LEY Nº 2.234

DE PROMOCION, RECONOCIMIENTO Y DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES

CREATIVAS  DE LOS ARTISTAS PLASTICOS PAMPEANOS.

 

ESTADO DE LA NORMA: DEROGADA POR LEY 2259.

 

Publicada en B.O.2666 del 13-01-06.-

Promulgada el 29-12-05.-

Sancionada el 22-12-05.-

 

 

Artículo 1°: La presente Ley, tiene por objeto el reconocimiento, la promoción y el desarrollo de las actividades creativas de los artistas plásticos pampeanos.

 

Artículo 2°: El Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de lo expresado en el artículo que antecede, incorporará a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, en los pliegos licitatorios correspondientes a nuevas obras a licitarse en el procedimiento de licitación pública, la provisión de una obra plástica de artistas pampeanos, la que será expuesta en lugar destacado del espacio público que se trate.-

 

Artículo 3°: Facúltase al Poder Ejecutivo a designar una Comisión Especial en el ámbito de la Subsecretaría de Cultura, que evaluará las obras disponibles y elaborará un catálogo con fotografías y comentarios, otorgándoles un orden de prioridades a las mismas.

 

Artículo 4°: La Subsecretaría de Cultura remitirá al Ministerio de Obras y Servicios Públicos y pondrá a disposición del público en general, entre el 1º y el 30 de marzo, el catálogo de referencia.-

 

Artículo 5°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados  de  la  Provincia  de  La  Pampa, en Santa Rosa, a los veintidós días del mes diciembre de dos mil cinco.-

 

Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegoberna-dor de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.- Dra. Varinia Lis MARIN, Pro-Secretaria, Cámara de Dipu-tados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE N°15802/05.­

 

SANTA ROSA, 29 de Diciembre de 2005.-

 

POR TANTO:

 

Téngase por LEY de la Provincia. Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

Ingº. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa.- C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas a/c Ministerio Cultura y Educación – a/c  Ministerio de Obras y Servicios Públicos.-

 

DECRETO Nº 2988/05.-

 

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNA-CION: 29 de Diciembre de 2005.-

 

Registrada a presente Ley, bajo el número DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO (2234).­-

 

Ingº. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación