Decreto Acuerdo Nº 824-1984

Aprobando la reglamentación de la N.J.F. Nº 816 sobre Creación del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda

 

 

Estado de la norma: VIGENTE

Publicado B.O. 1531 del 18-04-84

Dictado el 10-04-84

Operador del digesto: M.L.E.

 

 

VISTO:

 

          La Norma Jurídica de Facto nº 816, de creación del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que mediante Decreto nº 3533/77 de fecha 7 de diciembre se aprobó el Reglamentos de la citada Norma, la que en la actualidad es merecedora de sustanciales modificaciones para su adecuación al sistema de gobierno vigente:

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Déjase sin efecto el Decreto Nº 3533/77 .-

 

Artículo 2º.- Apruébase la Reglamentación de la Norma Jurídica de Facto Nº  816, que forma parte integrante del presente decreto.-

 

Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por todos los señores Ministros en Acuerdo General.-

 

Artículo 4º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese y pase al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.

 

Firmantes: MARIN - Jose Maria Dalmasso - Dr. Enrique J.M. Martínez Almudevar - Esc Jorge Agustín Picca - Cr. Oscar Mario Jorge - Ing. Carlos Alberto Verna.-

 

 

 

 

REGLAMENTACIÓN DE LA NORMA JURÍDICA DE FACTO Nº 816 DE CREACIÓN DEL INSTITUTO PROVICIAL AUTÁRQUICO DE VIVIENDA.

 

 

Artículo 1º.- El Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (I.P.A.V.), a fin de cumplir para la que ha sido creado  asesorará, coordinará, fomentará y construirá unidades habitacionales cuyo costo se financie total o parcialmente con los recursos previstos en la Ley nº 21.581 (FO.NA.VI.) y los del artículo 10º de la Norma Jurídica de facto nº  816.-

 

Artículo 2º.- Las viviendas a construirse serán de carácter económico, considerándose a los fines las que reúnan las condiciones mínimas de habitabilidad, constituyendo un centro de atracción y reunión de la familia y asegurado el carácter de la inversión.-

 

Artículo 3º.- Las viviendas se destinarán a familias  de escasos recursos, cuyos ingresos no le permitan financiar con recursos propios y/o de entidades crediticias al costo de las mismas.-

Artículo 4º.- El Instituto Provincial Autárquico de Vivienda deberá implementar también planes de complementación  para satisfacer la demanda producida en el sector de la administración pública y sus organismos descentralizados, contribuyendo a solucionar la radicación de funcionarios, técnicos, etc. Se denominarán "Viviendas de Servicios y serán administradas por el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.

 

CAPITULO II

 

FUNCIONES

 

Artículo 5º.-  Son funciones del Instituto:

 

a) Elaborar y proponer al Poder Ejecutivo la política y programas de vivienda, su ordenamiento y desarrollo, responsabilizándose de su ejecución, ya sea por el Departamento competente o por intermedio de las Municipalidades y Comisiones de Fomento y otros entes estatales o privados.-

 

b) Proyectar planificar, asesorar, ejecutar y supervisar administrativa, técnica y financieramente todo lo concerniente en materia de vivienda, hábitat y desarrollo urbano, comprendiendo la construcción, infraestructura y urbanización de los terrenos en que se edifiquen las viviendas.-

 

c) Administrar los ingresos provenientes de la amortización de las viviendas del Estado  que integren su patrimonio, observando y haciendo observar las disposiciones de la Ley 21.581 en lo referente a los fondos aportados por la Nación y las normas que el propio Instituto dicte para los planes provinciales.-

 

 

CAPITULO III

 

PATRIMONIO

 

Artículo 6º.-

 

a) Quedan incorporados al patrimonio del Instituto todos los inmuebles que transfieran el Gobierno Provincial de acuerdo al Artículo 15º de la Norma Jurídica de Facto nº 816. Así como también las viviendas construidas y las que se hallen en vías de construcción por cualquier plan, adjudicadas o no, en tanto no se hubieran escriturado a favor de los adjudicatarios. Quedarán bajo la administración y/o supervisión del Instituto Autárquico de Vivienda, los siguientes planes:

 

          1) PLANES CON FINANCIACIÓN PROVICNIAL:

              Plan "A"

Plan "Ruca"

Plan "B"

Plan "Pueblo"

Plan "Impulso"

Plan "Pampa"

Monoblock "D" Padre Buodo 244 Santa Rosa

Barrio de Funcionarios de Santa Rosa

Plan "Peñi Ruca"

Plan "Vivienda propia 1º"

Plan "Vivienda propia 2º"

Plan "Comunal"

Plan "E.P.A.M."

Plan " viviendas Comunitarias"

Plan "Hornerito"

Viviendas construidas por Obras Públicas.

Viviendas construidas por Vialidad Provincial.

Viviendas construidas por el Este Provincial del Río Colorado.  

 

2) PLANES CON FINANCIACIÓN NACIONAL.

 

Plan  "Provincia y Comuna".

Plan "Alborada"

Plan "Alborada Rural"

Plan  "Alborada FO.NA.VI"

Plan "FO.NA.VI"

 

b) Los recursos de Fondo Provincial de la Vivienda (FO.PRO.VI) podrán ser destinados a financiar total o parcialmente  en las condiciones y formas que determinen las correspondientes operatorias o normas particulares todos o algunos de los siguientes rubros:

 

1) Construcción de viviendas económicas para familias de escasos recursos.

2) Ejecución de obras de urbanización de infraestructura  de servicios, de equipamiento comunitario y otras complementarias destinadas al desarrollo de programas habitacionales.

3) Contratación de servicios técnicos y profesionales necesarios para el mejor desenvolvimiento de los planes y operaciones vinculadas con su finalidad.

4) Construcción de viviendas de servicios y para apoyo a la actividad industrial procurando la solución de los problemas vinculados con la radicación de mano de obra.

5) Adquisición y provisión de componentes destinados a la construcción de viviendas y su infraestructura.

6) Fomento y participación en programas de investigación y desarrollo tecnológico, social y económico, promoviendo la utilización de materiales propios de la Provincia o elaborados en ella.

7)Pago de becas rentadas para la formación y perfeccionamiento de personal profesional y técnico.

 

 

CAPITULO IV

 

DE LAS AUTORIDADES

 

Artículo 7º.- La Administración del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda será ejercida por: Un Presidente, la Comisión de Asesoramiento Técnico y y un Gerente General.

 

Artículo 8º.- Son atribuciones y deberes del presidente las siguientes:

 

a) Cumplir y hacer cumplir la ley, reglamentos y resoluciones.

b) Celebrar los convenios que sean necesarios con las autoridades nacionales, reparticiones provinciales o municipales, entidades o personas para mejor cumplimiento de la ley.

c) Disponer el pase a gestión judicial para el cobro por vía de apremio de las sumas que se adeuden al instituto Provincial Autárquico de Vivienda.

d) Manejar los fondos previstos por la Ley  y supervisar  el inventario de los bienes del instituto.

e) Autorizar el movimiento de fondos, las ordenes de pago de comunicaciones oficiales de importancia, resoluciones, contratos en general y todo otro documento que requiera su intervención.

f) Autorizar la suscripción de escrituras y constitución de hipotecas a favor del Instituto.

g) Vender, alquilar o ceder las viviendas construidas por o a través del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda y que hayan pasado a integrar su patrimonio, sea cual fuere el origen de su construcción, de conformidad a las reglamentaciones que se establezcan en cada plan.

h) Previo estudio socio-económico, conceder a instituciones o particulares préstamos o subsidios para construir  la casa propia, siempre que los mismos se encuentren comprendidos en el mismo sector definido en el artículo 3º de la presente.

i) Ordenar las investigaciones y/o sumarios administrativos.

 

Artículo 9º.- El Presidente podrá delegar en el Secretario Técnico de la Comisión de Asesoramiento Técnico, las funciones previstas en el artículo 8º. Asimismo las funciones previstas en los incisos b), d), e) del artículo 8º serán ejercidas en forma conjunta por el Presidente y Secretario técnico.

Artículo 10º.- La Comisión de Asesoramiento Técnico de la Comisión estará integrada por todos los Ministerios del Poder ejecutivo. Contará con una Secretaría Técnica, la que será ejercida  por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, quien tendrá a su cargo la representación de la Comisión de Asesoramiento técnico.

 

Artículo 11º.- A requerimiento del Presidente o del Secretario Técnico se reunirá cada vez que sea citada. esta citación se efectuará por escrito con dos (2) días de anticipación como mínimo con remisión del temario sobre el que habrá de expedirse.

