LEY Nº 2444

 

 

ADHIRIENDO A LA LEY NACIONAL Nº 26117 DE PROMOCIÓN Y REGULACIÓN DEL MICROCRÉDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL

 

 

Publicado en B.O. Nº 2814 del 14-11-2008.-

Dictado el 28-10-2008.-

Operador de Digesto: M. B.-

 

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS

 DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA

SANCIONA CON FUERZA DE

 LEY:

 

Artículo 1 °.- Adhiérese a la Ley Nacional 26117 de Promoción y Regulación del Microcrédito para el Desarrollo de la Economía Social.

 

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la  Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los nueve días del mes de octubre de dos mil ocho.­

 

María Patricia LAVIN, Diputada Bloque Justicialista Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa A/C Presidencia – Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE Nº 11881/08.-

 

Santa Rosa, 28 de Octubre de 2008

POR TANTO:

 

Téngase por LEY de la Provincia; dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 2890/08.-

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa – María Cristina REGAZZOLI - Ministro

 

de Bienestar Social - C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER, Ministro de Hacienda y Finanzas.-

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 28 de Octubre de 2008

 

         Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO (2.444).-

 

Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.