LEY Nº 2.404
AUTORIZANDO AL
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL A INCORPORAR
A LA PLANTA DE PERSONAL, CON DESTINO AL
MINISTERIO DE CULTURA
Y EDUCACION, CARGOS Y HORAS
CÁTEDRA DEL ESCALAFÓN DOCENTE.-
Publicada
en B.O. Nº 2781 del 28-03-08.-
Promulgada
el 17-03-08.-
Sancionada
el 06-03-08.-
Artículo 1º.- Autorízase al
Poder Ejecutivo Provincial a incorporar en la Planta de Personal, a partir de la fecha de
promulgación de la presente Ley y con destino al Ministerio de Cultura y Educación,
los siguientes cargos y horas cátedra del escalafón docente (Ley Nº 1124): 2
(dos) cargos de Maestro de Año de Escuela Común, 7 (siete) cargos de Maestro de
Especialidad de Nivel Inicial, 8 (ocho) cargos de Maestro de Especialidad de
Escuela Común, 1(un) cargo de Maestro de Año de Escuela de Jornada Completa;
617 (seiscientas diecisiete) horas cátedra de Nivel Educación General Básica y
Polimodal, y 250 (doscientas cincuenta) horas cátedra de Nivel Superior no
Universitaria.-
Artículo 2º.- Establécese que el
gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las
partidas específicas del presupuesto vigente.-
Facúltase al Poder Ejecutivo para
efectuar las reestructuraciones y/o compensaciones presupuestarias necesarias.-
Artículo 3º.- Comuníquese al
Poder Ejecutivo.-
DADA
en la Sala de
Sesiones de la Cámara
de Diputados de la Provincia
de La Pampa, en
Santa Rosa, a los seis días del mes de marzo de dos mil ocho.-
C.P.N.
Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de
Diputados Provincia de La
Pampa.- Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo
Cámara de Diputados Provincia de La
Pampa.-
EXPEDIENTE
Nº 2824/08.-
Santa Rosa, 17 de Marzo de 2008
POR
TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al
Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y
archívese.-
DECRETO
Nº 510/08.-
C.P.N.
Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa.- Dr. Juan Víctor BENSUSAN, Ministro de
Cultura y Educación.- C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER, Ministro de Hacienda y
Finanzas.-
SECRETARÍA
GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:
Santa Rosa, 17 de Marzo de 2008.-
Registrada la presente Ley, bajo el
número DOS MIL CUATROCIENTOS CUATRO (2.404).-
Raúl
Alberto ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.-