LEY N° 2.121

 INCLUSIÓN  DE LA  TEMÁTICA  DE LA  DONACIÓN  Y  TRANSPLANTE  DE 

 ORGANOS EN LA CURRÍCULA DE TODOS LOS NIVELES EDUCACIONALES.

 

 

Boletín Oficial Nº 2601 del 15-10-04.-

Promulgada el 01-10-04.-

Sancionada el 23-09-04.-

 

 

         Artículo 1°.- Inclúyese la temática de la donación y transplante de órganos en la currícula de todos los niveles educacionales, como contenido transversal o en todas aquellas disciplinas que lo permitan.

 

            Artículo 2°.- El Ministerio de Cultura y Educación, como órgano de aplicación, diseñará y estructurará las modalidades de inclusión, determinará contenidos y obtendrá la documentación necesaria.

 

         Artículo 3°.- El Ministerio tendrá a su cargo el desarrollo de las acciones de capacitación a docentes.

 

            Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintitrés días del mes de septiembre de dos mil cuatro.-

 

Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa - Dr. Mariano Alberto FERNANDEZ,

Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE N° 11247/04.-

 

SANTA ROSA, 1 de Octubre de 2004

Por Tanto:

Téngase por LEY de la Provincia. Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

                    

DECRETO N° 1897/04.-

 

         Ing° Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa - Prof. María de los Angeles ZAMORA Ministro de Cultura y Educación.-

 

Secretaría General de la Gobernación, 1 de Octubre de 2004.-

 

         Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL CIENTO VEINTIUNO (2.121).-

 

Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-