 

Artículo 12º.- Serán atribuciones y deberes de la Comisión de Asesoramiento Técnico, las siguientes:

 

a) Proponer el estudio de planes y proyectos tendientes al cumplimiento de los fines del instituto.

b) Proponer anualmente al Poder Ejecutivo el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del Organismo.

c) Proponer al Poder Ejecutivo la realización de expropiaciones que sean menester realizar para los fines de la ley.

d) Proponer la reglamentación de las bases para el otorgamiento de los beneficios de la ley, sistema de adjudicaciones, seguros, requisitos personales a cumplir por los interesados, y régimen de amortización e intereses.

e) Proponer la celebración de convenios para la adquisición de bienes muebles o inmuebles y derechos sobre los mismos de conformidad a las leyes vigentes.

f) Proponer el destino del 3% de los desembolsos y recuperos provenientes o con destino al Fondo Nacional de la Vivienda indicados en los artículos 18º y 19º de la Ley Nº 21.581.

g) Asesorará al Poder Ejecutivo sobre todo otro tema vinculado con la labor del instituto.

 

Artículo 13º.- Son atribuciones y deberes del Gerente General  los siguientes:

 

a) Tener a su cargo la dirección de todos los servicios del instituto, con las facultades disciplinarias sobre el personal establecidas por la Ley.

b) Conceder las licencias reglamentarias al personal de acuerdo a las normas vigentes.

c) Asignar misiones y funciones a las distintas dependencias del organismo.

d) Administrar los bienes e instalaciones pertenecientes al instituto en virtud de las pautas fijadas por el Presidente y la Comisión de Asesoramiento Técnico.

e) Programar, dirigir, coordinar  y controlar la organización de los servicios técnicos en virtud de las pautas fijadas por el Presidente y la Comisión de Asesoramiento Técnico.

f) Resolver en las solicitudes que formulen los interesados en los beneficios de la Ley, dando cuenta de ello al Presidente ya la Comisión de Asesoramiento Técnico.

g) Resolver directamente compras cuyo valor no excedan el monto fijado para el régimen de contrataciones para compras directas, informando al Presidente  y a la Comisión de Asesoramiento Técnico.

h) Fiscalizar las operaciones y la contabilidad del instituto, informando mensualmente las conclusiones al residente y a la Comisión  de Asesoramiento Técnico.

i) Será responsable ante el Presidente del Organismo, manteniendo el control permanente de las acciones emprendidas e informando periódicamente a éste y a la Comisión de Asesoramiento Técnico, sobre el estado de ejecución de las obras, administración y servicios.

j) Toda otra gestión que le encomiende el Presidente, previa conformidad de la Comisión de Asesoramiento Técnico.

 

CAPITULO V

EXCEPCIONES AL REGIMEN LEGAL

 

Artículo 14º.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 8º in fine de la norma Jurídica de Facto nº 816 exceptúase y no será de aplicación al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda el cumplimiento de los Capítulos X y XII de la Ley Nº 38 General de Obras Públicas.

 

Artículo 15º.- Los fondos para atender la ejecución de las obras consistentes en a conservación permanente, reparación y pequeñas ampliaciones o modificaciones de lo planes de vivienda incorporados por el artículo 6º y los que se hallen en vía de construcción, como así también de los edificios e instalaciones que formen parte del patrimonio del instituto Provincial Autárquico de Vivienda, serán administrados por este Organismo, el que dispondrá la ejecución de los mismos.

 

CAPITULO VI

DISPOSICIONES GENERALES

 

Artículo 16º.- El personal del instituto Provincial  Autárquico de Vivienda , se regirá por el Estatuto de la Administración Pública Provincial dependiente de los Poderes Ejecutivos y Legislativos, reglamentado por la Ley de Facto nº 751 y 807, con las excepciones que en materia de bonificaciones, becas, mejoramiento de las condiciones para el personal profesional y jerárquico, etc., establece la Ley Nacional nº 21,587 - Artículo 19º, la Resolución nº 002 reglamentaria de dicha Ley, y el artículo 7º del Convenio oportunamente suscripto con la Secretaría de Vivienda y ordenamiento ambiental de la Nación ratificado por Decreto Nº 3000/77.

 

Artículo 17º.-  Apruébase el Organigrama como así también el Manual de Funciones  del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda que forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I.

 

ANEXO I

AUDITORIA Y CONTROL DE GESTIÓN

 

MISION:

 

            Entender en las tareas de verificación y control de la actividad financiera-patrimonial, informando a la Gerencia General sobre el estado de los planes de acción del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.-

 

FUNCIONES:

 

1)  Establecer auditorías permanentes y/o transitorias en distintas gerencias a fin de examinar los aspectos numéricos conceptuales y formales, aplicando para ello normas y técnicas de auditoria generalmente aceptadas.-

2) Determinar a través del análisis de sistemas y de los controles internos la confiabilidad de las registraciones y de la evaluación de las informaciones.

3) Emitir en base a ello, sugerencias con el objeto de fortalecer el control interno.

4) Asegurar que las políticas de la Presidencia y los procedimientos sean seguidos debidamente.

5) Coordinar con todas las Gerencias del Instituto un canal de información  a través de cuadros relaciones, estados comparativos y conclusiones que permitan fijar politicasracionales de administración.

6) Requerir de las Gerencias del Instituto, información referente a los planes de acción y proyectos de gestión de cada uno de ellos e informar a la Gerencia General.

7) Asesorar cuando lo requiera la Gerencia General en todo lo referente a procedimientos contables y administrativos.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA

 

Depende del Gerente General.

 

GERENCIA CONTABLE FINANCIERA

 

MISION:

 

Programar, coordinar, dirigir y controlar tareas contables y financieras del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda asesorando a la Gerencia Generalsobre asuntos relacionados con el área a su cargo.-

 

FUNCIONES:

 

1).- Velar por el estricto cumplimiento de la Norma Jurídica de Facto Nº 816 y su Reglamentación y Ley Nº 21.581 del Fondo Nacional de Vivienda, como así también las restantes Leyes Nacionales y Provinciales atinentes a éste área.

2).- Coordinar con las restantes gerencias y el departamento Contabilidad y Finanzas para la confección del proyecto de presupuesto anual del Instituto Provincial Autáquico de Vivienda.

3).- Realizar el control financiero y presupuestario de los fondos asignados, como así también la correcta inversión de las partidas.-

4).- Gestionar toda compra mediante sistemas  directos y licitatorios que se ordenen  por Presidencia o Gerencia General.

5).- Planificará y supervisará al Departamento Coordinación, compras y Licitaciones, la gestión para efectuar  llamados a licitación pública, privada o en forma directa para la ejecución de obras en lo referente a la faz presupuestaria, registraciones contables y ordenar la confección de los decretos correspondientes, coordinando para ello con la Gerencia Técnica.

6).- Fiscalizar que conforme a las disposiciones vigentes se mantenga actualizado el inventario del Instituto.

7).- Fiscalizar y Planificar en forma conjunta con el Departamento de Recaudación y Coordinación con Organismos Nacionales en todo lo referente a la estructuración del sistema a adoptar para una dinámica y eficaz registración y operatividad de la recaudación que por las distintas operatorias se produzca en concepto de ingresos  por la venta, alquiler y uso de las viviendas y amortización de préstamos.

8).- Controlar el ingreso de los fondos Nacionales destinados a operatorias de vivienda, como así también gestiones ante las distintas reparticiones nacionales, provinciales o de otro origen el envio de las remesas de dinero que se adeude al I.P.A.V..- Dicha funcion la ejecutará en virtud de la información que suministre la Tesoreria del I.P.A.V.

9).- Informar a la Gerencia General en lo referente al estado diario porcentual y discriminado por partida de la ejecución del presupuesto.

10) Mantener informada a la Gerencia General sobre los fondos que ingresan al Instituto de la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento ambiental de la Nación y otros Entes.

11).- Diseñar el sistema de funcionamiento interno.

12).- Coordinar con las restantes Gerencias para posibilitar una mayor eficacia en la labor a cumplir.

13) Informar cuando lo requiera el Departamento Auditoría y Control de Gestión por vía de la Gerencia General, sobre los distintos tópicos que se consulten.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA

 

       Depende del Gerente General y le dependen los Departamentos Coordinación Compras y Licitaciones y Contabilidad y Finanzas y División Coordinación con Organismos Nacionales y Registración de la Recaudación.

 

DIVISIÓN COORDINACIÓN CON ORGANISMOS NACIONALES Y REGISTRACIÓN DE LA RECAUDACIÓN.

