Decreto 5437-2024

Asígnase un viático fijo mensual anticipado, a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del 2025, al Vocal del Consejo Asesor del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3659 del 24-01-25.-

Dictado el 30-12-24.-

Operadora del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

 

 

 

Artículo 1°.- Asígnase a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del 2025, un viático fijo mensual anticipado, que podrá alcanzar hasta el SESENTA POR CIENTO (60%) del correspondiente a un mes de TREINTA (30) días para el nivel Gerente del citado Organismo, encuadrando dicho procedimiento en el artículo 100 de la Ley N° 643, al señor Gabriel Alberto PEREZ, D.N.I. N° 21.449.563, designado como Vocal del Consejo Asesor del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.

 

Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimento del presente Decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto del ario 2025, dándose cuenta a la Cámara de Diputados en cumplimiento de lo prescripto por el artículo 10 de la Ley N° 3 de Contabilidad.

 

Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Obras y Servicios Públicos y de Hacienda y Finanzas.

 

Artículo 4°.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, publíquese, comuníquese y pase al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a sus efectos

 

 

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.