LEY Nº 2.409

SUSTITUYENDO ART. 37 QUATER DE LA LEY Nº 1675 – ORGÁNICA DEL

PODER JUDICIAL.-

 

Publicada en B.O. Nº 2785 del 25-04-08.-

Promulgada el 17-04-08.-

Sancionada el 03-04-08.-

 

Artículo 1º.- Sustitúyese el Art. 37 quater de la Ley Nº 1675 - Orgánica del Poder Judicial-, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

         “Artículo 37 quater: El Tribunal de Impugnación Penal estará dividido en dos salas  de dos (2) miembros cada una, con un presidente común a ambas y funcionarán de acuerdo al reglamento que se dicte.-

 

Las Decisiones serán válidas si fueren tomadas por los integrantes de la Sala respectiva, cada uno de los cuales emitará voto fundado o adherirá al otro, pudiendo ser redactado en forma impersonal. Las disidencias serán resueltas por el Presidente del Tribunal, quien lo hará con voto fundado o por simple adhesión.”

 

TEXTO ANTERIOR LEY 1675

 

Artículo 37 quater: (Incorporado por art. 6º Ley 2297) Las decisiones del Tribunal serán válidas cuando fueren tomadas por la mayoría de sus miembros, quienes al efecto emitirán voto fundado o adherirán al de otro, pudiendo en caso de unanimidad ser de redacción impersonal.-

 

Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

DADA  en la Sala de  Sesiones  de  la  Cámara  de

Diputados de la Provincia de La Pampa, en  Santa Rosa, a los tres días del mes de abril de dos mil ocho.-

 

Ing. Juan Ramón GARAY, Vicepresidente 1º Cámara de Diputados Provincia de La Pampa – Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE Nº 3915/08.-

 

Santa Rosa, 17 de Abril de 2008

 

POR TANTO:

 

            Téngase por Ley de la Provincia: Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

 

DECRETO Nº 769/08

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa – Dr. César Ignacio RODRIGUEZ, Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.-

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 17 de Abril de 2008

 

         Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL CUATROCIENTOS NUEVE (2.409).-

 

Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.-