 

MISION:

 

            Controlar se recaude normalmente en base a pautas fijadas por la Gerencia Contable Financiera, en concepto de locación y venta de viviendas o recupero de préstamos.-

 

FUNCIONES:

 

1) En virtud de las pautas emanadas de la Gerencia Contable Financiera, debe supervisar y planificar coordinadamente con ésta, se lleve una adecuada registración contable e ingrases mensuales provenientes de alquiler y venta de viviendas y recupero de préstamos con fondos nacionales y provinciales.-

2) Informar a la Gerencia Contable Financiera, mensualmente sobre la totalidad de los deudores morosos de los diferentes planes.-

3) Planificar la ejecución de los padrones para que en forma coordinada con el Centro de Sistematización de Datos emitan los recibos de recaudación.-

4) Atender los requerimientos de las comunas en lo referente al cálculo de amortización y cuotas de vivienda ejecutadas por éstas con fondos del Instituto.-

5) Coordinar con los distintos Organismos Nacionales y Provinciales para dilucidar todos los aspectos que hagan a la recaudación de planes de viviendas y préstamos por diversos conceptos, como así también el reintegro de fondos otorgados con cargo de devolución por la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación y otros entes oficiales,.

6) Proceder conforme a las pautas emanadas por la Gerencia Contable Financiera o de los diversos organismos otorgantes de fondos destinados a la construcción de viviendas a actualizar las cuotas y deudas en base a lo determinado en cada convenio.-

7) Informar mensualmente a la Tesoreria del I.P.A.V. , sobre las sumas que deberán reintegrarse a la Secretaría  de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación y a otros entes financieros en concepto de reembolso de préstamos acordados al instituto.-

8) Proyectar  y poner a consideración de la Gerencia Contable Financiera los sistemas de registración más adecuados para el control de las amortizaciones de los diferentes planes que ejecute el Organismo.-

9) Coordinar con el Departamento Construcciones para que éste le proporcione la debida información referente a los diversos proyectos de vivienda que se concluyan para proceder al cobro de las cuotas correspondientes.-

10) Efectuar auditorías contables a las Municipalidades y Comisiones de fomento a las cuales se le otorguen  fondos destinados a la vivienda y cuyas reglamentaciones así lo dispongan.-

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

            Depende de la Gerencia Contable Financiera y le dependen los Sectores Recaudación y Recupero Fondos Nacionales y de Fondos Provinciales.-

 

SECTOR RECAUDACIÓN Y RECUPEROS FONDOS NACIONALES

 

MISIÓN:

 

            Encargarse de llevar una registración contable en un todo de acuerdo a las pautas emanadas de la División Coordinación con Organismos Nacionales y Registración de la Recaudación para asentar los pagos que por los conceptos de alquiler y amortización por venta de viviendas, como así también reembolso de préstamos individuales, se efectúen.

 

FUNCIONES:

 

1) Proceder a la apertura de fichas individuales para asentar convenientemente la recaudación mensual por alquiler y venta de viviendas con financiación nacional.-

2) Calcular los saldos de deuda cuando los adjudicatarios lo soliciten o la superioridad lo requiera.-

3) Confeccionar cuando la División Coordinación con Organismos Nacionales y Registración de la Recaudación lo disponga, los padrones discriminatorios de adjudicatarios como así también los importes de cuotas de amortización para que el Departamento de Sistematización de Datos emita las boletas correspondientes.-

4) Mensualmente Informar a la División Coordinación con Organismos Nacionales y Registración de la Recaudación, la nómina de los deudores morosos, que adeuden más de tres cuotas mensuales de amortización.-

5) Preparar y elevar mensualmente a la División Coordinación con Organismos Nacionales y Registración de la Recaudación la totalidad de lo recaudado con cargo de reintegro a la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación  para posibilitar la devolución de fondos a la misma, en un todo de acuerdo a la operatividad  y pautas programativas fijadas por ésa.-

6)  Informar mensualmente con los elementos que le suministre el Departamento de Sistematización de Datos, los importes que se recauden por operatoria.-

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

            Depende de la División Coordinación con Organismos Nacionales y Registración de la Recaudación.

 

SECTOR RECAUDACIÓN Y RECUPEROS FONDOS PROVINCIALES

 

MISIÓN:

 

            Encargarse de llevar una Registración contable en un todon con Organismos Nacionales y Registración de la Recaudación, para asentar convenientemente los pagos que por concepto de alquiler y amortización por venta de viviendas, como así también reembolso de préstamos individuales se efectúen.

 

FUNCIONES:

 

1) Proceder a la apertura de fichas individuales para asentar convenientemente la recaudación mensual por alquiler y venta de viviendas con financiación provincial.-

2) Calcular los saldos de deuda cuando los adjudicatarios lo soliciten o la superioridad lo requiera.

3) Confeccionar cuando la División Coordinación con Organismos Nacionales y Registración de la Recaudación lo dispongan, los padrones discriminatorios de adjudicatarios como así también los importes de cuotas de amortización para que el Departamento de Sistematización de Datos emita las boletas correspondientes.-

4) Informar mensualmente a la División Coordinación con Organismos Nacionales y Registración de la Recaudación, la nómina de los deudores morosos, que adeuden más de tres cuotas mensuales de amortización.-

5) Informar mensualmente con los elementos que le suministre el Departamento de Sistematización de Datos los importes que se recauden discriminados por operatoria.-

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Dependen de la División Coordinación con Organismos Nacionales y Registración de la Recaudación.

 

DEPARTAMENTO COORDIANCIÓN, COMPRAS Y LICITACIONES.

 

MISIÓN:

 

          Supervisar todo lo relativo a licitaciones, compras, concursos de precios, mantenimiento de stock y distribución de los materiales.

 

FUNCIONES:

 

1) Coordinar con los Departamentos del I.P.A.V., la realización de los llamados a licitación pública o privada y/o concurso de precios y compras directas.-

2) Supervisar la emisión de órdenes de compra, provisión y/o servicios.

3) Trabajar en forma coordinada con el deposito de amteriales para que una vez efectuada la recepción de los mismos se confeccionen los cargos.

4) Ordenar y controlar los actos de apertura de Licitaciones Públicas y para la construcción de obras, como así también  se confeccionen los decretos correspondientes.-

5) Planificar y ordenar un sistema que permita llevar una adecuada registración de los bienes inventariables  del I.P.A.V.

6) Ordenar períodicamente se levante un inventario de existencias de bienes inventariables.

7) En lo referente a vehículos requerir del Sector Automotores la firma de los cargos correspondientes por las unidades existentes y las que se adquieran en lo sucesivo y los bienes inventariables que se anexen.-

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

            Depende de la Gerencia Contable Financiera y le dependen las Divisiones Compras y Patrimonio y Licitaciones  Obras Públicas.

 

DIVISIÓN COMPRAS Y PATRIMONIO

 

MISIÓN:

 

          Tener a su cargo el control de compras directas y el patrimonio del Organismo.

 

FUNCIONES:

 

1) Ordenar la tramitación en base a las proyecciones y pautas emanadas del Departamento de Coordinación Compras y Patrimonio, de las adquisiciones diversas, mediante licitaciones, concurso de precios que en forma directa realice el Organismo.-

2) Informar constantemente al Departamento Coordinación Compras y Patrimonio sobre el estado de tramitación de los expedientes diversos de compras.-

3) Confeccionar las ordenes de provisión de bienes y/o servicios correspondientes y gestionar el pago de proveedores ante la Habilitación.

4) Gestionar se ejecuten por intermedio del Departamento Contabilidad y Finanzas las registraciones contables necesarias para proceder a efectuar las compras que el Departamento del cual depende le ordene.-

5) Controlar la documentación que envie para su pago al Departamento Contabilidad y Finanzas referidas a aqdquisiciones de bienes o servicios.-

6) Observar de acuerdo a las pautas emanadas de la Gerencia Contable las leyes, decretos, resoluciones y normas que se dicten referente a compras y patrimonio. -

7) Controlar la recepción y entrega de materiales.-

8) Confeccionar planillas de cargo y llevar el inventario de bienes en la forma y con el sistema que le ordene el Departamento Coordinación Compras y Patrimonio.-

9) Armar y archivar transitoriamente legajos de compras con constancia de todos los actos administrativos que demandase su concreción.-

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende del Departamento Coordinación Compras y Licitaciones.-

 

DIVISIÓN LICITACIÓN OBRAS PUBLICAS

 

MISION:

 

            Tendrá a su cargo la gestión administrativa de los expedientes relacionados con Licitaciones Públicas, Privadas o contrataciones directas de Obras Públicas y debiendo cumplir su función en forma armónica y coordinada con la Gerencia Técnica y el Departamento Contabilidad y Finanzas.-

 

FUNCIONES:

 

1) Recepcionado el expediente proveniente de la gerencia Técnica con la documentación que se enuncia (condiciones de la propuesta, memoria descriptiva, especificaciones técnicas, cláusulas complementarias, pliegos de bases y condiciones generales para la licitación y contratación de obras, régimen de mayores costos, modelo de propuesta, modelo de contrato, computo métrico y presupuesto y planos), confeccionar y gestionar ante el Departamento Contabilidad y Finanzas , la afectación de los fondos necesarios y posteriormente confeccionar la resolución aprobatoria  de la documentación, autorizando al I.P.A.V. al llamado a licitación.  

