RESOLUCION Nº 68/2022

SANTA ROSA, 29 de marzo de 2022

 

VISTO:

 

          El Expediente N° EX 2022 00002048 – JUSPAMPA- DGA ; y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que son remitidas las presentes actuaciones donde el Superior Tribunal de Justicia proyecta el acto de aprobación de la Licitación Privada N° 5/22 para contratar la realización de 7000 impresiones y encuadernaciones de la Constitución Nacional y Provincial para entregar a alumnos de tercer año del ciclo básico de la escuela secundaria de los establecimientos educativos de gestión pública y privada, según lo establecido por Ley N° 3370, propiciando a adjudicación al oferente Franco Daniel Kroneberger CUIT 20-30042760-0;

 

          Que en Orden 56 se expide la Contraloría Fiscal, observando las actuaciones, dentro del plazo establecido en el artículo 4º de la citada normativa, fundando su Dictamen N° 0452022 -ALF- en la falta de encuadre legal, en tanto el artículo 5° de la Ley N° 3370 establece que los ejemplares y certificados serán confeccionados e impresos en la imprenta del Poder Judicial;

 

          Que por Resolución Nº 66/2022, este Tribunal requirió al Superior Tribunal de Justicia que, previo a pronunciarse respecto de la observación planteada, la autoridad competente debía prestar conformidad a la explicación brindada por el Secretario Administrativo (Orden 51), consignándose consecuentemente en los considerandos del acto dicha fundamentación, a los efectos de motivar adecuadamente el mismo. Asimismo se suspendió el plazo establecido en el artículo 2° del Decreto Ley N° 513/69, hasta tanto se remitan nuevamente las actuaciones a este Tribunal, dando cumplimiento a lo requerido;

 

          Que otorgada nueva intervención a este Tribunal, en actuaciones agregadas en Orden 66, Presidencia del Superior Tribunal de Justicia comparte y conforma el Informe del Secretario Administrativo, fundamentando la necesidad de tramitar a través de una licitación privada la ejecución del tiraje de sendas constituciones, ello dado que la Secretaría de Bibliotecas, Archivo General e Imprenta se encuentra imposibilitada en virtud de la carencia de equipamiento adecuado, insumos y recursos humanos capacitados. En dicha intervención se señala que para el año 2023 y subsiguientes se realizarán las previsiones y adecuaciones necesarias a fin de dotar adecuadamente a la misma para la confección e impresión de los ejemplares de las Constituciones;

 

          Que en Orden 67 se adjunta nuevo proyecto de acto consignando en los considerandos la fundamentación que lo motiva adecuadamente, haciendo mención a las acciones a llevar adelante a efectos que, para el año 2023 y siguientes, se pueda ejecutar la impresión en la repartición del organismo tal como lo señala el artículo 5° de la Ley N° 3370;

 

          Que del análisis de las actuaciones, este Tribunal entiende que corresponde se apruebe el proyecto de acto sometido a control previo, en virtud de que se ha acreditado la necesidad de la contratación. Sin perjuicio de ello, se hace saber al organismo propiciante que la presente aprobación lo es de modo excepcional, en virtud de lo expresamente establecido en el artículo 5° de la Ley N° 3370;

 

          Que teniendo en cuenta ello, corresponde se aprueben las mismas en los términos del artículo 5º del Decreto Ley N° 513/69;

 

POR ELLO:

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

Artículo 1º: Aprobar el Proyecto de Resolución obrante en Orden 67 con carácter de excepcional y por las fundamentaciones vertidas en el exordio, en los términos del artículo 5º del Decreto Ley N° 513/69.-

 

Artículo 2º: Regístrese por Secretaría, comuníquese a Contraloría Fiscal y pase al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de La Pampa.-