Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
CIRCULAR Nº 03-1974
Documentos en Cartera
Dictado el 03-12-1974.-
Operador de Digesto: M. B.-
Santa Rosa, 3 de Diciembre de 1974.-
Señor:
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Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con el objeto de comunicarle que deberá ajustarse al texto de la reglamentación dictada por la Sala I de este Tribunal en Acta 1786, que a continuación se transcribe:
“ACTA 1786: .... PUNTO I: Ampliación del plazo acordado por ACTA Nº 1770 a responsables para presentar rendiciones documentadas de cuentas de “Documentos en Cartera” correspondientes al año 1974.-
PUNTO II: No admisión en rendiciones de cuentas futuras de los llamados “Documentos en Cartera”. Aclaración de esta norma.-
PUNTO I: Con relación a este punto y atento a las prórrogas solicitadas por los responsables de las distintas habilitaciones para la rendición de los “Documentos en Cartera” correspondientes al año 1974, la Sala resuelve acordar como último plazo el día 15 de diciembre próximo.-
PUNTO II: Con respecto a lo establecido en el Punto III del ACTA Nº 1770 y atendiendo a las consultas formuladas, se aclara lo siguiente: A partir del 16 de diciembre próximo sólo se admitirá que integren el saldo de cada responsable y como PENDIENTE DE RENDICIÓN (y así deben consignarse) los: ANTICIPOS (ya sea viáticos, reparación de automotores, a cuenta de certificados, para gastos a rendir, etc.) los cuales deberán ser incluídos indefectiblemente dentro de la rendición de cuentas correspondiente al mes en que se produzca la liquidación definitiva de la comisión de servicios (art. 2º, inc. 4, Dto. Acuerdo 1579/64), de la reparación, del certificado o del gasto que le dió origen. Asimismo se consignarán como PENDIENTES DE RENDICION los CHEQUES EMITIDOS y que no fueran entregados al cierre de la rendición mensual respectiva, pero se formulará cargo y se iniciarán las actuaciones sumariales correspondientes si se estableciera que un responsable ha entregado un cheque y no puede agregar la rendición o presentar a una auditoría el comprobante respectivo.-
Dr. Francisco López Urcola- Presidente
Oscar G. Gil- Secretario