LEY Nº 2.426

ATENCIÓN DE RECURSOS DE RENTAS GENERALES PARA OBRAS A LICITAR “PROGRAMA FEDERAL PLURIANUAL DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS”

 

Publicado en B.O. 2806 del 19-09-2008.-

Promulgada el 02-09-2008.-

Sancionada el 14-08-2008.-

Operador de Digesto: M. B.-

 

 

Artículo 1º.- Los gastos que demanden las obras a licitar correspondientes al Convenio Marco "Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas" aprobado por la Ley Provincial 2207, que cuenten con la no objeción técnica de parte de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, serán atendidos con recursos de Rentas Generales de la Provincia, independientemente del envío de remesas por parte del Gobierno Nacional.

 

Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado a las partidas correspondientes     del presupuesto vigente, el que no podrá exceder el importe correspondiente al valor, de cuatrocientas sesenta y nueve (469) viviendas.

 

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo deberá realizar todas las gestiones que sean necesarias, para el envío de las remesas correspondientes por parte del Estado Nacional, debiendo informar a esta Cámara sobre el resultado de las mismas.

 

Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los catorce días del mes de agosto de dos mil ocho.

 

C.P.N. Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador de La Pampa, Preside-nte Cámara de Diputados Provincia de La Pampa; Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE Nº 9218/08.-

 

Santa Rosa, 2 de Setiembre de 2008

 

POR TANTO:

 

         Téngase por LEY de la Provincia; Dese al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 2303/08

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa; C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER, Ministro de Hacienda y Finanzas; Sr. Paulo Benvenuto, Ministro de Obras y Servicios Públicos.-

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 2 de Setiembre de 2008

 

         Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS (2.426).-

 

Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.-