RESOLUCIÓN Nº 136/2013

SANTA ROSA, 23 de Diciembre de 2013

 

 

VISTO:

 

          El Expediente Nº 2950/2013 - caratulado “MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - ADMINISTRACION PROVINCIAL DE ENERGIA S/CONCURSO CATEGORIA 11 DEL ESCALAFON VIGENTE EN A.P.E..-”; y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que en el expediente de referencia tramita un Concurso Interno de Antecedentes y Oposición convocado por la Administración Provincial de Energía, para cubrir un cargo vacante Categoría 11 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75 en dicho organismo;

 

          Que la convocatoria al concurso se aprobó mediante Resolución Nº 158/13 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia;

 

          Que el Contador Fiscal interviniente se expidió a fojas 75 donde no conforma las actuaciones, elevándolas a consideración de este Tribunal, emitiendo el Dictamen Nº DOB -357/13- fundado en que entre la fecha de publicación en el Boletín Oficial y el cierre de inscripción, no transcurrieron los días hábiles administrativos requeridos por la norma legal y por lo tanto es invalida la convocatoria y la promoción proyectada;

 

          Que del análisis de las constancias obrantes en autos y sometidas a consideración de este Tribunal y atento la inexistencia de impugnaciones al concurso analizado en autos, sin perjuicio de señalarle al organismo que deberán observar para los futuros concursos el cumplimiento de lo señalado por los artículos 200 y 201 de la Ley Nº 643 y artículo 3º b) del Decreto 1687/79 en lo referente al cumplimiento de los plazos, corresponde conformar el Proyecto de Resolución del Ministro de Coordinación de Gabinete obrante a fojas 67/68, desestimando las observaciones del Contador Fiscal, atento haberse acreditado fehacientemente la conveniencia de la medida propuesta, conforme establece el artículo 5 inciso c de la NJF 513/69;

 

POR ELLO:

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

 

Artículo 1º: Desestimar las observaciones de Contraloría Fiscal obrantes a fojas 75 del Expediente Nº 2950/2013 y, en consecuencia, conformar el Proyecto de Resolución del Ministro de Coordinación de Gabinete obrante a fojas 67/68, en virtud de lo establecido en el artículo 5° inciso c) del Decreto Ley N° 513/69 y por los fundamentos expresados en los considerandos de la presente resolución;

 

Artículo 2º: Remitir las presentes actuaciones al Contador Fiscal interviniente para su conocimiento y posterior continuidad del trámite.

 

Artículo 3º: Regístrese por Secretaría, comuníquese y cumplido archívese.