RESOLUCIÓN N° 24-2010 -T.deC.-
Modifica la Resolución Nº 2-2010 del T.deC.
Estado de la norma: VIGENTE.-
Dictado el 31-03-10.-
Operador del Digesto: Y.A.C.-
VISTO:
La Resolución (TdeC) Nº 2/2010, dictada en el marco del Expediente Nº 2793/09 del Tribunal de Cuentas, y
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Vocal de Sala I solicita realizar modificaciones a la redacción de la misma, sustentado en requerimientos formulados por el Sr. Contador General de la Provincia y los Sres. Ministros de la Producción y de Cultura y Educación;
Que analizadas las modificaciones propuestas, las mismas permitirían una mejor operatividad en la aplicación de la norma;
Que atento a lo arriba expresado y conforme las facultades otorgadas por la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas en el artículo 34 inc. c), resulta procedente acceder a lo solicitado por el Sr. Vocal de la Sala I;
POR ELLO:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º: Modifícase el artículo 2º de la Resolución (TdeC) Nº 2/2010, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 2º: Destacar que la obligatoriedad de lo establecido en el artículo 1º de la presente, será por los subsidios otorgados a partir del primero de abril del corriente año, excepto lo referido a “pedido de antecedentes” cuya aplicación será para la totalidad de los expedientes que se rindan o se encuentren pendientes de resolución en este Tribunal.”
Artículo 2º: Sustitúyase el Formulario de Constancia de Cobro incorporado al Anexo de la Resolución (TdeC) Nº 2/2010, por el que se adjunta a la presente resolución con la denominación “CONSTANCIA FEHACIENTE DE COBRO O TRANSFERENCIA Y RECEPCIÓN DE LA RESOLUCIÓN/DECRETO…”, debiendo reemplazarse la anterior denominación en todo el texto de la norma citada.
Artículo 3°: Regístrese por Secretaría, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.
Firmantes:
Dr. Francisco GARCIA, Presidente Subrogante.-
CPN Luis César CAMILETTI, Vocal Subrogante.-
CPN Liliana SAGO de LEVENTAN, Vocal Subrogante.-
CPN Daniel Omar BENINATO, Secretario.-