2) Tener a su cargo gestionarlas publicaciones en el Boletín Oficial y los otros medios periodisticos comunicando los llamados correspondientes.

3) Tener a su cargo el acto  de apertura de las propuestas, confeccionando la planilla resumen de documentación y ofertas presentadas  y labrar el acta correspondiente.

4) Gestionar ante el Departamento Coordinación, Compras y Licitaciones se indique para posibilitar la confección de la resolución correspondiente el nombre y jerarquia de las personas que integraran la Comisión de Preadjudicación derivado el expediente a la Gerencia Técnica para ello.

5) Confeccionar los Decretos de adjudicación y contratos a suscribir con las empresas adjudicatarias, como así también gestionar ante el Departamento Contabilidad y Finanzas se registren las etapas presupuestarias pertinentes.

6) Confeccionar los decretos y resoluciones necesarias para la contratación de trabajos adicionales de obra.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

Depende del Departamento de Coordinación, Compras y Patrimonio.

 

DEPARTAMENTO CONTABILIDAD Y FINANZAS

 

MISION:

 

            Tener a su cargo las tareas inherentes a la contabilidad financiera. Intervenir en todas las operaciones que tengan relación de la percepción de recursos o realización de gastos del I.P.A.V.

 

FUNCIONES:

 

1) Asesorar a la superioridad en lo que respecta a la gestión contable-financiera del I.P.A.V.

2) Proponer a la Gerencia de la cual depende, las normas tendientes a la uniformidad de procedimientos en los aspectos administrativos-financieros.

3) Intervenir en la elaboración del anteproyecto de presupuesto, llevando a la Gerencia de la que depende, los datos estadisticos y pautas empíricas que permitan la confección del mismo en forma ajustada.

4) Gestionar ante la Gerencia, se efectúen las reestructuraciones necesarias de créditos presupuestarios para el logro de las políticas fijadas por el I.P.A.V.

5) Supervisar y planificar para que a través del sistema de Contabilidad integrada de la Provincia, se lleve a ejecución del presupuesto en materia de recursos y erogaciones.

6) Recibir de los Responsables que administren fondos, los balances y documentación necesaria para la centralización financiera -contable a cargo de la Gerencia de su área.

7) Recibir, suscribir y elevar las rendiciones de cuentas de responsables y verificar que las inversiones de las mismas se ajusten a los recaudos legales y reglamentarios.

8) Proponer los descargos provisorios y rendir al Tribunal de Cuentas de la Provincia.

9) Supervisar y suscribir las rendiciones de cuentas de los ingresos  y reintegros, del Fondo Nacional de la Vivienda (FO.NA.VI).

10) Suscribir en forma indistinta, con el Gerente General y el Tesorero, las remesas de fondos que se transfieran a la Habilitación previo pedido de los mismos por parte de ésta.

11) Controlar los ingresos prevenientes de La Nación, la Provincia y otros entes.

12) Controlar los ingresos que provengan de recupero de préstamos y amotización por ventas, alquiler y uso de vivienda, informando, periódicamente al Departamento Recaudación y Coordinación con Organismos Nacionales.

13) Intervenir en otras funciones que eventualmente le fije la Gerencia Contable Financiera.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende de la Gerencia Contable-Financiera. Mantiene Autoridad sobre las Divisiones Presupuesto y Registración Contable, Habilitación y Tesorería.

 

DIVISIÓN PRESUPUESTO  Y REGISTRACIÓN CONTABLE.

 

MISION:

 

            Intervenir juntamente con el Departamento Contabilidad y Finanzas en la elaboración del ante-proyecto de presupuesto anual del Organismo.

 

          Tener a su cargo la emisión de los comprobantes de registración de la ejecución presupuestaria en materia de erogaciones del I.P.A.V.

 

 

FUNCIONES:

 

1) Tomar intervención en toda actuación relacionada con gastos de personal y otras erogaciones del Organismo, con la finalidad de emitir los comprobantes de contabilización presupuestaria (afectaciones, compromisos y ordenando a pagar) y de obligaciones (deuda florante).

2) Informar al Departamento Contabilidad y Finanzas a través de las actuaciones de gestión de erogaciones presupuestarias la insuficiencia de créditos.

3) Asesorar a las Gerencias del Organismo sobre la materia de imputaciones presupuestarias.

4) Girar diariamente los comprobantes de contabilización presupuestaria y de obligaciones 8deuda flotante) al Sistema de Contabilidad integrada de la Provincia para su registro.

5) Colaborar con el Jefe del Departamento Contabilidad y finanzas en la confección del ante-proyecto de presupuesto anual del I.P.A.V.

6) Ajustar su cometido a la Ley Nº 3 de Contabilidad de la Provincia, su reglamentación y disposiciones complementarias.

7) Realizar toda otra acción tendiente al cumplimiento  de la función de la División y aquellas que le encomiende la superioridad.

 

RELACION DE DEPENDENCIA:

 

          Tener a su cargo los servicios de pago de gastos en personal y otras erogaciones de percepción de fondos de l.P.A.V. para tal fin y las funciones de registro, información y rendición de cuentas inherentes al movimiento de fondos.

 

DIVISIÓN HABILITACIÓN

 

MISIÓN:

 

            Tener a su cargo los servicios de pago de gastos en personal y otras erogaciones, de percepción de forndos de la Tesorería del I.P.A.V. para tal fin y las funciones de registro, información y rendición de cuentas inherentes al movimiento de fondos.

 

FUNCIONES:

 

1) Firmar conjuntamente con el Jefe del Departamento Contabilidad y Finanzas y formular los pedidos de fondos  a la Tesorería para el pago de erogaciones presupuestarias.

2) Recibir y depositar en todos los casos, las remesas giradas por Tesorería (pedidos de fondos)

3) Emitir los cheques correspondientes a erogaciones ordenadas por autoridad competente y confeccionar el comprobante de pago respectivo.

4) Solucionar las inconsistencias que se produzcan al procesar los comprobantes de contabilización y pagos.

5) Registrar el movimiento de fondos.

6) Enviar en tiempo y forma a la Seción Rendición de Cuentas los documentos y demás actuaciones que cosntituyen los comprobantes de inversión, básicos para la rendición.

7) Preparar mensualmente las conciliaciones bancarias y de saldos de rendición y enviarselas a la Sección Rendiciones de Cuentas.

8) Dar intervención a la División Registro General  de Bienes Patrimoniales  de la Provincia de aquellas actuaciones por las que se compren bienes inventariables previo a la rendición  de cuentas respectiva, no pudiendo pagar ningún expediente en el cual se ha tramitado la compra de los referidos bienes, si el mismo no lleva agregadas las planilas de cargo debidamente firmadas por el responsable.

9) Liquidar los haberes y honorarios del personal permanente y no permanente del I.P.A.V.

10) Aplicar y llevar archivo de las disposiciones legales vigentes en materia de sueldos contratos y bonificaciones.

11) Efectuar las retenciones obligatorias sobre sueldos, honorarios determinados por leyes provinciales, nacionales y demás disposiciones vigentes, inclusive las órdenes judiciales que determinen retención de haberes por embargos, multas, etc.

12) Requerir al personal llevar en forma ordenada, las declaraciones juradas de impuestos que graven las remuneraciones.

13) Tomar conocimiento y archivar las declaraciones juradas de salario familiar  y acumulacion de cargos.

14) Tomar conocimiento de la documentación relativa a seguros de vida.

15) Fiscalizar y dar visto bueno a las planillas de haberes emitidas por el Centro de Sistematización de Datos.

16) Emitir los resúmenes de imputación, las planillas de distribución de haberes y notas de créditos por los conceptos que retiene la Tesoreria para su ingreso directo.

17) Emitir kas certificaciones de servicios y sueldos.

18) Tomar conocimiento, registrar y archivar las disposiciones de designación, revista, sanciones disciplinarias, bajas y demás movimientos referentes al personal.

19) Tomar conocimiento, registrar y archivar las reestructuraciones presupuestarias referentes a gastos de personal.

