RESOLUCIÓN Nº 144/2012

                                                                SANTA ROSA, 21 de Septiembre de 2012

 

 

VISTO:

 

           El Expediente Nro. 22382/2012 - caratulado: “SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PAMPA S/contratación de un Escribiente para Organismos Administrativos y Jurisdiccionales y Juzgado de Paz de General Acha, (Laura Beatriz Salvai).-”; y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que en el mismo se tramita la contratación de un escribiente para organismos administrativos y jurisdiccionales y Juzgado de Paz de General Acha;

 

           Que el Tribunal  mediante Resolución Nº 127/2012 (fs. 39/40) determinó “Suspéndase el plazo establecido en el artículo 2° del Decreto Ley N° 513/69, hasta que el Organismo licitante eleve a este Tribunal el  expediente  de  referencia,  con la documentación pertinente que subsane la incompatibilidad existente, tal como expone el Contador Fiscal en su dictamen obrante a fojas 35/38 de estos actuados.”;

 

           Que a fs. 41 obra renuncia presentada por la Sra. Laura Beatriz Salvai al cargo de maestra de primer grado suplente funcional del turno mañana;

 

           Que a fs. 42 obra Disposición Nº 27544-2012 de la Dirección General de Personal Docente de fecha 20 de septiembre de 2012 donde se dispone a partir del 30 de septiembre de 2012 la baja de la Sra. Laura Beatriz Salvai;

 

           Que en virtud de la renuncia presentada y la baja decretada, este Tribunal considera que se ha acreditado, posteriormente a la intervención del Contador Fiscal, que la contratación propuesta no se encuentra comprendida dentro de las incompatibilidades establecidas por el artículo 8 inciso 1º de la Ley 2574;

 

           Que de acuerdo a lo expuesto, este Tribunal entiende que puede conformarse   el  proyecto de  Resolución  y  su  respectivo  anexo  que  contiene  el 

 

 

 

//.-

 

 

 

 

 

 

//2.

 

contrato de servicios a plazo determinado obrante a fs. 43/44 de estos actuados.

 

 

POR ELLO:

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

 

Artículo 1º: Desestimar  las  observaciones  de  Contraloría Fiscal  obrantes  a  fojas

                    35/38 del Expediente Nº 22382/2012 y, en consecuencia, conformar el Proyecto de Resolución y su respectivo anexo que contiene el  contrato de servicios a plazo determinado obrante a fs. 43/44, en virtud de lo establecido en el artículo 5° inciso b) del Decreto Ley N° 513/69 y por los fundamentos expresados en los considerandos de la presente resolución.

 

Artículo 2º: Remitir  las  presentes  actuaciones  al  Contador Fiscal interviniente

                   para su conocimiento y posterior continuidad del trámite.

 

Artículo 3º: Regístrese por Secretaría, comuníquese y cumplido archívese

 

 

 

Firma: Presidente Subrogante Dr. José Roberto SAPPA, Vocal Dr. Francisco GARCIA, CPN Liliana SAGO de LEVENTAN, por ante mí: Secretario Dr. José Carlos MOSLARES, Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa.