LEY Nº 2.422

INSTITUYENDO EL 7 DE OCTUBRE COMO

DÍA DEL EMPLEADO LEGISLATIVO.-

 

 

Publicado en B.O. 2802 del 22-08-2008.-

Promulgada el 13-08-2008.-

Sancionada el 31-07-2008.-

Operador de Digesto: M. B.-

 

 

 

Artículo 1°.- Institúyese como Día del Empleado Legislativo el 7 de octubre, el que quedará declarado como no laborable para el personal que presta funciones en el Poder Legislativo.-

 

Artículo 2°.- En virtud de lo establecido en el artículo anterior, al personal que se desempeña en el Poder Legislativo, no le será de aplicación el artículo 288 de la Ley 643.-

 

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil ocho.-

 

C.P.N. Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa; Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE N° 8666/08.­

 

Santa Rosa, 13 de Agosto 2008.-

 

POR TANTO:

 

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.­-

 

DECRETO Nº 2114/08.-

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE – Gobernador de La Pampa.- Dr. César Ignacio RODRIGUEZ – Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.-

 

 

 

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:

13 de Agosto de 2008.-

 

         Registrada   la   presente    Ley,    bajo   el número DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS (2.422).-

 

Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.-