RESOLUCIÓN Nº 44/2011

                       SANTA ROSA, 3 de mayo de 2011

 

VISTO:

 

            El Expediente Nro. 3543/2007 -MGEyS- caratulado “MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL – COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL MBS S/CONVENIO POR SERVICIOS DE COMEDOR A PACIENTES DERIVADOS A BUENOS AIRES.- INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL (SEMPRE) ”; y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que según lo establece el artículo 2° del Decreto-Ley N° 513/69, “Los poderes públicos del Estado y los organismos autárquicos o des­centralizados, darán vista por diez (10) días al Tribunal, de toda actuación por la que se proyecte disponer, aprobar,…. 1° La adjudicación en concesiones, licitaciones públicas o privadas, concursos de precios o contrataciones directas….”;

 

            Que el Contador Fiscal Actuante en el presente expediente se expidió a fojas 257/258,  dentro del plazo establecido en el artículo 4º de la citada normativa, remitiendo el mismo a este Tribunal a efectos de que apruebe o desestime el presente trámite;

 

            Que a fojas 259, obra nota remitida por la Subsecretaría de Administración dependiente del Ministerio de Salud, en la cual solicita la restitución de las actuaciones a efectos de tramitar la prórroga del convenio con el Instituto de Seguridad Social por el Servicio de Comedor a los pacientes derivados a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

 

            Que  cuando razones debidamente fundamentadas lo justifiquen, es  facultad  de  este  Tribunal disponer la suspensión del plazo fijado en el Decreto Ley Nº 513/69;

 

            Que en el presente caso, se encuentran cumplidos los recaudos pertinentes;

 

            Que  corresponde  en  consecuencia   el  dictado  de  la  Resolución respectiva;

 

POR ELLO:

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

 

Artículo 1º:  Suspéndase  el  plazo  establecido   en   el   artículo   2°   del   Decreto                     Ley   N°  513/69, en virtud de la solicitud de restitución de las actuaciones efectuada por la Subsecretaría de Administración y hasta tanto el citado organismo eleve a este Tribunal el  expediente  de  referencia  para la prosecución del trámite.-

 

Artículo 2º: Envíense   las   presentes   actuaciones  a la Subsecretaría de Administración – Ministerio de Salud - a los efectos indicados en los considerandos de la presente.

 

Artículo 3º: Regístrese  por  Secretaría,   comuníquese y cumplido, archívese.