LEY Nº 2.279
Estado de la Norma: VIGENTE.
Promulgada el 17-08-2006.-
Sancionada el 03-08-2006.-
Artículo 1°.- Créanse en el ámbito de la Dirección General de Canal 3 las Gerencias de: Producción, Programación, Informativo, Técnica y Administración. Los Gerentes serán designados y/o removidos por el Poder Ejecutivo.
Artículo 2°.- Créanse en el ámbito de la Dirección General de Canal 3, cinco; (5) cargos equiparados presupuestariamente al de "Secretario Privado de Ministro” para cubrir las Gerencias creadas en el artículo 1°.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas específicas del presupuesto vigente.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los tres días del mes de agosto de dos mil seis.
Sra. Elsa Ester LABEGORRA, Vice-Presidenta 1º Cámara de Diputados Provincia de La Pampa - Dr. Mariano Alberto FERNANDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-