RESOLUCIÓN Nº 155/2015
SANTA ROSA, 2 de septiembre de 2015
VISTO:
El Expediente Nº 2261/2015-MGEyS –
MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL – INSTITUTO PROVINCIAL DE EDUCACION Y
SOCIALIZACION DE ADOLESCENTES S/INGRESO A LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL
POR VACANTE PRODUCIDA POR FALLECIMIENTO DE SU EXTINTO PADRE IKES, JUAN JOSE.-
IKES FLORENCIA LUZ”; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente de referencia se
proyecta designar a partir de la fecha del decreto a la señorita Florencia Luz
IKES – D.N.I. N° 34.221.841 – Clase 1989, en la Jurisdicción “E” – MINISTERIO
DE BIENESTAR SOCIAL – Unidad de Organización 24 – DIRECCION GENERAL DE NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA, dándose carácter condicional a su nombramiento por un periodo
máximo de ciento ochenta (180) días corridos de servicio efectivo, encuadrado
en los artículos 30 y 31 de la Ley N° 643;
Que a fa. 52 obra Providencia 090-2015
–A.L.F. donde señala que: “Analizadas las presentes actuaciones, se devuelven
las mismas entendiendo que no se da cumplimiento a lo establecido en el
artículo 31 de la Ley N° 643, ya que de
acuerdo a la documentación obrante a foja 14 la aspirante a ingreso realizaría
tareas en relación de dependencia a la fecha de dictado del acto administrativo
de baja”;
Que a fa. 54 se ajunta Certificación
de Servicios otorgada por el Centro de Apoyo Escolar Toay, en la que se certifica
que la Srta. Florencia Inés IKES se desempeñaba como Docente en ese Centro
Escolar al momento del dictado de la resolución que otorgó la baja;
Que a fs. 55/56, obra nota suscripta
por el Coordinador Administrativo del Instituto Provincial de Educación y Socialización
de Adolescentes ratificando su opinión y reiterando el pedido de contratación
efectuado;
Que a fs. 58 se expide mediante
Dictamen Nº 472/2015-A.L.F. Contraloría Fiscal quien no conforma el trámite
concluyendo “…no conforma las presentes actuaciones, por entender que la documentación
adjuntada no acredita lo establecido en el art. 31 de la Ley N° 643…”.
Que este Tribunal comparte lo
expresado por el Contador Fiscal interviniente;
Que conforme lo expuesto, corresponde
rechazar el proyecto de decreto sometido a intervención;
POR ELLO:
EL TRIBUNAL DE
CUENTAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: Rechazar el proyecto de Decreto
obrante a fs. 44/45 del Expediente Nº 2261/15 caratulado: MGEyS – MINISTERIO DE
BIENESTAR SOCIAL – INSTITUTO PROVINCIAL DE EDUCACION Y SOCIALIZACION DE
ADOLESCENTES S/INGRESO A LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL POR VACANTE
PRODUCIDA POR FALLECIMIENTO DE SU EXTINTO PADRE IKES, JUAN JOSE - IKES
FLORENCIA LUZ
por el
cual se tramita la designación a partir de la fecha del decreto a la señorita
Florencia Luz IKES – D.N.I. N° 34.221.841 – Clase 1989, en la Jurisdicción “E”
– MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL – Unidad de Organización 24 – DIRECCION
GENERAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, dándose carácter condicional a su nombramiento
por un periodo máximo de ciento ochenta (180) días corridos de servicio
efectivo, encuadrado en los artículos 30 y 31 de la Ley N° 643, por las razones expuestas en
los considerandos de la presente.
Artículo 2º: Remitir las presentes actuaciones
al titular del Poder Ejecutivo Provincial en los términos del artículo 6º del Decreto Ley Nº 513/69.
Artículo 3º: Regístrese por Secretaría,
comuníquese, publíquese y cumplido, archívese.