20) Informar sobre la existencia de vacantes de personalpermanente para las designaciones.

21) Mantener actualizado un registro de personal del I.P.A.V. detallando en él datos personales del agente, fecha de ingreso a la administración y todo otro dato.

22) Llevar archivo ordenado de las liquidaciones emitidas.

23) Remitir a la Tesorería del I.P.A.V. y a la Sección Rendición de Cuentas nómina de las liquidaciones positivas y negativas en el mes antes del día 6 del mes siguiente.

 

RELACION DE DEPENDENCIA

 

          Depende del Departamento Contabilidad y Finanzas.

 

SECCIÓN RENDICION DE CUENTAS

 

MISION:

 

          Confeccionar en tiempo y forma las rendiciones de cuentas correspondientes a la Habilitación del I.P.A.V. controlando al mismo tiempo la gestión de fondos de los responsables.-

 

 

FUNCIONES:

 

1) Recibir del Jefe de Habilitación en tiempo y forma, las conciliaciones de bancos, de saldos de rendiciones y los documentos y demás actuaciones que constituyen los comprobantes de inversión necesarios para confeccionar las rendiciones de cuentas.-

2) Observar las leyes y las reglamentaciones dictadas por el Tribunal de Cuentas sobre la materia.-

3) Verificar la coincidencia entre los montos invertidos, su registro y comprobantes justificativos de inversión.-

4)Verificar la devolución de fondos a Tesorería motivado por liquidaciones negativas de sueldos, en base al informe mensual de liquidaciones emitidas de Habilitación.-

5) Verificar la devolución de excedentes de fondos a Tesorería.-

6) Constatar la intervención previa de los Contadores Fiscales del Tribunal de Cuentas en las actuaciones que corresponde.-

7) Constatar la intervención previa de la División Registro General de Bienes Patrimoniales en aquellas actuaciones en que se adquirieron bienes patrimoniales.-

8) Todo otro control que disponga la Gerencia Contable Financiera.-

9) Solicitar el archivo de los expedientes rendidos cuando así corresponda.

10) Elevar al Jefe de la División Habilitación aquellas actuaciones en que se emitan comprobantes o que habiendose acompañado resulten ineficaces, para su pronta regularización.

11) Salvar en tiempo aquellas observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas referidas a omisión de comprobantes o defectos de forma de rendición, elevando el informe al Jefe de la División Habilitación para su firma.-

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

         

          Depende de la División Habilitación.-

 

DIVISION TESORERIA

 

MISION:

 

          Entender en la gestión financiera correspondiente a las actividades que realiza el I.P.A.V.

 

FUNCIONES:

 

1) Gestionar y percibir de la Tesorería General de Provinica los fondos asignados de acuerdo a las necesidades derivadas del cumplimiento de compromisis contraídos y del monto a abonar en concepto de sueldos.-

2) Efectuar en base a los requerimiento de la Habilitación, transferencias de fondos para la atención de las erogaciones para gastos de personal y otros.-

3) Informar a la Tesorería General de la Provincia y al Departamento del cual depende, la recepción de fondos provenientes de la Nación.-

4) Recaudar en base a las pautas emanadas del Departamento Recaudación y Coordinación con Organismos Nacionales, las cuotas que abonen los adjudicatarios de préstamos o viviendas ya sean cedidas en venta, locación o uso.-

5) Informar quincenalmente al Departamento Recaudación y Coordinación con Organismos Nacionales, la recaudación en concepto de recuperos, discriminada. Para ello coordinar con ese Departamento para la fijación del sistema a adoptar.-

6) Recibir del Departamento Construcciones copia de las planillas de certificaciones mensuales de obras y Mayores Costos que se envíen de la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación, de programas finanaciados por ésta para permitir informar a la superioridad sobre la deuda que mantenga aquella con el I.P.A.V.-

7) Efectuar las registraciones contables necesarias sistematizando la forma más conveniente y adaptada a las pautas que emanen del Departamento del cual dependen.-

8) Ser resposnable de los ingresos que se produzcan de conformidad al artículo 10º de la Norma Jurídica de Facto Nº 816 (FONDO PROVINICAL DE LA VIVIENDA).-  

9) Atendertoda otra función que le encomiende el Departamento Contabilidad y Finanzas.-

 

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA

 

GERENCIA ADMINISTRATIVA

 

MISIÓN:

 

          Programar, coordinar, dirigir y controlar las tareas administrativas del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda prestando apoyo a la Gerencia General sobre asuntos relacionados con le área a su cargo.-

 

FUNCIONES:

 

1) Proyectar normas internas de carácter administrativo.-

2) Tener bajo su control la confección de decretos y resoluciones del Instituto.-

3) Proyectar notas e informes que ordene la Presidencia y Gerencia General y las originadas por las distintas tareas del Instituto.-

4) Según las pautas emanadas de Presidencia y Gerencia General, atender todo lo relacionado con la información de planes y programas de viviendas.-

5) Coordinar con las Municipalidades y Comisiones de Fomento de la Provincia para una eficaz labor de las tareas administrativas.-

6) Supervisar el giro y distribución de los expedientes relacionados con la Gerencia a su cargo.-

7) Supervisar los planes de préstamosindividuales para la construcción, ampliación o refacción de la vivienda propia.-

8) Supervisar la labor de adjudiciación de viviendas, la tarea del Servicio Social y de Inspección de los barrios contruídos.-

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende del Gerente General y le depende el Departamento Adjudicación y Venta de viviendas y División Préstamos Hipotecarios.-

 

DIVISIÓN PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS

 

MISIÓN:

 

            Tramitar el otorgamiento a particulares de préstamos hipotecarios para la construcción, ampliación y reparación de la vivienda propia.-

 

FUNCIONES:

 

1) Coordinar con las Comunas sobre los préstamos solicitados y concedidos a los particulares.-

2) Supervisar la confección de resoluciones para el otorgamiento de cada préstamo.-

3) Gestionar ante las reparticiones oficiales (Registro de ka Propiedad Inmueble, Dirección General de Catastro y Jefatura de Policía), sobre inscripción de inmuebles, verificación de bienes y antecedentes de los postulantes.-

4) Indicar la realización de estudios socioeconómicos de los interesados e inspección de obras de las viviendas en ejecución.-

5) Gestionar ante la Habilitación del I.P.A.V. el pago de cuotas a los adjudicatarios.-

6) Tramitar ante Escribanía General de Gobierno la escrituración de los préstamos con hipoteca en primer grado a favor de la provincia.-

7) Supervisar permanentemente los préstamos hipotecarios y toda la vinculación exitente o que se mantenga con los planes de las Comunas, informando a la Gerencia Administrativa sobre cualquier transgresión que se observé.-

8) Informar períodicamente al Departamento Recaudación y Coordinacióncon Organismos Nacionales sobre los préstamos otorgados para el cobro en concepto de amortización de los mismos, de acuerdo a las reglamentaciones.-

9) Controlar la catalogación de los préstamos adjudicados, en trámite y denegados.-

10) Realizar toda otra tarea atinente a su mision que le encomiende la Gerencia Administrativa.-

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende del Gerente Administrativo y le depende el Sector Coordinaicón con Comunas.-

 

SECTOR COORDINACIÓN CON COMUNAS

 

MISION:

 

          Mantener permanente contacto con las autoridades comunales a efectos de atender sus requerimientos en materia de vivienda.-

 

FUNCIONES:

 

1) Verificar el estado de dominio de las tierras e inmuebles presentados por particulares como aspirantes a préstamos individuales por medio de los organismos competentes.-

2) Por disposición de Presidente o Gerencia General, realizar gestiones ante las comunas para que éstas otorguen en carácter de donación al I.P.A.V., las tierras necesarias destiandas a planes de vivienda.-

3) Prestar amplio apoyo a los municipios en trámites ante organismos oficiales relacionados con el área de vivienda.-

4) Realizar toda otra tarea atinente a su misión y aquellas que le fije y encomienden de la División Préstamos Hipotecarios.- 

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

            Depende de la División Préstamos Hipotecarios.

 

DIVISIÓN ESTADISTICA E INFORMACIÓN

 

 

MISION:

 

          Entender en la producción (directa o indirectamente), analisis, publicación, distribución e in formación de toda estadistica relacionada con el área de vivienda, necesaria para el mejor conocimiento del problema especifico que lo ocupa, promoviendo el mejoramiento del sistema de elaboración de datos requeridos para el sector de vivienda.

