LEY Nº 2.269

DEROGANDO INCISO d) DEL ARTICULO 11 DE LA LEY 1124 Y SUS

MODIFICATORIAS.-

Estado de la Norma: VIGENTE.

 

Publicado en B.O. 2691 del 07-07-2006.-

Promulgada el 27-06-2006.-

Sancionada el 15-06-2006.-

 

 

Artículo 1º.- Derógase el inciso d) del artículo 11 de la Ley Nº 1124 y sus modificatorias.-

 

TEXTO DEROGADO

ARTICULO 11- inc d) Poseer una edad máxima de cuarenta años (40) años; con excepción de los aspirantes de Nivel Superior, y quienes sobrepasando dicha edad acrediten una antigüedad docente igual al exceso de la edad requerida para el ingreso.-

 

 

Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la  Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los quince días del mes de junio de dos mil seis.-

 

Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegoberna-dora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados, Provincia de La Pampa; Dr. Mariano Alberto FERNANDEZ, Secretario Legislativo, Cámara de Diputados, Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE Nº 7103/06.-

 

 

Santa Rosa, 27 de Junio de 2006

 

POR TANTO:

 

Tengase por LEY de la Provincia; Dése al Registro oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 1245/06.-

 

Ingº. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa; Prof. María de los Ángeles Zamora, Ministro de Cultura y Educación.-

 

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNA-CION: 27 de Junio 2006

 

         Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE (2.269).-

 

Ing°. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-