VISTO:
El Expediente Nro. 7312/2010 -MGEyS- caratulado “MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS- INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO DE VIVIENDA S/SISTEMATIZACION DE TERRENOS EN LA CIUDAD DE GENERAL ACHA -90 VIVIENDAS PLAN FEDERAL PLURIANUAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS. - ”; y
CONSIDERANDO:
Que según lo establece el artículo 2° del Decreto-Ley N° 513/69, “Los poderes públicos del Estado y los organismos autárquicos o descentralizados, darán vista por diez (10) días al Tribunal, de toda actuación por la que se proyecte disponer, aprobar,…. 1° La adjudicación en concesiones, licitaciones públicas o privadas, concursos de precios o contrataciones directas….”;
Que el Contador Fiscal Actuante en el presente expediente se expidió dentro del plazo establecido en el artículo 4º de la citada normativa;
Que a los efectos de que el Tribunal apruebe o desestime el trámite traído a consideración de este cuerpo, se hace necesario que el organismo licitante tome vista de las actuaciones y formule, las consideraciones técnicas respecto a lo señalado por el Contador Fiscal actuante;
Que es facultad de este Tribunal disponer la suspensión del plazo fijado en el Decreto Ley Nº 513/69, cuando se justifique en razón de la magnitud o complejidad de las actuaciones que se tramitan;
Que en el presente caso, se encuentran cumplidos los recaudos pertinentes;
Que corresponde en consecuencia el dictado de la Resolución respectiva, en los términos del segundo párrafo del texto legal referenciado;
POR ELLO:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: Suspéndase el plazo establecido en el artículo 2° del Decreto Ley N°
513/69, hasta que el organismo licitante eleve a este Tribunal el expediente de referencia con los fundamentos que considere pertinente para la
//.-
//2.-
prosecución del trámite.-
Artículo 2º: Envíense las presentes actuaciones al Instituto Provincial Autárquico
de Vivienda a los efectos indicados en los considerandos de la presente.
Artículo 3º: Regístrese por Secretaría, dése copia al Instituto Provincial ......................Autárquico de Vivienda, comuníquese y cumplido, archívese.