 

FUNCIONES:

 

1) Planificar y recolectar toda la información estadística que surja de las necesidades provinciales de vivienda.-

2) Colaborar en la determinación de las necesidades de la información estadistica que requiera el sector vivienda.-

3) Establecer normas para recopilar y transmitir los datos.-

4) Centralizar, elaborar, analizar y solicitar a la Gerencia Administrativa la publicación de toda actividad de interés que realice el I.P.A.V.-

5) Participar en todas las tareas del I.P.A.V. relacionadas con la recolección, elaboración, análisis y publicación de información estadística.-

6) Centralizar la información necesaria del Sector Vivienda producida por otros organismos.-

7) Intercambiar información estadística con otros entes estatalas y mantener el servicio de biblioteca.-

8) Elaborar gráficos y publicaciones de la actividad que desarrollo el I.P.A.V.-

9) Elaborara las respuestas a los pedidos de información solicitados por las autoridades del organismo o de otras reparticiones.-

10) Programar y elaborar las publicaciones del organismo y los informes que se dispongan.-

11) Desarrollar toda otra tarea que le encomiende la Gerencia Administrativa.-

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende la Gerencia Administrativa

 

DEPARTAMENTO ADJUDICACIÓN Y VENTA DE VIVIENDAS

 

MISION:

 

          Atender todo lo relacionado con la adjudiciación de viviendas, gestión de dominio de tierras e inmuebles y control sobre el Servicio Social de Inspección de Viviendas.-

 

FUNCIONES:

 

1) Supervisar la tarea que realicen los Servicios Sociales, a fin de dar cumplimiento a las normas para la selección y adjudicación de viviendas del Plan FO.NA.VI., reglamentadas por la Resolución nº446/76 de la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación y disposiciones complementarias.-

2)Controlar que el registro de postulantes de planes de vivienda sea confeccionado en forma correcta y por localidad.-

3) Confeccionar las Resoluciones de venta, locación y comodato de viviendas del Instituto, como asimismo los contratos de alquiler que celebre con organismos oficiales, instituciones o particulares.-

4) Redactar las resoluciones de cancelación de hipotecas a favor del I.P.A.V., por  adjudicación en venta y préstamos a particulares.-

5) Confeccionar resoluciones aceptando la donación a favor del Instituto de tierras o inmuebles por parte de la Comuna, entidades o particulares.-

6) Llevar catalogado por localidad las tierras e inmuebles de propiedad del I.P.A.V. y aquellas que se encuentren en gestión de dominio a su favor.-

7) Supervisar todo lo referente a las tareas que realizan las Secciones Servicios Social e Inspección de Viviendas.-

8) Realizar toda otra tarea inherente a su función que le encomiende la Gerencia Administrativa.-

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

            Depende de la Gerencia Administrativa y le dependen las Secciones Servicio Social e Inspección.

 

SECCIÓN SERVICIO SOCIAL

 

MISIÓN:

 

            Desarrollar su accionar en el aspecto social  correpsondiente al I.P.A.V.

 

FUNCIONES:

 

1) Investigar y analizar permanentemente  sobre la situación habitacional de la Provinica, por sectores, niveles de ingresos, etc.-

2) Compilar y evaluar los resultados obtenidos y producir su anáisis y diagnóstico para ser utilizados en programas futuros.-

3) Proponer alternativas para la formulación de planes y programas de vivienda adecuadas a las reales necesidades de la población.-

4) Proponer planes y programas acordes a las condiciones sociales, económicas  y financieras de los futuros adjudicatariosde viviendas, estableciendo pautas y normas generales para la adjudicación y los recuperos.-

5) Cumplir con las normas para la selecicón y adjudicación de viviendas de Plan FO.NA.VI., establecidas por Resolución nº 446/76 de la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación y disposiciones complementarias.-

6) Realizar estudios socio-económicos de los postulantes de los diferentes planes.-

7) Informar sobre las reales necesidades de los inscriptos de los planes de préstamos individuales.-

8) Realizar además todas las tareas que se le encomienden, las necesarias para su administración interna, y las que le fije la Gerencia Administrativa.

 

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

            Depende del Departamento de Adjudicación y Venta de Viviendas.

 

SECCIÓN INSPECCIÓN

 

MISION:

 

            Controlar el estado y ocupación de los inmuebles que ha construido el Instituto por si o por medio de las Municipalidades y Comisiones de Fomento.

 

FUNCIONES:

 

1) Control de inmuebles adjudicados en venta, locación o comodato, verificando el estado de ocupación y conservación de los mismos.

2) Levantar actas de inspección, haciendo constar en las mismas las infracciones que se observen a la reglamentación.

3) Gestionar ane la superioridad la recuperación de viviendas que no fueren ocupadas por los titulares y aquellas a las que no se les da el uso debido violando las disposiciones en vigencia.

4) Informar al Departamento Adjudicación y Venta de Viviendas sobre el estado de los trámites relacionados  con la documentación que deben presentar los ocupantes de viviendas, que las recibiran en venta y coordinar el curso  el curso a seguir para la conclusión de los mismos.

5) Llevar un detallado registro de las viviendas entregadas en venta, alquiler, uso o comodato, informando cualquier novedad que se registre al Departamento Adjudicación y Venta de Viviendas.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

    Depende del Departamento de Adjudicación y Venta de Viviendas. 

 

DESPACHO

 

MISIÓN:

 

          Atender tramitaciones administrativas y asistir a la Comisión de Asesoramiento Técnico del I.P.A.V.

 

FUNCIONES:

 

1) Atender lo relativo a recepción, expedición, registro y distribución de toda la correspondencia y documentación oficial.

2) Asistir a la Comisión de Asesoramiento Técnico actuando en la misma como Secretario, levantando las actas de las reuniones que celebre, mecanografiando los informes y demás documentos que produzcan.

3) Hacer conocer las resoluciones adoptadas por la Presidencia y Gerencia  Generalsegún las directivas que se impartan y llevar la documentación relativa a la misma.

4) Autenticar las copias de las resoluciones y suscribir las certificaciones que se expidan a solicitud de terceros.

5) Controlar el uso de automotores y mantener al día su documentación.

6) Supervisar las tareas de a Mesa de Entradas y Salidas, disponiendo la adopción de medidas para una agilización de los trámites de información del destino de expedientes.

7) Proyectar la puesta en función del archivo de documentación del I.P.A.V.

8) Supervisar la Sección Personal del I.P.A.V.

9) Atender todo lo relacionado con Servicios Auxiliares.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

    Depende del Gerente General y le dependen las Secciones Mesa de Entradas y Salidas y Personal.

 

SECCIÓN MESA DE ENTRADAS

 

MISIÓN:

 

          Centralizar la normalización, control y registro de toda la documentación que se recepcione o expida en el I.P.A.V., canalizando su trámite correcto.

          Disponer el archivo con o sin término y paralizar con término los expedientes y demás documentos cuando asó lo dispongan las autoridades del I.P.A.V., vigilando su orden y seguridad.

 

FUNCIONES:

1) Recibir, abrir, clasificar, registrar, encarpetar, fichar, iniciar el trámite y distribuír las presentaciones o correspondencia dirigida al Organismo.

2) Derivar a las Gerencias para su guarda o distribución, libros, foletos y demás material impreso que se reciba.

3) Atender la tarea de caratulación, clasificación y distribución de expeidentes y demás documentos con destino a otros Organismos de la Administración Pública así como la expedición de la correspondencia, encomiendas, etc.

4) Proporcionar la información relacionada con el destino de los expedientes sobre la base de ficheros habilitados a tal efecto.

5) Enviar los expedientes y documentación bajo recibo al Archivo del I.P.A.V.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende del Despacho y le dependen el Sector Archivo.

 

SECTOR ARCHIVO

 

MISIÓN:

 

          Control y resguardo de los expedientes y de la documentación del I.P.A.V.

 

FUNCIONES:

 

1) Recibir de la Mesa de Entradas y Salidas los expedientes y documentaciónque la Gerencia General o Gerencias envien al Archivo.

2) Catalogar por números y año los expedientes recibidos.

3) Llevar un registro de los expedientes existentes en Archivo como asimismo la documentación oficial de importancia.

4) Entregar bajo recibo todo expediente o documento que sea solicitado por intermedio de Despacho.

5) Catalogar por materia la bibliografía o folletos que reciba el Instituto destinado a consulta o información.

6) Encargarse de la encuadernación anual de la correspondencia oficial del I.P.A.V. ( notas  recibidas o remitidas, resoluciones, decretos, contratos, Boletín Oficial, etc).

7) Realizar toda otra tarea que le encomiento Despacho relacionada con la faz administrativa del Instituto.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende de la Sección Mesa de Entradas y Salidas.

 

SECCIÓN PERSONAL

 

MISIÓN:

 

            Atender todo lo relacionado con el personal del Instituto de tal forma de asegurar la correcta prestación de los servicios.

