$

 

 

11

 

 

 

 

 

$

 

 

12

 

 

 

 

 

$

 

 

13

 

 

 

 

 

$

 

 

14

 

 

 

 

 

$

 

 

15

 

 

 

 

 

$

 

 

16

 

 

 

 

 

$

 

 

17

 

 

 

 

 

$

 

 

18

 

 

 

 

 

$

 

 

19

 

 

 

 

 

$

 

 

20

 

 

 

 

 

$

 

 

Total

 

 

$

 

 

 

 

................................                                                                              FIRMA Y SELLO

 

Representante autorizado del (ORGANISMO PROVINCIAL CORRESPONDIENTE AL ÁREA MUJER) de la Provincia.......................

(1)  Consignar el bien o servicio que se adquiere o el nombre del capacitador según corresponda

     

 

ANEXO II

 

PROCEDIMIENTO PARA LA RENDICIÓN DE CUENTA

DOCUMENTADA DE LA INVERSIÓN DE LOS FONDOS:

 

 

Se deberá consignar en la planilla respectiva los siguientes datos por agente involucrado en las acciones del presente CONVENIO.

 

ü  Apellido y Nombres

 

ü  Nº de Documento

 

ü  Denominación/ Funciones

 

ü  El Monto percibido, consignado en Pesos

 

ü  Firma y aclaración de la misma

 

Las planilla además deben contener:

 

ü  El Total consignado en Pesos

 

ü  Identificación de la Provincia

 

ü  La Firma (Ver Conformidad de la Autoridad Firmante del Convenio)

 

Fecha en que se hace efectiva la firma por parte de la Autoridad Firmante del Convenio.

FORMULARIO: “DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA DE LA INVERSIÓN DE FONDOS DEL SUBSIDIO”

 

Expediente Nº ....................................../200................: $..............................

 

Fecha comprobante

(1)

Tipo comprobante

(2)

Nº Comprobante

(3)

Proveedor

(4)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La totalidad de la información indicada fue realizada sin omitir ni falsear dato alguno

 

Firma, aclaración y DNI del beneficiario personal o del Presidente y Contador o Tesorero de la organización, o de la autoridad administrativa del organismo público, en su caso.

 

Los campos a completar de la planilla son:

 

(1) Fecha de emisión del comprobante; (2) Indicar si es Factura, recibo o documento equivalente;

(3) Numeración correspondiente al tipo de comprobante; (4) Individualización de la persona física o jurídica que emite el comprobante;  (5) Descripción del bien o servicio objeto de la contratación y (6) Importe de factura, recibo o documento equivalente y total de importes de comprobantes.

 

Movimiento de Fondos y Rendiciones CONSEJO

 

ADENDA AL CONVENIO DE COOPERACIÓN CELEBRADO ENTRE EL CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y EL CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA.

 

Entre EL CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER, DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLITICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con domicilio en Avda. Paseo Colón Nº 275, Piso 5º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por su Presidenta Lic. María Lucila COLOMBO (D.N.I. Nº 10.220.058), conforme Decreto Nº 90 del año 2007, por una parte y;

 

EL CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa, con domicilio en calle Garibaldi Nº 276, de la Ciudad de Santa Rosa, Pcia. de La Pampa, representado en este acto por su Secretaria Ejecutiva, Señora Cristina Grisel MAISONNAVE, (D.N.I. Nº 10.819.955) conforme Decreto Nº 111 de fecha 11 de diciembre de 2007, por la otra parte:

 

CONSIDERANDO

 

Que por cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta procedente y debido al tiempo transcurrido desde la firma del Convenio de Cooperación de fecha 1 de noviembre de 2007, la designación de una nueva Responsable Legal por parte del CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la provincia de La Pampa, en reemplazo de la existente, la cual oportunamente lo suscribió.-

 

Que, conforme Cláusula Novena (Vigencia) del Convenio de Cooperación mencionado en el párrafo anterior, es necesario prorrogar su vigencia para el desarrollo de las actividades objeto del mismo.

