LEY Nº 2.425

CREANDO CARGOS EN EL MARCO DE LA LEY Nº 1279 DE

CARRERA SANITARIA.-

 

 

Publicado en B.O. 2804 del 05-09-2008.-

Promulgada el 27-08-2008.-

Sancionada el 14-08-2008.-

Operador de Digesto: M. B.-

 

 

 

Artículo 1°.- Créanse los siguientes cargos en el marco de la Ley N° 1279 de Carrera Sanitaria:

Quince (15) categorías siete (7) y veintitrés (23) categorías ocho (8), todos con dedicación exclusiva de la Rama Profesional.-

Doce (12) categorías doce (12) y dieciocho (18) categorías catorce (14), de la Rama Enfermería.-

Cuatro (4) categorías doce (12), una (1) categoría quince (15) y tres (3) categorías nueve (9) de la Rama Técnica.-

Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente, se imputará a las partidas específicas del presupuesto vigente.-

Facúltase al Poder Ejecutivo a efectuar las reestructuraciones y/o compensaciones presupuestarias  necesarias  dentro de los créditos

previstos en el Ministerio de Bienestar Social.-

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los catorce días del mes de agosto de dos mil ocho.-

 

C.P.N. Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador de La Pampa – Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.- Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo – Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE Nº 9217/08.-

 

SANTA ROSA, 27 de agosto de 2008.-

 

POR TANTO:

         Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 2284/08.-

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa.- María Cristina REGAZZOLI, Ministro de Bienestar Social.- C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER, Ministro de Hacienda y Finanzas.-

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 27 de AGOSTO de 2008.-

 

         Registrada la presente Ley, bajo el numero DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO (2.425).-

 

Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.-