 

 

FUNCIONES:

 

1) Controlar la asistencia de personal, movimiento del mismo dentro del horario correspondiente efectuando las pertinentes comunicaciones a efectos de la liquidación de haberes u otras bonificaciones e informar cuando corresponda la aplicación de sanciones.

2) Llevar un legajo de la totalidad del personal que contenga los antecedentes personales de servicio y otros de interés y confeccionar en su caso certificación de servicios.

3) Atender el trámite de todo tipo de licencias previstas en la ley Nº 643 y normas complementarias.

4) Llevar el control detallado de los cargos autorizados por el presupuesto e informar de las variantes que se produzcan.

5) Centralizar y comunicara las distintas Gerencias del instituto  de toda circular, memorandum, leyes, decretos, resoluciones o cualquier disposición emanada de la Superioridad atinente al personal.

6) Su ministrar todo antecedente que fuera necesario para la confección del anteproyecto de presupuesto de gastos del instituto, en lo relacionado a Personal.

7) Proponer el dictado de normas reglamentarias relacionadas con el personal.

8) Confeccionar toda información que le sea requerida internamente o de otras reparticiones.

9)  Controlar y certificar las horas extras que cumpla el personal.

10) Tramitar los expedientes de designación y contratación de personal, supervisando la confección de decretos y contratos.

11) Supervisar y controlar el Sector Automotores del I.P.A.V.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA: 

 

          Depende de Despacho y le depende el Sector Automotores.

 

SECTOR AUTOMOTOR

 

MISIÓN:  

 

            Tener bajo su control el inventario de los automotores del I.P.A.V.,  como así también el personal de choferes, mantenimiento de vehículos y provisión de combustible y lubricante.

 

FUNCIONES:

 

1) Tener directamente el cargo de la totalidad de las unidades automotores propiedad del I.P.A.V., debiendo a su vez arbitrar los medios para que cada chofer responsable del vehículo que se le asigne, firme el cargo correspondiente.

2) Informar quincenalmente a la Sección Personal sobre el estado de los vehículos a su cargo, como así también las novedades detectadas en cada uno de ellos.

3) Ser responsable de diagramar las salidas de los vehículos en base a los requerimietos de cada Gerencia.

4) Gestionar ante Sección Personal se confeccionen las planillas de viáticos y gastos a favor del personal a su cargo.

5) Realizar la gestión de trabajos para reparaciones de vehículos ante los organismos competentes del Estado, como así mismo el pedido de adquisición de repuestos.

6) Llevar el registro de vales de combustibles y tarjetas de lubricantes.

7) Informar mensualmente a Despacho por intermedio de Sección Personal, sobre los viajes realizados por cada vehículo con especificación de lugar, kilometraje recorrido y comisión realizada, indicando el consumo de combustible por unidad.

8) Llevar un registro de gastos por reparación de cada vehículo, a efectos de determinar el costo que representa cada uno de ellos por ejercicio.

9) Gestionar los tramites de patentamiento de cada unidad.

10) Mantener la disciplina del personal a sus ordenes, solicitando a la Superioridad cuando corresponda, la aplicación de sanciones a aquellos.

11) Realizar todo otra tarea que le encomienden de Despacho o la Sección Personal.

 

RELACIÓN DE DEPENDECIA:

 

          Depende de la Sección Personal

 

GERENCIA TÉCNICA

 

MISION:

 

          Programar, coordinar y controlar las acciones técnicas del I.P.A.V., asesorando a la Gerencia General sobre asuntos relacionados con el área a su cargo.

 

FUNCIONES:

 

1) Velar por el estricto cumplimiento de los lineamientos de la Norma Jurídica de Facto Nº 816 y su Reglamentación y Ley Naciona Nº 21.581 de creación FO.NA.VI y disposiciones complementarias.

2) Coordinar y controlar en forma permanente las tareas de los Departamentos, Divisiones y Sectores que integran la Gerencia, tendiendo con ello a asegurar una mayor eficacia en los trabajos.

3) Controlar el estricto cumplimiento de las pautas técnicas y legales sobre las obras que ejecuta el I.P.A.V. con financiación provinicial.

4) Asegurar que las obras que ejecute el Instituto por administración se realicen eficazmente, con un desenvolvimiento dentro de los tiempo previstos en construcción.

5) Controlar y coordinar los trabajos que debe desarrollar la División Planeamiento y Desarrollo Urbano, tendiendo a racionalizar y unificar criterios con los distintos Sectores relacionados con el crecimiento de ciudades y poblaciones de la Provincia a fin de lograr una armoníca relación con el desarrollo urbano a nivel nacional.

6) Velar por el estricto cumplimiento de reglamentaciones, normas técnico-legales vigentes en la provincia y lo dispuesto en la Ley General de Obras Públicas, su reglamentación y todo lo relacionado con aspectos legales y técnicos de la contratación de todo trabajo relacionado con la obra pública que hace el I.P.A.V.

7) Procurar material e información especifica para el desarrollo de nuevas tecnologías, racionalizando las existentes, adecuandolas a las caracteristicas físicas y socio-culturales de la Provincia. Establecer contactos con entes nacionales, provinciales y municipales para realizar intercambio de amterial informativo.   

 

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende de Gerencia General y le dependen el Departamento Planeamiento y Desarrollo Urbano y Departamento Construcciones.

 

DEPARTAMENTO PLANEAMIENTO Y DESARROLLO URBANO

 

MISION:

 

          Elaborar y formular los planes y programas habitacionales que promueva, administre o ejecute el Instituto y control e incidencia en las estructuras físicas urbana

 

FUNCIONES:

 

1) Evaluar la factibilidad de los proyectos y sus localizaciones de acuerdo a normas generales de planeamiento y desarrollo urbano.

2) Evaluación de las estructuras urbanas existentes a los efectos de implantar conjuntos habitacionales.

3) Estudio y análisis de factibilidad para las propuestas de obras de infraestructura, servicios de comunicación y equipamiento comunitario.

4) Asesorar a las Comunas sobre el desarrollo urbano en relación de la correcta factibilidad para la locación de viviendas.

5) Relevamiento del equipo comunitario existente.

6) Relevamiento de la infraestructura existente.

7) Factibilidad de conexión y/o extensión redes de infraestructura.

8) Analizar la documentación recibida y respuesta final.

9) Determinar los requisitos a cumplir para el uso de tierra en los programas de viviendas.

10) Desarrollar además todas las funciones que surjan de su tarea, las complementarias de la misma, las necesarias para su administración interna y que fije el Gerente Técnico.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

          Depende del Gerente Técnico y le dependen la División Estudios y Proyectos .-

 

DIVISIÓN ESTUDIOS Y PROYECTOS

 

MISION:

 

            Diseño de prototipo de viviendas unifamiliares o colectivas según pautas socio-económicas y sistemas constructivos.

 

FUNCIONES:

 

1) Responder a los requerimientos habitacionales con diseños arquitectónicos según normas de la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación y códigos de edificación dirigidos al sector social de bajos recursos.

2) Responder con ajustes a la actualización tecnológica en el país y sus materiales, previendo la evolución en el tiempo de la industrialización de la construcción.

3) Tender a la elaboración de modelos normalizados y tipificados en relación con la demanda masiva de resoluciones que se requieran.

4) Llevar el correspondiente archivo de planos.

5) Desarrollar además todas las funciones que surjan de su tarea, las complementarias de la misma, las necesarias para su administración interna y las que le fije el Jefe de Departamento de Planeamiento y Desarrollo Urbano.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende del Jefe de Departamento Planeamiento y Desarrollo Urbano y le dependen los Sectores Dibujo Arquitectonico, Obras Complementarias, Estructuras y División de Normas y Pliegos Generales.

 

SECTOR DIBUJO ARQUITECTONICO

 

MISION:

 

            Materializar a través de documentos gráficos los anteproyectos de vivienda e infraestructura.  

 

FUNCIONES:

 

1) Preparar todo tiepo de documentación gráfica concernente a planes de vivienda y su correspondiente infraestructura, equipamiento comunitario, parquización, etc.

2) Confeccionar gráficamente todos los documentos emanados de los avances físicos y financieros de las obras en ejecución.

3) Desarrollar además todas las funciones que surjan de su tarea, las complementarioas de las mismas y las que fije la superioridad.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende de la División Estudios y Proyectos.

 

SECTOR OBRAS COMPLEMENTARIAS.

 

MISION:

 

            Materializar a través de documentos gráficos los anteproyectos de obras complementarias.

