LEY Nº 2.430

APROBANDO CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y EL MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA.

 

 

Publicada en B.O. Nº 2809 del 10-10-2008.-

Promulgada el 24-09-2008.-

Sancionada el 11-09-2008.-

Operador de Digesto: M. B.-

 

 

 

Artículo 1°.- Apruébase el convenio celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de La Pampa, el día 2 de mayo de 2008, con el objeto de financiar en la Provincia el Proyecto “Operadores Recreativos Juveniles para Adultos Mayores”; ratificado mediante Decreto N° 1628/08, el cual forma parte integrante de la presente Ley.

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA en la Sala de Sesiones de Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los once días del mes de septiembre de dos mil ocho.­

 

C.P.N. Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador de La Pampa Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa – Lic. Pablo Daniel MACCIONE Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

CONVENIO

 

Entre La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representada por su titular Lic. Marcela Paola VESSVESSIAN, con domicilio en Teniente General Juan Domingo Perón 524 4° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "La Secretaría" por una parte, y El Ministerio de Bienestar Social, de la Provincia de La Pampa, representada por su Ministro Sra. María Cristina REGAZZOLI, (L.C. N° 5.708.548.-), con domicilio en Centro Cívico S/N P. 3 de la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en adelante "El Ministerio", por la otra, acuerdan celebrar el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas.-.....

PRIMERA: Objeto. El presente convenio tiene por objeto otorgar con carácter de subsidio no reintegrable, la suma de PESOS VEINTE MIL TRESCIENTOS SESENTA ($20.360.-) para aplicar al financiamiento del proyecto denominado "Operadores Recreativos Juveniles para Adultos Mayores" dentro del marco del Programa Fortalecimiento lnstitucional. El presente proyecto tiene por finalidad la comunicación intergeneracional y la sensibilización comunitaria con relación a la problemática de los adultos mayores. Los objetivos se alcanzarán mediante la formación de jóvenes como operadores recreativos. El proyecto se llevará a cabo en la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa.-...

SEGUNDA: Implementación. "El Ministerio",se compromete a: A) Destinar la suma recibida a solventar los gastos que demande la ejecución del proyecto denominado "Operadores Recreativos Juveniles para Adultos Mayores", a realizarse en la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa; B) Garantizar la realización del proyecto denominado "Operadores Recreativos Juveniles para Adultos Mayores"; C) Alcanzar a treinta (30) beneficiarios jóvenes que se capacitarán como Operadores Recreativos y veinte (20) Organizaciones que trabajan con adultos mayores; D) Desarrollar la producción de material didáctico y de actividades propuestas para el proyecto; E) Contribuir con los recursos propios técnicos, financieros y laborales que se requieran para el correcto desarrollo del proyecto.....

TERCERA: "La Secretaría" se compromete a transferir a "El Ministerio", un monto total de PESOS VEINTE MIL TRESCIENTOS SESENTA ($20.360.-) para cubrir los gastos correspondientes a la financiación del proyecto denominado "Operadores Recreativos Juveniles para Adultos Mayores" a desarrollarse en el lugar indicado en la cláusula PRIMERA. La suma mencionada será abonada en un solo pago y deberá ser aplicada de la siguiente forma: a) La suma de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS ($2.800.-) para financiar los gastos correspondientes a UN (1) Coordinador General a razón de PESOS SETECIENTOS ($ 700.-) por mes, durante CUATRO (4) meses; b) La suma de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS ($ 6.600.-) para financiar los gastos de TRES (3) Coordinadores grupales, a razón de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA ($ 550.-) por mes por persona, durante CUATRO (4) meses; c) La suma de PESOS NOVECIENTOS SESENTA ($ 960.-) para financiar los gastos de horas docentes; d) La suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500.-) para financiar los gastos correspondientes a insumos didácticos; e) La suma de PESOS UN MIL ($ 1.000.-) para financiar los gastos correspondientes a folletería.; f) La suma de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000.-) para financiar los gastos correspondientes a alimentos; g) La suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500.-) para financiar los gastos correspondientes a traslados...­

