Decreto Nº 523-2008

Retribución por prestación de servicio de Guardia

 

Normas que lo modifican y/o complementan

Modificado por art. 19 del Decreto 704-2008

 

Estado de la Norma: Dejado sin efecto por art. 20 del Decreto 704-2008

Publicado en B.O 2782 del 04-04-08

Dictado el 19-03-08

 

 

 Art. 1º.- Establécese, a partir del 1º de febrero de 2008, en el valor que en cada caso se indica, la retribución por la prestación del servicio de guardia por parte del personal Hospitalario Profesional y no Profesional dependiente de la Subsecretaría de salud:

 

-Guardia Pasiva Profesional……………….$ 150,00

-Guardia Activa Profesional

(días laborables)…………………………….$ 305,00

-Guardia Activa Profesional (sábados, domingos,

feriados y días no laborables)……………..$ 379,00

-Guardia Pasiva no Profesional..………….$ 108,00

-Guardia Activa no Profesional

(días laborables)…………………………….$ 211,00

-Guardia Activa no Profesional (sábados, domingos, feriados y días no laborables)...$ 267,00