 

FUNCIONES:

 

1) Desarrollo y cálculo de obras complementarias de planes de vivienda.

2) Preparar los documentos gráficos de gas, electricidad e instalaciones sanitarias, a fin de confeccionar los presupuestos para posterior llamado a licitación.

3) Adecuación de los proyectos en su totalidad y normas y reglamentación del Servicio Sanitario Provincial, Gas del Estado y Empresas prestatarias de los servicios electricos.

 

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende de la División Estudios y Proyectos.

 

SECTOR ESTRUCTURA

 

MISION:

 

          Desarrollar la estructura resistente corresponiente al planteo arquitectónico.

 

FUNCIONES:

 

 

1) Calculo de esrtucturas resistentes

2) Preparación del pliego de especificaciones técnicas particulares para el llamado a licitación en lo que se refiere a estructuras resistentes.

3) Cumplir normas y reglamentaciones de la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la  Nación en lo que hace a estructuras antisísmicas.

4) Desarrollar además todas las funciones que surjan de su tarea, las complementarias de las mismas y las que fije la División Estudios y Proyectos.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende de la División Estudios y Proyectos.

 

REVISION NORMAS Y PLIEGOS GENERALES

 

MISION:

 

            Atender lo relacionado con la faz administrativa del Departamento Técnico.

 

FUNCIONES:

 

1) Materializar  los documentos técnicos escritos emanados del Departamento Técnico.

2) Atender lo relativo a la recepción, expedición, registro y distribución de expedientes, correspondencia y documentación oficial del Departamento Técnico.

3) Mecanografiar en limpio las certificaciones de obra que confeccione la División Programación, Control e Inspección de Obras.

4) Atender todo lo ateniente a la prestación de servicios auxiliares.

 

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

   

          Depende de la División Estudios y Proyectos.

 

DEPARTAMENTO CONSTRUCCIONES

 

MISION:

 

            Supervisar todo lo relacionado con la ejecución, administración te´cnica, inspección y certificación de obras de los proyectos del instituto.

 

FUNCIONES:

 

1) Estudio de la  documentación gráfica del proyecto e infraestructura para la elaboración de cómputos y presupuestos.

2) Programación financiera de los programas habitacionales con fondos de la Nación (FO.NA.VI)

3) Control y evaluación del avance físico y financiero de las obras en ejecución.

4) Control de las tareas desarrolladas por las Divisiones.

5) Programación de comisiones de inspección técnica de las obras que ejecuta el I.P.A.V. en el interior de la Provincia.

6) Supervisión sobre la División Obras por administración y Depósito.

7) Coordinación con el Departamento Recaudación y Coordinación con Organismos Nacionales, a efectos de suministrar información sobre la fecha de terminación de las obras y costo total de las mismas.

8) Mantener ordenanda y completa la documentación en trámite de las obras en ejecución y finalizadas las mismas elevarlas para su archivo.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

            Depende del Gerente Técnico y le dependen la División Computos, Presupuesto y Certificaciones, Programación, Control e Inspección de Obras y Obras por Administración.

 

 

DIVISIÓN COMPUTOS, PRESUPUESTO Y CERTIFICACIONES

 

MISION:

 

          Elaborar computos, presupuestos y certificaciones de obra.

 

FUNCIONES:

 

1) Confeccion de cómputos y presupuestos de anteproyectos y proyectos de obras de vivienda y obras de infraestructura.

2) Elaboración de certificados de obra y calculo de Mayores costos.

3) Estudio de los costos y sus variaciones y análisis de precios de items y rubros de las distintas obras. 

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

            Depende del Jefe del Departamento Construcciones.

 

DIVISIÓN PROGRAMACIÓN, CONTROL E INSPECCIÓN DE OBRAS.

 

MISION:

 

          Estudio de la documentación referida a las obras y control del cumplimiento de las especificaciones técnicas y legales pactadas contractualmente.-

 

FUNCIONES:

 

1) Inspecciones técnicas de todas las obras ejecutadas por o a través del I.P.A.V.

2) Programación del avance físico y financiero de las obras.

3) Programación de las inspeccions técnicas en Capital e Interior de la Provincia.

4) Control del cumplimiento por los contratistas y otros ejecutores de las especificaciones técnicas y legales, pactadas contractualmente.

5) Estudio de toda la documentación referida a la obra.

6) Medición de obra ejecutada para certificación.

7) Inspección y certificación de obras de los préstamos individuales otorgados por el I.P.A.V.

8) Conformar, previa verificación de su ajuste a disposiciones legales y contractuales todos los certificados que por cualquier concepto se labren.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

            Depende del Jefe de Departamento Construcciones y le dependen la División Computo, Presupuesto y Certificaciones.

 

DIVISIÓN OBRAS POR ADMINISTRACIÓN

 

MISION:

 

            Supervisar la construcción de obras por el sistema de Administración.

 

FUNCIONES:

 

1) Supervisión sobre el parque de maquinarias, herramientas y fábrica de bloques y necesidades que se generen en materiales.

2) Apoyo a las comunas para la construcción de viviendas por este sistema.

3) Supervisar la conservación y mantenimiento de viviendas que administra el instituto y que son entregadas en uso.

4) Supervisar la conservación y mantenimiento de viviendas del Barrio de Funcionarios y Monoblock <D> de Santa Rosa y de toda otra vivienda considerada <de servicio> que forme parte del patrimonio del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.-

5) Colaboración con otras reparticiones de la Provincia en la ejecución de obras por administración.

6) Desarrollar toda función inherente a su tarea que le sea encomendada por el Departamento Construcciones.

 

RELACION DE DEPENDENCIA:

 

            Depende del Departamento Construcciones 

 

SECCIÓN DEPÓSITO

 

MISION:

 

            Tendrá a su cargo las instalaciones y la guarda de todo el material depositado con destino a obrasque realice el I.P.A.V., siendo responsable de su administración y conservación.

 

FUNCIONES:

 

1) Mantener el stock de materiales e inventario permanente de bienes.

2) Provisión de materiales de construcción para la ejecución de obras.

3) Atender a la recepción y entrega de todos los materiales.

4) Prestar colaboración a toda tarea afin que se le encomiende.

5) Controlar y mantener en condiciones de servicio las maquinas y herramientas provistas, como así también los behículos a su cargo.

 

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

            Depende de la División Obras por Administración.

 

ASESORÍA LETRADA

 

MISIÓN:

 

     Intervenir jurídicamente en todos los asuntos  que a juicio de la Presidencia sea necesario.

 

FUNCIONES:

 

1) Intervenir en todas las actuaciones que se tramiten ante el Instituto y que por sus caracteristicas exijan dictamen u opinion legal.

2) Intervenir en la redacción de contratos o acuerdos con Instituciones nacionales, Provinciales, Municipales o Privadas.

3) Estudiar los aspectos legales del uso de la tierra.

4) Reunir información sobre propiesdades o tenencia de la tierra.

5) Asesorar en los sistemas de adjudicación, escrituración, transferencias y en general todo lo atinente a  las funciones especificas del Instituto.

6) Efectuar estudios de títulos.

7) Asistir o intervenir como apoderada, en toda gestión judicial en la que el Instituto se aparte como actor, demandado o tercerista o en cualquier otro carácter.

8) Intervenir en el estudio, preparación y redacción de los proyectos de Leyes, Decretos y Resoluciones que se sometan a su consideración.

9) Desarrollar además todas las funciones que surjan de sus tareas, las complementarias a la misma, las necesidades para su administración interna y las que le fije al Gerente General.

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

 

          Depende del Presidente del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.

 

ASESORÍA DE RELACIONES HUMANAS

 

MISION:

 

          Asesorar, controlar y coordianr sobre las solicitudes de préstamos, recopilando antecedentes y manteniendo contacto con las reparticiones provinciales y municipales sobre planes de vivienda.

 

FUNCIONES:

 

1) Asesorar a los solicitantes de préstamos sobre las distintas operatorias que tienen vigencia en el I.P.A.V.

2) Supervisar la petición de los postulantes que se efectuarán en registros especialmente abiertos a tal efecto.

3) Matener la correspondiente coordinación con la Dirección de Prensa para el suministro de información relacionada con la actividad y gestiones del I.P.A.V.

4) Recopilar antecedentes y pedidos de los municipios respecto a las solicitudes de préstamos individuales formulados por particulares, lo que serán girados a la Gerencia Administrativa.

5) Asesorar a las autoridades comunales sobre las distintas operatorias que tienen vigencia en el I.P.A.V.

 

 

RELACIÓN DE DEPENDENCIA:

           

          Depende del Presidente del Instituto y actuará bajo la supervisión de la Comisión de Asesoramiento Técnico.