Decreto 5129-2024

Transfiérase en propiedad fiduciaria: Fideicomiso Centro Radioncológico del Norte de la Patagonia.[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3655 del 27-12-24.-

Dictado el 23-12-24.-

Operadora del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

VISTO:

 

El expediente N° 1898/2023 – Anexo B – de Mesa General de Entradas y Salidas caratulado: “MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS – S/CREACIÓN DEL FIDEICOMISO CENTRO RADIONCOLOGICO DEL NORTE DE LA PATAGONIA- TITULO III-CAPITULO II – DE LA LEY N° 3488”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el Capítulo II del Título III de la ley N° 3488 se crea el “Fideicomiso Centro Radioncológico del Norte de la Patagonia”, conforme los términos de los Capítulos 30 (salvo las disposiciones de las secciones cuarta, quinta, sexta y octava) y 31, Título IV, Libro Tercero del Código Civil y Comercial de la Nación;

 

Que por medio del artículo 45 de la citada norma legal se aprobó el modelo del Contrato de constitución del Fideicomiso citado en el párrafo anterior;

 

Que el Decreto N° 1195/23 en su artículo 1° facultó al Ministro de Salud a suscribir el contrato aprobado por el artículo 45 de la Ley mencionada;

 

Que por Escritura Pública número veinticuatro de fecha 03 de Mayo de 2023, pasada ente la Escribanía General de Gobierno, se instrumentó el contrato constitutivo del “Fideicomiso Centro Radioncológico del Norte de la Patagonia”, entre la Provincia de La Pampa, representada por el Señor Ministro de Salud, como Fiduciante, Beneficiario y Fideicomisario y Fiduciaria La Pampa S.A.P.E.M., como Fiduciario;

 

Que la Resolución N° 330/23 de fecha 22 de Mayo de 2023 emitida por la Dirección de Superintendencia de Personas jurídicas y Registro Público de Comercio se ha inscripto en el Registro Público de Comercio al Fideicomiso Centro Radioncológico del Norte de la Patagonia, y las constituciones del Fiduciante, Fiduciario, Fideicomisario y Beneficiario;

 

Que por Nota N°09/24 de fecha 20 de Noviembre del corriente año al Apoderado de Fiduciaria La Pampa S.A.P.E.M. Diego Ullan, en razón de que la sociedad es fiduciario del “Fideicomiso Centro Radioncológico del Norte de la Patagonia”, solicita fondos a los fines de llevar adelante el cumplimiento de la manda encomendada, sustentado en una proyección de ingresos y obligaciones venideras, por la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($300.000.000,00.-);

 

Que a 2 y vuelta luce agregada copia certificada del Acta N° 20 del Comité Ejecutivo del Fideicomiso Centro Radioncológico del Norte de la Patagonia de fecha 27 de Noviembre del corriente año, en virtud de la cual los integrantes del mismo, luego de merituado el pedido de fondos aludido, han procedido a su aprobación;

 

Que el artículo 50 de la Ley 3488 faculta al Poder ejecutivo a “realizar futuras transferencias en propiedad fiduciaria, de fondos o bienes al “Fideicomiso Centro Radioncológico del Norte de la Patagonia”, con motivo de las operatorias que resulten necesarias para satisfacer el objeto y finalidad del Contrato de Fideicomiso. Del ejercicio de la presente facultad se dará conocimiento a la Cámara de Diputados de la Provincia”;

 

Que en virtud a lo precedente corresponde transferir en propiedad fiduciaria al fideicomiso mencionado la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($300.000.000,00.-); conforme los montos y fechas que se establecen en el Anexo del   presente;

 

Que el mencionado importe se depositará en la cuenta corriente en pesos del Banco de La Pampa SEM, cuenta N° 472847/6 CBU N° 0930300110100047284764 de titularidad del Fideicomiso Centro Radioncológico del Norte de la Patagonia, abierta por el Fiduciario de conformidad a lo dispuesto en el Contrato de “Fideicomiso Centro Radioncologico del Norte de la Patagonia”, y en particular a lo establecido en la Cláusula 10.5. a);

 

Que existen fondos para atender el gasto;

 

Que las Delegaciones de Asesoría Letrada de Gobierno actuantes en los Ministerios de Salud y de Hacienda y Finanzas, han tomado debida intervención;

 

Que de acuerdo a lo previsto en el Decreto -Ley N°513/1969 Contraloría Fiscal del Tribunal de cuentas ha tomado vista de las presentes actuaciones;

 

Que por lo expuesto, y en conformidad a lo dispuesto por el artículo 50 de la ley N° 3488, corresponde dictar el presente acto;

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

Artículo 1°.- Transfiérase en propiedad fiduciaria la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($300.000.000,00), conforme los montos y fechas que se establecen en el Anexo del presente, por el “Fideicomiso Centro Radioncológico del Norte de la Patagonia”, cuyo Fiduciario es la sociedad “Fiduciaria La Pampa S.A.P.E.M.”.

 

Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará en la Partida del presupuesto vigente: 0-X-0-01-310-01-030-07-10-01-000-9451 - APORTES FIDEICOMISOS por la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($300.000.000,00).

 

Artículo 3°.- Por Contaduría General deposítese el importe indicado en el artículo 1º, en la Cuenta Corriente en pesos abierta en el Banco de La Pampa S.E.M., cuenta Nº 472847/6 CBU Nº 0930300110100047284764 de titularidad del “Fideicomiso Centro Radioncológico del Norte de la Patagonia”.

 

Artículo 4°.- Dése cuenta a la Cámara de Diputados de acuerdo a lo establecido en el artículo 50 de la Ley Nº 3488.

 

Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.

 

Artículo 6°.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministro de Salud a sus efectos.

 

 

ANEXO

 

FECHA

IMPORTE

PARTIDA

26 de Diciembre de 2024

$300.000.000

0-x-0-01-310-01-030-07-10-01-000-9451

 

 

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.