LEY Nº 2.399

APROBANDO CONVENIO CONCESIÓN EXPLOTACIÓN ESTACIÓN DE SERVICIOS EN COMUNA CASA DE PIEDRA.-

 

Publicada en B.O. Nº 2771 del 18-01-08.-

Promulgada el 09-01-08.-

Sancionada el 27-12-07.-

 

 

Artículo 1°.-  Apruébase el convenio de concesión para la explotación de la Estación de Servicios en la Comuna Casa de Piedra, firmado entre el Delegado Organizador de la Comuna Casa de Piedra y el Presidente de la Empresa PAMPETROL S.A. P. E.M., el día 5 de noviembre de 2007 y el cual forma parte integrante de la presente Ley.-

 

Artículo 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a efectuar las modificaciones y ampliaciones del convenio que por la presente se aprueba y que al efecto resulten necesarias para su adecuación a la normativa nacional aplicable, siempre y cuando las mismas no desnaturalicen el objeto del convenio aprobado. Las demás modificaciones y ampliaciones incluído el consentimiento al que se refiere la Cláusula 13 deberán contar con la autorización previa de la Cámara de Diputados.-

 

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo deberá suscribir una cláusula complementaria, a efectos que los montos previstos en la Cláusula Séptima mantengan la equivalencia actual, utilizando el mismo parámetro que fija la Cláusula Novena del convenio que se aprueba.-

 

Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintisiete días del mes de diciembre de dos mil siete.­

C.P.N. Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados, Provincia de La Pampa; Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

 

EXPEDIENTE Nº 17191/07

 

SANTA ROSA, 9 de Enero de 2008

 

 

POR TANTO:

 

            Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 19/08

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa; Gustavo R. FERNÁNDEZ MENDIA, Ministro de Bienestar Social A/C Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad; Dr. Abelardo Mario FERRAN, Ministro de la Producción; C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER, Ministro de Hacienda y Finanzas; Ing. Julio BARGERO, Ministro de Obras y Servicios Públicos.-

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 9 de Enero de 2008

        

         Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE (2.399).-

 

Raúl Eduardo ORTIZ  - Secretario General de la Gobernación.-