 

Que, en virtud de lo antes expuesto, y de común acuerdo se resuelve celebrar la presente ADENDA de conformidad a las Cláusulas que a continuación se detallan:

 

CLAUSULA PRIMERA: Modificar por la presente ADENDA a la Responsable Legal del CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la provincia de La Pampa, del Convenio de Cooperación celebrado con fecha 1 de noviembre del año 2007, entre este CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN  y el mencionado CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER, siendo la Señora Cristina Grisel MAISONNAVE, DNI; 10.819.955, en su carácter de Secretaria Ejecutiva conforme Decreto Nº 111 del 11 de diciembre de 2007, la nueva Responsable Legal.

 

CLAUSULA SEGUNDA: Ratificar en todos sus términos el CONVENIO DE COOPERACIÓN ut supra mencionado.

 

CLAUSULA TERCERA: Adicionar a la Cláusula Segunda (Obligaciones de las Partes), 1. (Consejo Nacional de la Mujer) el siguiente punto: “1.8 Contribuir con el Financiamiento a que se refiere la cláusula TERCERA a fines de su inversión por parte del CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la provincia de La Pampa en los términos y condiciones establecidos en el presente Convenio”

 

CLAUSULA CUARTA: Modificar el Punto b) de la Cláusula Tercera (Financiamiento), el cual quedará redactado de la siguiente manera:

 

“El saldo restante cuando se hayan realizado las acciones previstas y se hubiere rendido cuentas de la inversión de, como mínimo, el SETENTA POR CIENTO (70 %) del primer desembolso, en los términos y condiciones establecidos en la cláusula OCTAVA  y en el ANEXO II que se agrega y forma parte integrante de la presente.”.

 

CLAUSULA QUINTA: Modificar la Cláusula Cuarta (Inversión de los Fondos) la cual quedará redactada de la siguiente forma:

“EL CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la provincia de La Pampa destinará en forma exclusiva los fondos del subsidio previsto en el presente Convenio, para adquirir elementos de computación, telefonía, equipamiento y mobiliario, necesarios para el adecuado funcionamiento de la oficina de orientación, derivación y seguimiento, así como para los gastos inherentes al módulo de Capacitación, asignándose a cada actividad hasta un porcentaje máximo de acuerdo a la estructura que se explícita en el ANEXO I (Matriz de Presupuesto) que se agrega y forma parte integrante de la presente.”.

 

CLAUSULA SEXTA: Modificar la Cláusula Octava (Informe Financiero), la cual quedará redactada del siguiente modo:

A medida que se proceda a la utilización de los fondos del subsidio previsto en el presente, el CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la provincia de La Pampa deberá presentar una rendición de cuentas documentada de los gastos incurridos, con arreglo al instructivo y a los modelos de planillas de Informe Financiero, que como ANEXO II se agregan y forman parte de la presente.

Las rendiciones de cuentas deberán contener un detalle de los fondos recibidos por el organismo provincial, con motivo de este Convenio, y de la aplicación de los mismos (gastos efectuados) hasta la fecha de confección del Informe de rendición. Dicho Informe deberá ser acompañado de copia autenticada de la documentación respaldatoria de los gastos incurridos, la que deberá asegurar plena  observancia del régimen de emisión de comprobantes vigente, según Resolución Nº 1415/2003 de la AFIP y normas complementarias y modificatorias.

Asimismo, conjuntamente con la documentación respaldatoria de gastos incurridos deberá acompañarse:

a)    Si la factura o documento fiscal equivalente es emitido por un sujeto Responsable Inscripto ante el Impuesto al Valor Agregado (comprobante B): impresión de consulta de validez de comprobantes efectuada a través de la página web de la AFIP;

b)   Si la factura o documento fiscal equivalente es emitido por un sujeto Exento de IVA o bien por un Responsable Monotributo (comprobantes C): impresión de consulta de constancia de  inscripción efectuada a través de la citada página web.

