LEY Nº 2.307
DECLARANDO
MUNICIPALIDAD, A PARTIR DEL 10 DE DICIEMBRE DE
Estado de
Publicado en B.O.
2716 del 28-12-2006.-
Promulgada
el 18-12-2006.-
Sancionada
el 30-11-2006.-
Artículo 1°.-
Declárase Municipalidad a la localidad de Algarrobo del Aguila, la que
mantendrá el actual ejido comunal, con los alcances y efectos previstos en
Artículo 2°.-
Considérase incluida a
Artículo 3°.-
Las disposiciones relacionadas con el nuevo estatuto comunal regirán a partir
de la asunción de las nuevas autoridades el 10 de Diciembre de 2007, hasta esa
fecha se seguirán aplicando las normas relativas a las Comisiones de Fomento.
Para la renovación de las autoridades a realizarse durante el año 2007, la convocatoria a elecciones será efectuada por
rama ejecutiva de
prescripciones
de
Artículo 4°.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA
en
Prof.
Norma Haydee DURANGO, Vicegobernadora de
EXPEDIENTE
Nº 16224/06.-
SANTA
ROSA, 18 de Diciembre de 2006
POR
TANTO:
Téngase
por LEY de
DECRETO
Nº 3052/06.-
Ingº.
Carlos Alberto VERNA, Gobernador de
SECRETARIA
GENERAL DE
18
de Diciembre de 2006.-
Registrada
la presente Ley, bajo el número DOS MIL TRESCIENTOS SIETE (2.307).-
Ingº.
Juan Ramón GARAY, Secretario General de