DICTAMEN 48-1976
Dictada el 17-12-1976
Operador digesto: M.L.E.
Corresponde Expediente nº. 8055/73 -M.G.E y Justicia.-
D.T.C. Nº 48/1976 -
Señor Gobernador
S/D___________
A los fines específicos de su competencia (Decreto Ley 513/69, artículo 2º, ap5), este Tribunal no tiene observaciones que formular al proyecto de Decreto de fs. 16/17.
No obstante ello y a título informativo, hago notar:
1º) La grave irregularidad que importó haber sustituído el texto del proyecto de fs. 2, aprobando por Contraloría Fiscal, por el del Decreto obrante a fs. 4, estableciendo en este último, respecto de Doña Irma E. Marconetto de Ibarguren, una excepción que no constaba en el proyecto originario; y
2º) Que las motivaciones obrantes en esta actuación y aducidas en el proyecto de fs. 16/17, en absoluto encuadran dentro de las taxativamente previstas en los artículos 174 a 176 de la Ley 643, por cuyo motivo el acceso a la Administración de la Señora Marconetto de Ibarguren debería efectivizarse por la vía de ingreso y no la de reincorporación.
TRIBUNAL DE CUENTAS, 17 de diciembre de 1976.