RESOLUCIÓN Nº 1/2015
SANTA ROSA, 5 de enero de 2015
VISTO:
El Expediente Nº 5043/14-MGEyS –caratulado: “MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ADMINISTRACION PROVINCIAL DEL AGUA S/DOCUMENTACIÓN PARA EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “ADECUACIÓN DEL SISTEMA DE DESAGÜES PLUVIALES EN LA CIUDAD DE GENERAL PICO”. - y ;
CONSIDERANDO:
Que en el expediente de referencia tramita la licitación pública Nº 08/14 para la ejecución de la obra “Adecuación del sistema de desagües pluviales en la ciudad de General Pico” con un presupuesto oficial de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCO ($ 3.673.905);
Que a fs. 497/499 obra proyecto de Resolución del Ministro de Coordinación de Gabinete y Proyecto de Contrato donde se aprueba la Licitación Pública Nº 08/14 y se realiza la respectiva adjudicación;
Que a fs. 508/509 obra Providencia Nº DOB-144/14 donde se solicita al Ministerio de Obras y Servicios Públicos que “especifique en que ítem del presupuesto oficial se encuentra incorporado el costo de la pick up requerida como provisión en el artículo 50 del PCP, a los efectos de poder verificar que el costo de dicha movilidad no supere el tope máximo (10%) establecido en el artículo 14 de la Ley General de Obras Públicas Nº 38;” además solicita una readecuación del acto que se proyecta dictar como así también la actualización de la información de la empresa preseleccionada y atento “la modificación que sufrirán las actuaciones merced a lo antes solicitado, se le deberá dar nuevamente vista al Consejo de Obras Públicas y a la Asesoría Letrada Delegada actuante ante el Ministerio”;
Que a fs. 511/524 obra respuesta a lo requerido por Contraloría Fiscal, acompañándose la información solicitada, así como también toma intervención el Consejo de Obras Públicas (fa. 523) y la Asesoría Letrada Delegada (fa. 524);
Que a fs. 526/527 obra Dictamen Nº DOB 310/2014 quien no conforma el trámite atento “El incumplimiento del monto máximo previsto por el artículo 14 de la Ley Nº 38 para la provisión de movilidad destinada a la inspección de la obra licitada, es lo que lleva a opinar desfavorablemente sobre la contratación pretendida”;
Que este Tribunal comparte lo expresado por Contraloría Fiscal;
Que conforme lo expuesto, y atento el incumplimiento alegado a lo establecido por el artículo 14 de la Ley Nº 38, conforme surge de lo expuesto por Contraloría Fiscal, corresponde rechazar el trámite sometido a intervención;
POR ELLO:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: Rechazar el proyecto de Resolución del Ministro de Coordinación de Gabinete y Proyecto de Contrato donde se aprueba la Licitación Pública Nº 08/14, para la ejecución de la obra “Adecuación del sistema de desagües pluviales en la ciudad de General Pico”, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.-
Artículo 2º: Remitir las presentes actuaciones al titular del Poder Ejecutivo Provincial en los términos del artículo 6º del Decreto Ley Nº 513/69.
Artículo 3º: Regístrese por Secretaría, comuníquese, publíquese y cumplido, archívese.