LEY N° 2.146

AMPLIACION DEL NUMERO DE UNIDADES DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS ESTABLECIDAS EN LA LEY N° 2119.

 

 

Publicada en B.O. Nº  2614 del 14-01-05.-

Promulgada el 30-12-04.-

Sancionada el 22-12-04.-

 

 

Artículo 1°.- Facúltase al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a ampliar el número de ochocientos cincuenta (850) unidades de mejoramiento de vivienda, establecidos en la Ley N° 2119, financiando la cantidad que puedan realizarse hasta cubrir el monto del presupuesto total otorgado de pesos nueve millones trescientos cincuenta mil ($ 9.350.000).-

 

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 

Firmantes

Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa - Dr. Mariano Alberto FERNANDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

 

 

 

 

EXPEDIENTE N° 15888/04.-

 

SANTA ROSA, 30 de Diciembre de 2004.-

Por Tanto:

         Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO N° 2690/04.-

 

         Ing° Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa - C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas