Decreto Nº 6111-2022
Asígnese Adicional.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3556 del 03-02-23.-
Dictado el 29-12-22.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.-Asígnase, a partir de enero de hasta el 31 de diciembre del año 2023, un adicional para compensar situaciones especiales previstas en el Artículo 74 de la Ley nº 643 y sus modificatorias, a los agentes y por los porcentajes que se detallan:(S/Expte. N°18780/22)
Artículo 2º.-Asígnase, a partir de enero de hasta el 31 de diciembre del año 2023, un adicional por “Zona Desfavorable” cuyo porcentaje se indica en cada caso conforme a las disposiciones de los artículos 68 y 69 de la Ley 643, a los agentes: (S/Expte. N°18780/22)
Artículo 3º.-Asignase, a partir de enero de hasta el 31 de diciembre del año 2023, un adicional por “Dedicación Exclusiva del 25% de la asignación de la categoría 1, conforme a las disposiciones de los artículos 66 y 67 de la Ley 643 y 1º de la Norma Jurídica de Facto Nº 815, a los agentes que se mencionan:(S/Expte. N°18780/22)