RESOLUCION Nº 242/2019
SANTA ROSA, 3 de diciembre de 2019
VISTO:
El Expediente Nº 849/2019, caratulado “Tribunal de Cuentas s/ estableciendo fecha de presentación de las rendiciones de cuentas del mes de diciembre por parte de los servicios contables-habilitaciones”; y
CONSIDERANDO:
Que en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 34 inciso c) del Decreto Ley Nº 513/69 este Tribunal de Cuentas dictó oportunamente la Resolución Nº 50/1980 regulando la rendición de cuentas correspondientes al cierre de ejercicio y los saldos pendientes de rendición;
Que transcurrido varios años desde su dictado, se ha observado que por razones que resultan ajenas a los cuentadantes, existen dificultades para algunos responsables renditivos para dar cumplimiento con los plazos establecidos en el artículo 2º de la Resolución mencionada en lo relativo a la rendición mensual correspondiente al mes de diciembre;
Que dicha dificultad se observa respecto de las cuentas de presentación diaria y mensual Nº 20085/1, Nº 20084/4, y las cuentas del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda y de Canal 3, establecidas en el Anexo VII de la Resolución Nº 18/2019 TdeC;
Que dadas las características de dichas cuentas y lo informado por la Jefatura de la Sala I resulta conveniente disponer la modificación del plazo renditivo, estableciendo como fecha máxima para la presentación de la rendición mensual de diciembre la del 31/03 de cada año;
Que, cabe aclarar a mayor abundamiento, que el plazo para presentar la rendición diaria de dichas cuentas, permanece sin modificación;
Que el Señor Vocal de la Sala I prestó conformidad a lo requerido;
Que habiendo tomado intervención Asesoría Letrada del Organismo, informa que no existen impedimentos legales para efectuar la modificación que se propicia;
POR ELLO:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º: Establécese que el plazo de vencimiento para presentar la rendición de cuentas mensual del período Diciembre de las cuentas detalladas en el Anexo I de la presente Resolución, es el día 31/03 de cada año.
Artículo 2º: Regístrese por Secretaría, publíquese, comuníquese y cumplido, archívese.
ANEXO I
Habilitación y/o trabajo |
CUENTA/S |
Denominación |
Modo de Rendición |
Habilitación Hacienda y Finanzas |
20085/1 y 20084/4 |
Gastos |
Diaria y mensual |
Ministerio de la Producción |
20085/1 y 20084/4 |
Gastos |
Diaria y mensual |
I.P.A.V. |
11314/4 |
Fonavi Obras |
Diaria y mensual |
11884/2 |
Recursos Propios |
Diaria y mensual |
|
20851/0 |
Prog. Federal Construcción y Mejora |
Diaria y mensual |
|
Habilitación de Obras Públicas |
20084/4-20085/1 |
Gastos |
Diaria y mensual |
Dirección General Canal 3 |
10267/6 |
Gastos |
Diaria y mensual |
Habilitación Salud Pública |
20085/1 y 20084/4 |
Gastos |
Diaria y mensual |
Habilitación de Desarrollo Social |
20085/1 y 20084/4 |
Gastos |
Diaria y mensual |
Habilitación de Gobierno y Justicia |
20085/1 y 20084/4 |
Gastos |
Diaria y mensual |
Habilitación Cultura y Educación |
20085/1 y 20084/4 |
Gastos |
Diaria y mensual |
Gobernación |
20084/4-20085/1 |
Gastos |
Diaria y mensual |