Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Decreto N° 566-2005
Dictado el 04/04/2005
Publicado en el BO 2626 del 08/04/2.005.-
Artículo 1º.- El saldo adeudado en concepto de anticipo de coparticipación impositiva otorgado por Decreto N° 2137/04, será refinanciado a partir del mes de marzo de 2005 en 32 cuotas, las primeras 31 cuotas de $ 1.875,- y la última cuota de $ 1.775.-
Artículo 2º.- Autorízase a la Tesorería General de la Provincia de La Pampa, previa intervención de Contaduría General, a descontar el salto de anticipo de Coparticipación Impositiva otorgado por Decreto N° 2137/04, de lo que perciba dicho Municipio por tal concepto, o de aportes destinados a desequilibrios financieros, financiamiento de obras públicas y/o cualquier otro concepto, de acuerdo a lo establecido en el artículo primero.-