Tribunal de Cuentas  de la  Provincia de La Pampa

 

 

 

 

 

 


RESOLUCIÓN Nº 69-2006

 

Modifícase el Artículo 5º de la Resolución Nº 65/06 (1)

 

Dictado el 05-09-2006.

Operador de Digesto: M. B.

 

Santa Rosa, Setiembre 5 de 2006.-

 

VISTO:

 

         La Resolución Nº 65/06, y

 

CONSIDERANDO:

 

         Que mediante la misma se reglamenta el procedimiento a seguir cuando en las rendiciones de cuentas se detectan observaciones a realizar encuadradas en los previsto en el artículo 14º y concordantes del Decreto Ley Nº 513/69;

 

         Que por el artículo 5º de la misma se dispuso la derogación de las Resoluciones Nº 96/92, 16/04 y toda otra norma en cuanto se oponga a la presente;

 

         Que la redacción del mismo puede originar algún tipo de dudas acerca de la vigencia de la parte de la primera de las normas mencionadas que no ha sido derogada ni modificada;

 

         Que por lo expuesto, y a efectos de una mayor claridad, resulta conveniente realizar la pertinente aclaración;

 

POR ELLO:

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

 

Artículo 1º.- Modifícase a partir de su vigencia el artículo 5º de la Resolución Nº 65/06, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

Artículo 5º: Déjase establecido que lo dispuesto precedentemente entrará en vigencia a partir de la fecha, quedando derogado el punto 2º del artículo 1º de la Resolución Nº 96/92 modificado por Resolución Nº 16/04 y toda otra norma en cuanto se oponga a la presente.

 

Artículo 2º.- Regístrese por Secretaría, comuníquese y cumplido archívese.-

 

Dr. Natalio G. PERES- Presidente TdeC

 

(1) Título dado por Redacción D.I.