CUARTA: "El Ministerio" se obliga a: a) Proveer la infraestructura y material didáctico adecuados a las necesidades del proyecto; b) Organizar, ejecutar y supervisar, cuando intervienen terceros, todas las actividades que impliquen el desarrollo del proyecto; c) Dar inicio a las actividades dentro de los treinta (30) días de recibidos los fondos; d) Efectuar la supervisión directa de la ejecución del proyecto; e) Entregar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS PARA ADULTOS MAYORES un primer informe de planificación de tareas al inicio de la ejecución del proyecto, un según informe a los sesenta (60) días de iniciada la ejecución y un último informe a los diez (10) días de concluída la ejecución del proyecto; f) El plazo de ejecución del proyecto es de cuatro (4) meses a contar a partir de transcurridos treinta (30) días desde que se hayan depositado los fondos; g) Adecuar los mecanismos de Control y Rendición de Cuentas a lo establecido por la Ley 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y de acuerdo a los formularios que obran como Anexo I. La documentación deberá remitirse indefectiblemente a la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS PARA ADULTOS MAYORES, dentro de los noventa (90) días de finalizada la ejecución del Proyecto; h) Archivar debidamente por un plazo de diez (10) años la documentación original respaldatoria de la inversión realizada de los fondos otorgados conforme a la cláusula primera del presente, la que deberá estar a disposición de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN AREA RENDICIÓN DE CUENTAS, para su análisis y verificación, en el momento que lo considere oportuno y sometida a las competencias de control previstas en la Ley N° 24.156; i) Utilizar los fondos a que hace referencia la Cláusula Primera en la ejecución del Proyecto objeto del presente, no pudiendo modificar el destino de dichos fondos excepto con autorización previa y expresa de "La Secretaría"; j) Llevar una contabilidad por separado de ingreso y egreso detallado de los fondos transferidos para el proyecto o emprendimiento productivo objeto del presente.......

QUINTA: "La Secretaría" efectuará a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS PARA ADULTOS MAYORES, inspecciones técnicas y contables en cualquier etapa del proceso de ejecución del Proyecto, pudiendo, también requerir toda  la  información   que  juzgue  necesaria  para realizar la evaluación.....

SEXTA: Sin perjuicio de las facultades que le corresponden a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN), queda facultada a realizar los controles de gestión sobre la ejecución del Proyecto y respecto del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente convenio, para lo cual "El Ministerio" pondrá a su disposición los elementos necesarios al efecto.....­

SEPTIMA: En caso de incumplimiento por parte de "El Ministerio" de algunas de las obligaciones emergentes del presente convenio, así como la comprobación de falsedad u ocultamiento en la información proporcionada o que proporcione en lo sucesivo, dará lugar a la declaración de caducidad del subsidio en los términos del Artículo 21 de la Ley 19.549 de Procedimientos Administrativos, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que pudieran corresponder. En caso de declararse la caducidad del subsidio "El Ministerio" deberá reintegrar la suma entregada sin necesidad de requerimiento alguno.....

OCTAVA: Para todos los efectos emergentes del presente convenio, las partes constituyen domicilios legales en los lugares indicados precedentemente, los que serán válidos mientras no exista notificación fehaciente de su modificación, sometiéndose a la Jurisdicción de los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 días del mes de Mayo de dos mil ocho.-  Lic. Marcela Paola VESSVESSIAN, Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Ministerio de Desarrollo Social – María Cristina REGAZZOLI, Ministro de Bienestar Social.-

 

ANEXO I

 

DECLARACIÓN JURADA SOBRE APLICACIÓN DE FONDOS DE SUBSIDIO

 

                                                                                                             _______________(1 )____________

 

Señor

Director General de Administración

Área Rendición de Cuentas

 

El (los) que suscribe(n)__________(2)________en mi (nuestro) carácter de___________(3)_______ de _________(4)________con domicilio real/legal en la Calle________Nº ______de la Ciudad/Localidad de ___________Provincia de_________, manifestamos con carácter de declaración jurada, que he/hemos aplicado los  fondos de subsidio oportunamente otorgados por la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA y FAMILIA mediante Resolución N°___________/20__, tramitado bajo Expediente N°______, conforme el detalle que se expone seguidamente:

