RESOLUCIÓN Nº 167/2012

                                                                                            SANTA ROSA, 25 de octubre de 2012

 

VISTO:

 

              El Expediente Nº 717/2012 -MGEyS- caratulado “SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION S/CONTRATACION DE UN SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE CORRESPONDENCIA ENTRE SANTA ROSA (LA PAMPA) Y LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.-”; y

 

CONSIDERANDO:

 

              Que en el presente expediente se tramita una licitación privada destinada a la contratación de servicios postales entre Santa Rosa y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

 

              Que a fojas 136/139 obra Proyecto de Resolución del Ministro Coordinador de Gabinete y  Proyecto de Contrato de Prestación de Servicios que aprueba la Licitación Privada Nº 82/12 tramitada por el Departamento de Compras y Suministros;

 

              Que a fojas 145/146 obra Dictamen Nº 441/2012 –A.L.F.- de Contraloría Fiscal que no conforma las actuaciones “Considerando las notas presentadas por la empresa Correo Oficial se advierte que, no se ha invitado a 5 (cinco) proveedores que estén en condiciones de proveer el servicio solicitado considerando las cláusulas de especificaciones técnicas”;

 

              Que a fojas 73/74 obran las respectivas recepciones de los pliegos a las firmas invitadas a participar de la licitación privada Nº 82/12, las mismas son CN Postal S.A., Organización Coordinadora Argentina, Servicios Logísticos S.R.L., Correo Argentino e Inter Post. S.A.;

 

              Que a fojas 76 el Correo Argentino señala que “no cotizará en esta oportunidad, dado que transporta continente y no contenido”;

 

              Que el Tribunal  mediante Resolución Nº 158/2012 (fojas 147) determinó “Suspéndase el plazo establecido en el artículo 2° del Decreto Ley N° 513/69, hasta que el Organismo licitante eleve a este Tribunal el  expediente  de  referencia, con los fundamentos que considere pertinente para la prosecución del trámite.”;

             

              Que a fojas 149/150 obra informe del Departamento Compras y Suministros dependiente de la Contaduría General donde acompaña el listado de los proveedores inscriptos en el rubro 27240 Transporte de Cargas Generales y Encomienda, rubro que según el área se encuadra el servicio requerido y manifiesta que “En el momento de cursar las invitaciones, se hizo a aquellas firmas que tenían en ese momento el Cumplimiento Fiscal actualizado”;

 

              Que a fojas 151 obra presentación del Secretario General de la Gobernación quien expresa que “ …esta Secretaría General procedió al presente llamado a Licitación de acuerdo a lo establecido en el reglamento de Contrataciones Decreto Acuerdo Nº 470/73, habiéndose invitando a las firmas inscripta en el Registro de Proveedores, la que están en condiciones de presentarse e inscriptas en el rubro 27240 (Transporte de Cargas Generales y Encomiendas), objeto de la presente Licitación Privada, según lo informado por el Departamento de Compras y Suministros.”;

 

              Que de acuerdo a lo expuesto, este Tribunal entiende que puede conformarse el Proyecto de Resolución del Ministro Coordinador de Gabinete y el Proyecto de Contrato de Prestación de Servicios, que como anexo forma parte de la Resolución, que aprueba la Licitación

 

                                                                                                                                             //:-

 

 

//2.-                                                                                                                                      

 

Privada Nº 82/12 tramitada por el Departamento de Compras y Suministros;

 

POR ELLO:

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

                       

Artículo 1º: Desestimar las observaciones de Contraloría Fiscal obrantes a fojas 145/146 del Expediente Nº 717/2012 y, en consecuencia, conformar el Proyecto de Resolución del Ministro Coordinador de Gabinete y el Proyecto de Contrato de Prestación de Servicios, que como anexo forma parte de la Resolución, que aprueba la Licitación Privada Nº 82/12 tramitada por el Departamento de Compras y Suministros, en virtud de lo establecido  en  el artículo 5° inciso b) del Decreto Ley N° 513/69 y por los fundamentos expresados en los considerandos de la presente resolución.

 

Artículo 2º: Remitir las presentes actuaciones al Contador Fiscal interviniente para su conocimiento y posterior continuidad del trámite.

 

Artículo 3º: Regístrese por Secretaría, comuníquese y cumplido archívese.

 

Firma: Presidente Subrogante Dr. José Roberto SAPPA, Vocal Subrogante CPN Liliana SAGO de LEVENTAN, por ante mí: Secretario Dr. José Carlos MOSLARES, Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa.