Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
NORMAS QUE LA MODIFICAN Y/O COMPLEMENTAN
ESTADO DE LA NORMA: Sin Efecto
(En virtud de lo establecido en la Resolución Nº 27/2015)
SANTA ROSA, mayo 07 de 2004
VISTO:
La Resolución nº 20/04 por medio de la cual se disponen modificaciones a la reglamentación del Sistema de rendición diaria; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota de fecha 30-04-04 la Tesorería General de la Provincia manifiesta la imposibilidad de cumplir con el plazo de 48 horas establecido para la presentación de rendiciones diarias;
Que expresa los fundamentos técnicos que imposibilitan en la práctica cumplir con dicho plazo, solicitando se amplíe como mínimo a 96 horas;
Que el Vocal de la Sala I de este Tribunal emite informe prestando conformidad a lo solicitado, teniendo en cuenta los fundamentos aportados por Tesorería General;
POR ELLO:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: Establecer que se considerarán presentadas en término las rendiciones diarias de Tesorería General de la Provincia efectuadas dentro del plazo de 96 horas hábiles del día en que se efectuaron los pagos.
Artículo 2º: Regístrese por Secretaría, notifíquese a la División 1ª de Sala I de este Tribunal, a Tesorería General de la Provincia, comuníquese y cumplido, archívese.
Dr. Natalio G. Perés- Presidente del TdeC
CPN Rubén O. Rivero- Vocal del TdeC
CPN Juan Carlos García- Secretario