 

Suma otorgada: Total a la fecha:             $_________________

Inversión documentada rendida en la          $_________________ 

presente:

Inversión documentada acumulada          $_________________

total rendida:

Saldo a invertir:                                        $__________________

 

 

Asimismo, cumplimos en adjuntar un detalle de los respectivos comprobantes respaldatorios de la inversión documentada con arreglo al detalle de fecha, tipo y N° de comprobante, proveedor, concepto e importe total, debidamente firmado por (Presidente y Contador o Tesorero de la Institución beneficiaria).

­

Adicionalmente, también con carácter de declaración jurada, manifiesto/manifestamos que

- Los fondos recibidos en concepto de subsidio fueron empleados para el objeto solicitado y/o tenido en cuenta para su otorgamiento.

 

- (PARA EL CASO DE ORGANISMOS GUBERNAMENTALES) Fueron cumplidos los procedimientos requeridos por las normas provinciales y/o municipales, en cuanto a administración presupuestaria, sistema de registración contable, régimen de contrataciones, reglamento de bienes y que asimismo fueron observadas las norma de control interno vigentes en la jurisdicción respectiva.

- La totalidad de la documentación original, respaldatoria del empleo de los fondos del subsidio cumple con las formalidades y requisitos establecidos por la Resolución N° 1415/03, complementarias y modificatorias de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La documentación ORIGINAL se encuentra debidamente archivada, en el domicilio de_________(5)______         y a disposición de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN - ÁREA RENDICIÓN DE CUENTAS, para su análisis y verificación en el momento que se considere oportuno y sometidas a las competencias de control previstas en la Ley N° 24.156.

 

- (Para los casos de adquisición, construcción, refacción ampliación o habilitación de inmuebles) Se ha verificado la existencia de la constancia de atestación marginal en título de propiedad, reglada por el artículo 1° del Decreto N° 23.871/44

 

_____________________________                       _______________________________

Firma y aclaración del Tesorero o Contador               Firma y aclaración de la Autoridad                                                                                         Máxima

(1)  Lugar y fecha de emisión.

(2)  Nombre y Apellido

(3)  Cargo que ocupa en la Institución.

(4)  Entidad u Organismo.

(5)  Sede de la Institución u Organismo Público o privado.

 

 

FORMULARIO: "DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA DE LA

INVERSIÓN DE FONDOS DEL SUBSIDIO”

 

 

Expediente CONAF Nº

 

Resolución Nº            /20.........

$:..........................................

 

Fecha

Tipo

Número

Proveedor

Bien o servicio

Importe

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

(6)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                                                                                     Total General

 

 

La totalidad de la información indicada fue realizada sin omitir ni falsear dato alguno.

 

________________________                                                                __________________________

Firma del contador o tesorero de la ong o de la                                       Firma del Presidente de la stitución o               

autoridad administrativa del organismo público                                                    responsable del Proyecto

 

                 _____________                                                                       _________________

                      Aclaración                                                                                               Aclaración

 

Los campos a completar de la planilla son:

 

(1)  Fecha de emisión del comprobante.

(2)  Indicar si es Factura, recibo o documento equivalente.

(3)  Numeración correspondiente al tipo de comprobante.

(4)  Individualización de la persona física o jurídica que emite el comprobante.

(5)  Descripción del bien o servicio objeto de la presente contratación.

(6)  Importe de factura, recibo o documento equivalente y total de importes de comprobantes.

 

Equivalente, objeto de la presente contratación.

 

En el caso de no presentación de fotocopias de facturas este formulario deberá ser suscripto además por CPN independiente certificada por el Consejo Profesional respectivo.

 

EXPEDIENTE Nº 10435/08.-

 

Santa Rosa, 24 de Septiembre de 2008

 

POR TANTO:

 

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 2528/08.-

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa – Maria Cristina REGAZZOLI, Ministro de Bienestar Social.-

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 24 de Septiembre de 2008

 

         Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA (2.430).-

 

Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.-