LEY Nº 2.426
ATENCIÓN DE
RECURSOS DE RENTAS GENERALES PARA OBRAS A LICITAR “PROGRAMA FEDERAL PLURIANUAL
DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS”
Publicado en
B.O. 2806 del 19-09-2008.-
Promulgada el
02-09-2008.-
Sancionada el
14-08-2008.-
Operador de
Digesto: M. B.-
Artículo 1º.- Los gastos que demanden las obras a licitar
correspondientes al Convenio Marco "Programa Federal Plurianual de
Construcción de Viviendas" aprobado por
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
Ley, será imputado a las partidas correspondientes del presupuesto vigente, el que no podrá exceder el importe
correspondiente al valor, de cuatrocientas sesenta y nueve (469) viviendas.
Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo deberá realizar todas las
gestiones que sean necesarias, para el envío de las remesas correspondientes
por parte del Estado Nacional, debiendo informar a esta Cámara sobre el resultado
de las mismas.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en
C.P.N. Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador de
EXPEDIENTE Nº 9218/08.-
Santa Rosa, 2
de Setiembre de 2008
POR TANTO:
Téngase
por LEY de
DECRETO Nº 2303/08
C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de
SECRETARÍA GENERAL DE
Registrada
la presente Ley, bajo el número DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS (2.426).-
Raúl Eduardo ORTIZ,
Secretario General de