En ningún caso, las partes asumirán obligación financiera alguna que exceda el presupuesto previsto para cada actividad o jurisdicción.

Las referidas rendiciones de cuentas documentadas de inversión de fondos deberán ser rubricadas por la respectiva titular del CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la provincia de La Pampa y deberán ser enviadas al Consejo Nacional de la Mujer, para su aprobación, conforme la Ley Nº 24.156 de Administración financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.”.

 

CLAUSULA SEPTIMA (VIGENCIA): Prorrogar a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de UN (1) año el Convenio de referencia.

 

CLAUSULA OCTAVA (DISCREPANCIAS): En caso de incompatibilidad o interpretación diferente entre el Convenio y esta Adenda, primarán las disposiciones establecidas en ésta  última.

 

En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días del mes de febrero de 2008.

 

Por el CNM, Lic. María Lucila COLOMBO, Presidenta – Consejo Nacional de La Mujer.- Por CPM, Cristina Grisel MAISONNAVE, Secretaria Ejecutiva Consejo de la Mujer Provincia de La Pampa;

Destino del Gasto

RUBRO

Costo Unitario

Costo Total

Porcen-

taje

 

 

EQUIPAMIENTO

Software

1 Software Windows XP Pro OEM Español

$     829,00

$     829,00

 

Notebook

1 Notebook

$  5.200,00

$  5.200,00

Impresora

1 Impresora Laserjet HP P 2015DNLJ27PPM

$  1.985,00

$  1.985,00

PC

2 PC Intel Core 2 Duo E6850 (3,00Ghz) 1333 Mghz

$  3.095,50

$  6.191,00

Impresora

1 Impresora Laser HP P2015DNLJ27PPM

$  1.985,00

$  1.985,00

Software

1 Software Windows XP Pro OEM Español

$     829,00

$     829,00

 

 

 

 

Subtotal

$17.019,00

42,55 %

 

 

 

 

 

 

 

 

CAPACITACION

 

Honorarios

7 Bloques de Capacitación AMMs

$ 2.100,00

$14.700,00

 

2 Jornadas de Capacitación Santa Rosa

$ 1.345,00

$ 2.690,00

 

Módulos  de Capacitación

500 Módulos Capacitación

$ 6,00

$ 3.000,00

 

 

 

 

 

 

Art. de Librería

1 Bulk x 100 CDS

$ 100,00

$ 100,00

 

1 Caja de DVDs

$ 200,00

$ 200,00

 

20 Resmas

$ 15,00

$ 300,00

 

200 Biromes

$ 0,70

$ 140,00

 

30 Fibrones

$ 2,00

$ 60,00

 

1 Bulk x 100 CDS

$ 100,00

$ 100,00

 

1 Caja DVDs

$ 200,00

$ 200,00

 

100 carpetas colgantes de archivo

$ 2,25

$ 225,00

 

1 Cuaderno

$ 5,25

$ 5,25

 

1 Porta CDs

$ 39,75

$ 39,75

 

 

 

 

Subtotal

$ 21.760,00

54,40 %

MOBILIARIO

Mesa  de Computación

1 Mesa de computación c/Alzada

$ 744,00

$ 744,00

 

Sillas

2 Sillas p/PC

$ 238,50

$ 477,00

 

 

 

Subtotal

$ 1.221,00

3,05 %

 

 

Total

$ 40.000,00

100 %

 

ANEXO II. INSTRUCTIVO

 

PROCEDIMIENTO PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DOCUMENTADA DE LA INVERSIÓN DE LOS FONDOS

 

1. ACLARACIONES PRELIMINARES.

 

A efectos que el CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la provincia de La Pampa presente ante el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER (CNM) la rendición de cuentas documentada de la inversión de los fondos recibidos, deberá completar la planilla resumen y la planilla desagregada que forman parte integrante del presente Anexo.

