LEY Nº 2.417
MODIFICANDO
LEY Nº 2411
– ESTATUTO
PERSONAL OPERATIVO DE DEFENSA CIVIL.-
Publicado en
B.O. 2799 del 01-08-2008.-
Promulgada el
18-07-2008.-
Sancionada el
03-07-2008.-
Operador de
Digesto: M. B.-
Artículo
1º.- Modifícase
el inciso c) del artículo 30 del Anexo I de
“c) franquicia establecida en el
artículo 95 última parte.”
Artículo 2º.- Modifícase el artículo 118 del Anexo I de
“Artículo
118:
Las sanciones disciplinarias, salvo las excepciones previstas en el artículo
131, se aplicarán previa instrucción de sumario administrativo.”
Artículo 3º.- Modifícase el inciso b) del artículo 126
del Anexo I de
“b) incumplimiento de los deberes
establecidos en los incisos 23 y 24 del artículo
Artículo 4º.- Modifícase el inciso c) del artículo 127
del Anexo I de
“c) incumplimiento de los deberes
determinados en los incisos 2), 3), 5), 7), 8), 10), 12), 14), 15), 16), 17),
18), 21), 22), 25), 26) y 27) del artículo 19, incisos f), g) y h) del artículo
Artículo 5º.- Modifícase el inciso h) del artículo 129
del Anexo I de
“h)
incumplimiento de los deberes determinados en
los
incisos 2), 3), 5), 7), 10) y 25) del artículo
Artículo 6º.- Sustitúyese del ANEXO I de
Artículo 7º.- Comuníquese al poder Ejecutivo.-
DADA
en
Ing.
Juan Ramón GARAY, Vicepresidente 1º Cámara de Diputados Provincia de
Expediente
Nº 7514/08
Santa Rosa, 18 de Julio
de 2008
POR
TANTO:
Téngase por LEY de
DECRETO
Nº 1960/08
C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de
SECRETARÍA
GENERAL DE
Registrada la presente
Ley , bajo el número DOS MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE (2.417).-
Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de