Decreto Nº 92-2020
Sustituye art 106 del anexo I del Decreto Nº 1728/91 sobre reglamentación de la N.J.F. 1170.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. 3401 del 14-02-20.-
Dictado el21-01-20.-
Operador del Digesto: M.L.E..-
Artículo 1°.-Sustitúyase el texto del artículo 106 del Anexo I del Decreto N° 1728/91, por el siguiente:“Fíjase en el CUATRO COMA CINCO POR CIENTO (4,5%) y en el CINCO POR CIENTO (5%) de sus remuneraciones, a partir del 1 de enero de 2020 y a partir del 1 de junio de 2020 respectivamente”