DECRETO Nº 893-2020
Prorrogase la vigencia del asueto dispuesto al personal de la Administración Pública provincial, Entes Autárquicos y Descentralizados hasta el día 24 de mayo inclusive.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicado en B.O. Nº 3417 del 05-06-20.-
Dictado el 11-05-20.-
Operador de Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-A fin de permitir el cumplimiento del “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-297-APN-PTE, prorrogado por el Decreto de Necesidad y urgencia DECNU-2020-325-APN-PTE, y posteriormente prorrogado por DECNU-2020-355-APN-PTE, por DECNU-2020-408-APN-PTE y DECNU-2020-459-APN-PTE –Prórroga, PRORROGASE LA VIGENCIA DEL ASUETO dispuesto por el Decreto N° 606/20 y prorrogado por los Decretos N° 666/20, N° 705/20 y N° 745, al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROVINCIAL, ENTES AUTÁRQUICOS Y DESCENTRALIZADOS, hasta el día 24 de mayo de 2020 inclusive, con las excepciones que se establecen en el artículo 6° del DNU N° 297/20, que al respecto son de aplicación al presente.
Artículo 2°.-
Los Jefes de Jurisdicción otorgarán autorización para circular -con las restricciones legales impuestas-a las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 3°.-
Invítase a los Poderes Legislativo y Judicial y a los Municipios y Comisiones de Fomento a adherir al presente Decreto en lo que fuere pertinente.