Para facilitar la confección de las citadas planillas, el CNM entrega en este acto al Organismo Provincial un soporte magnético conteniendo un archivo en formato Excel con la estructura de carga fórmulas de cálculo, debiendo el Organismo Provincial una vez confeccionada la rendición, entregar al CNM tanto las planillas originales debidamente rubricadas como el soporte magnético conteniendo la misma información.

 

2. INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA PLANILLA RESUMEN

 

RENDICIÓN DE CUENTAS Nº : en la celda de la derecha deberá ingresarse el Nº de orden de la rendición. En caso de realizar la rendición posterior al primer desembolso, deberá consignarse el Nº 1.-

DENOMINACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN: en la celda de la derecha, donde dice “Ingresar denominación de la Organización”, deberá ingresarse la denominación (completa o abreviada, según se ajuste al tamaño de la celda) correspondiente al Organismo Provincial.

 

PERÍODO RENDIDO: deberá ingresarse la fecha de inicio (donde dice “01/04/2008”) y finalización (donde dice “ 31/10/2008”) del periodo rendido.

 

SALDO ANTERIOR AL 1/04/2008: el título se actualiza automáticamente a partir de la fecha de inicio cargada en el “PERÍODO RENDIDO”. En la celda de la derecha debe completarse el saldo al inicio del período rendido que, de tratarse de la Rendición Nº 1, será “0”.

 

DESEMBOLSOS PERCIBIDOS: en la celda de la derecha deberá ingresarse los desembolsos recibidos del CNM durante el período sujeto a rendición.

 

DEVOLUCIONES AL PROGRAMA: en la celda de la derecha deberá ingresarse las eventuales devoluciones que se hubieran efectuado al CNM.

 

GASTOS POR RUBRO: los totales por rubro de gastos se actualizan automáticamente a partir de los datos ingresados en la planilla de Detalle.

 

TOTAL DE GASTOS: el total de la celda de la derecha se actualiza automáticamente.

 

SALDO POR RENDIR AL 31/10/2008: el título se actualiza automáticamente a partir de la fecha de finalización cargada en el “Período rendido”. El saldo de la celda de la derecha se actualiza automáticamente.

 

3. INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA PLANILLA DETALLE. RENDICIÓN DE CUENTAS Nº, NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN Y PERÍODO RENDIDO: estos campos se actualizan automáticamente a partir de los datos ingresados en la planilla resumen.

El número de Orden de cada comprobante que se informe en la planilla de detalle deberá inscribirse sobre la copia certificada de cada comprobante que se aporte como documentación de respaldo. A tal efecto, sobre cada copia certificada deberá inscribirse la leyenda “Nº Orden X”, indicando en lugar de “X” el número que le corresponda según la planilla de detalle. Asimismo, el Nº de Orden deberá respetarse para el ordenamiento de la presentación de la documentación de respaldo.

 

COMPROBANTE FISCAL – FECHA: deberá ingresarse la fecha de emisión de cada comprobante rendido.

 

COMPROBANTE FISCAL – TIPO: la celda contiene una lista desplegable para valores posibles para este campo, no pudiendo ingresarse otros valores que no sean los pre-determinados. En caso de tratarse de boletos de transporte u otros comprobantes análogos, deberá ingresarse como tipo “Otros”.

 

COMPROBANTE FISCAL – LETRA: la celda contiene una lista desplegable para valores posibles para este campo, no pudiendo ingresarse otros valores que no sean los pre-determinados. En caso de dudas respecto a la letra a ingresar, como seguramente ocurrirá de tratarse de boletos de transporte, deberá ingresar la letra “C”.

Téngase presente que no podrán rendirse comprobantes letra “A”

 

COMPROBANTE FISCAL – SUC.: deberá ingresarse el número que integren los cuatro dígitos preliminares del comprobante de gastos o, en caso de ausencia (como ser boletos de transporte), se ingresará “0”. Por ejemplo, para la factura “0004-00015887”, deberá ingresarse “4”.

