LEY Nº 2.220
SUSTITUYENDO EL ARTICULO 46 DE LA LEY Nº 1675
ORGANICA DEL PODER JUDICIAL.
Publicada en B.O. 2665 del 06-01-06.-
Promulgada el 29-12-05.-
Sancionada el 15-12-05.-
Artículo 1°.- Sustitúyase el artículo 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial Nº 1675, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 46º.- Habrá tres (3) Cámaras en lo Criminal, dos con asiento en Santa Rosa y una con sede en General Pico. Las mismas tendrán la competencia territorial que corresponde a la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Circunscripción Judicial.
El Superior Tribunal de Justicia, por Acuerdo, podrá determinar la distribución de la competencia asignada en el artículo 50 incisos a), b), c) y d).”
TEXTO ANTERIOR ART. 46 LEY 1675
Habrá tres (3) Cámaras en lo Criminal, dos (2) con asiento en Santa Rosa y una (1) con sede en General Pico.
Las Cámaras con asiento en Santa Rosa tendrán la competencia territorial que corresponde a la Primera, Tercera y Cuarta Circunscripciones Judiciales.
La Cámara con asiento en General Pico tendrá la competencia territorial que corresponde a la Segunda Circun scripción Judicial.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los quince días del mes de diciembre de dos mil cinco.
Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
Dr. Mariano Alberto FERNANDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE Nº 15437/05.-
SANTA ROSA, 29 de Diciembre de 2005.-
Por Tanto:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-
DECRETO Nº 2923/05.-
Ingº. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa.- Dr. Juan Carlos TIERNO, Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.-
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION: 29 de Diciembre de 2005.-
Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL DOSCIENTOS VEINTE (2220).-
Ingº. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-