DICTAMEN 48-1976

 

Dictada el 17-12-1976

Operador digesto: M.L.E.

 

Corresponde Expediente nº. 8055/73 -M.G.E y Justicia.-

D.T.C. Nº 48/1976 -

 

 

Señor Gobernador

S/D___________

 

                    A los fines específicos de su competencia (Decreto Ley 513/69, artículo 2º, ap5), este Tribunal no tiene observaciones que formular al proyecto de Decreto de fs. 16/17.

 

                    No obstante ello y a título informativo, hago notar:

                    1º) La grave irregularidad que importó haber sustituído el texto del proyecto de fs. 2, aprobando por Contraloría Fiscal, por el del Decreto obrante a fs. 4, estableciendo en este último, respecto de Doña Irma E. Marconetto de Ibarguren, una excepción que no constaba en el proyecto originario; y

 

                    2º) Que las motivaciones obrantes en esta actuación y aducidas en el proyecto de fs. 16/17, en absoluto encuadran dentro de las taxativamente previstas en los artículos 174 a 176 de la Ley 643, por cuyo motivo el acceso a la Administración de la Señora Marconetto de Ibarguren debería efectivizarse por la vía de ingreso y no la de reincorporación.

 

TRIBUNAL DE CUENTAS, 17 de diciembre de 1976.