ADHIRIENDO A LA LEY NACIONAL Nº 26117 DE PROMOCIÓN Y REGULACIÓN DEL MICROCRÉDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL
Dictado el 28-10-2008.-
Operador de Digesto: M. B.-
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1 °.-
Adhiérese a la Ley Nacional 26117 de Promoción y Regulación del Microcrédito
para el Desarrollo de la Economía Social.
Artículo 2°.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los
nueve días del mes de octubre de dos mil ocho.
María
Patricia LAVIN, Diputada Bloque Justicialista Cámara de Diputados de la
Provincia de La Pampa A/C Presidencia – Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario
Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE Nº 11881/08.-
Santa Rosa, 28 de Octubre de 2008
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia;
dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese,
publíquese y archívese.-
DECRETO Nº 2890/08.-
C.P.N. Oscar Mario JORGE,
Gobernador de La Pampa – María Cristina REGAZZOLI - Ministro
de Bienestar Social - C.P.N.
Ariel RAUSCHENBERGER, Ministro de Hacienda y Finanzas.-
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 28 de Octubre de 2008
Registrada la presente Ley, bajo el
número DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO (2.444).-
Raúl Eduardo ORTIZ,
Secretario General de la Gobernación.