 

COMPROBANTE FISCAL – NÚMERO: deberá ingresarse el número que integren los ocho dígitos restantes del comprobante. Para el caso anterior, deberá ingresarse “15887”.

 

FECHA DE PAGO: deberá ingresarse la fecha de efectiva cancelación del gasto rendido, la que podrá o no coincidir con al fecha de emisión.

 

PROVEEDOR – CUIT – DENOMINACIÓN: deberá ingresarse la CUIT y la denominación (Apellido y Nombres o Razón Social) del proveedor o prestador del servicio. La CUIT deberá ingresarse sin guiones, ya que la celda tiene dicho formato preestablecido.

 

CONCEPTO DEL GASTOS: deberá ingresarse una breve descripción del bien o servicio adquirido. En el caso de gastos de movilidad, deberá indicarse la persona que incurrió en el gasto y en caso de honorarios por capacitación, deberá indicarse el lugar y fecha del curso o taller dictado y/o evaluado.

Asimismo en las copias certificadas de los comprobantes de  gastos por movilidad, deberá indicarse al pie el origen y destino del viaje, una breve descripción de su motivo (por ejemplo: traslado a XXXX para jornada de capacitación), y constar la firma y aclaración de la persona que incurrió en el gasto.

 

RUBRO DE GASTOS: la celda contiene una lista desplegable para valores posibles para este campo, no pudiendo ingresarse otros valores que no sean los predeterminados. Los valores pre-determinados responden a los rubros de gastos expuestos en la planilla detalle.

Téngase en cuenta que de no ingresarse el rubro de gastos conforme lo indicado en el párrafo anterior, o bien de ingresarse otro valor mediante la modalidad “copiar y pegar”, no se actualizará íntegramente el total de gastos por rubro de la planilla resumen, por lo que la rendición será incompleta.

 

TOTAL: deberá ingresarse en Pesos con centavos el valor total del comprobante rendido.

 

4. CANTIDAD DE COMPROBANTES RENDIDOS SUPERIOR A 500.

 

En caso de requerir rendir más de QUINIENTOS (500) comprobantes, deberá utilizarse además la Hoja denominada “DETALLE-HOJA ADICIONAL”, e ingresarse los datos conforme las instrucciones del apartado 3 del presente Anexo.

Asimismo, en la celda “TRASLADO DE PLANILLA 1”, columna “TOTAL”, no deberá ingresarse valor alguno, toda vez que se calcula automáticamente a partir de la información ingresada en la Hoja “Detalle”. A su vez, en caso de continuarse cargando a partir del comprobante Nº 501 de la planilla adicional, el título “TOTALES RENDIDOS” que figura al pie de la planilla “DETALLE”, se convertirá automáticamente a “SUBTOTALES RENDIDOS”

 

5. FIRMAS AL PIE DE LAS PLANILLAS RESUMEN Y DETALLE

 

Ambas planillas deberán estar rubricadas, e incluir sello o aclaración, de los responsables de la rendición.

 

Lic. María Lucila COLOMBO, Presidenta - Consejo Nacional de La Mujer.-Cristina Grisel MAISONNAVE, Secretaria Ejecutiva Consejo de la Mujer Provincia de La Pampa;

 

ANEXO II. PLANILLA DETALLE

 

RENDICIÓN DE CUENTAS Nº 1 – DESAGREGADA POR COMPROBANTES

Nombre del Programa

Programa de Fortalecimiento Áreas Mujer Provinciales

Nombre de la Organización

Ingresar denominación de la Organización

 

  Período rendido:              del            01/04/2008           al               31/10/2008        

 

Orden

Comprobante Fiscal

Fecha de Pago

Proveedor

Concepto del gasto

Rubro de gastos

total

Fecha

Tipo

Letra

Suc.

