Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

 

Decreto Nº 890-2006

 

Convenio con el Ente Ejecutivo Presa Embalse Casa de Piedra

 

Publicado en B.O. 2687

Dictado el 29-05-06.-

 

 

         Art. 1º.- Apruébase lo actuado por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y en consecuencia facúltase al Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos para que en nombre y representación de la Provincia de La Pampa proceda a suscribir con el Ente Ejecutivo Presa Embalse Casa de Piedra el Convenio que forma parte del presente Decreto.­

 

         Art. 2°.- Habilitación de Hacienda y Finanzas, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, procederá a transferir al Ente Ejecutivo Presa Embalse Casa de Piedra, la suma que surja previa liquidación por parte de la Gerencia Administrativa Contable del citado Ente y confección de la Orden de Pago mensual por parte del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.­

 

         Art. 3°.- Los gastos que demanden el cumplimiento del presente Decreto serán atendidos con cargo a la partida: Jurisdicción "R" -Carácter O -Cuenta O - Unidad de Organización 10 -Finalidad y Función 190-1-030-06-07-00-000- (4433), "OTROS - CASA DE PIEDRA", del presupuesto en vigencia, y en caso de prórroga para el ejercicio 2007, se tomará de la misma partida, a cuyo efecto se dará cuenta a la Cámara de Diputados de acuerdo a lo establecido en el Artículo 10 de la Ley N° 3 de Contabilidad.­