Número

CUIT

Denominación

1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

*

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

*

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

*

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

498

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

499

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

500

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

TOTALES RENDIDOS

 

ANEXO II. PLANILLA DETALLE - HOJA ADICIONAL

 

RENDICIÓN DE CUENTAS Nº 1 – DESAGREGADA POR COMPROBANTES – CONTINUACIÓN

 

 

Nombre del Programa

Programa de Fortalecimiento Áreas Mujer Provinciales

Nombre de la Organización

Ingresar denominación de la Organización

 

  Período rendido:              del            01/04/2008           al               31/10/2008         

 

Orden

Comprobante Fiscal

Fecha de Pago

Proveedor

Concepto del gasto

Rubro de gastos

total

Fecha

Tipo

Letra

Suc.

Número

CUIT

Denominación

TRASLADO DE PLANILLA 1

501

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

502

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

*

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

*

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

*

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

998

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

999

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

1000

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

TOTALES RENDIDOS

 

(firma de / los responsables de la rendición)

 

ANEXO II

 

CONCILIACIÓN DE RENDICIONES DE CUENTA

 

La misma se efectuará conjuntamente con las rendiciones y el organismo provincial lo remitirá al CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER, acompañando copia certificada de: a) Extracto bancario de  la Cuenta habilitada por la Provincia para la recepción de los fondos de subsidio; y b) Planilla de Movimientos de Fondos y Rendiciones.

 

 

INSTRUCTIVO DE LA PLANILLA DE MOVIMIENTOS DE FONDOS Y RENDICIONES

 

En la misma se deberá volcar:

 

§  La identificación de la Provincia.

§  La fecha de la Conciliación.

§  El Banco, Número, Tipo, y Titularidad de la Cuenta Bancaria.

§  El saldo de la cuenta a la fecha de conciliación.

§  En la columna ingresos se deberá volcar las Fechas y los montos de los ingresos a la Cuenta de la Provincia.

§  En la columna Rendiciones se deberá volcar las Fechas y los montos de las rendiciones respectivas.

§  El saldo pendiente de rendición.

 

 

ANEXO II PLANILLA RESUMEN

 

Nombre del Programa

Programa de Fortalecimiento Areas Mujer Provinciales

Denominación del Beneficiario

Ingresar denominación de la Organización

Período rendido:         del     01/04/2008       al                31/10/2008

SALDO ANTERIOR AL 1/4/2008

-

 

 

 

 

 

 

DESEMBOLSOS PERCIBIDOS

-

 

DEVOLUCIONES AL PROGRAMA

-

 

Gastos por rubro

-

Computación y telefonía

-

Capacitación

-

Mobiliario y Equipamiento

-

Rubro 4

-

Rubro 5

-

 

 

 

 

 

 

TOTAL DE GASTOS

-

 

 

 

 

SALDO POR RENDIR AL 31/10/2008

-

 

 

Declaramos que la información expuesta constituye el fiel reflejo de la ejecución del proyecto y, los comprobantes originales que la sustentan (cuyo detalle forma parte integrante de la presente rendición) se encuentra bajo nuestra guarda y custodia.

 

                                                               (firma de/los responsables de la rendición)

 

ANEXO II

 

MOVIMIENTO DE FONDOS Y RENDICIONES CONSEJO:

 

Provincia de:________________________________Fecha:__________________

 

Datos de la Cuenta Bancaria:

 

Banco

Número

Tipo

Titularidad

Saldo

Fecha

 

 

 

 

$

 

 

Movimientos:

 

 

INGRESOS

 

RENDICIONES

 

FECHA

MONTO

 

FECHA

MONTO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

$

Total

$

 

 

Saldo sin rendir

$

 

....................................................Firma y Sello

Representante autorizado del CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la Provincia de La Pampa

 

EXPEDIENTE Nº 3563/09.-

 

Santa Rosa, 8 de Abril de 2009

 

POR TANTO:

 

            Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 539/09

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa – Dr. César Ignacio RODRIGUEZ, Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.-

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 8 de Abril de 2009.-

 

          Registrada la presente Ley, bajo el Número DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA (2.480).-

 

Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.